Don Joaquín de Mora, de esta vecindad, dijo que don José Antonio Medina, natural de la Villa de Jijon [Gijón] principado de Asturias de España y vecino que fue de esta villa, le prestó la cantidad de 700 pesos, para que con hipoteca de una casa los reconociese a réditos de un 5 por ciento anual. También, dijo que como Medina se iba a trasladar fuera de la República, convinieron que el comparente entregase al cura de la parroquia de esta villa los réditos vencidos, a fin de que aplicase misas por las almas del purgatorio. Y con efecto emprendió su marcha Medina y tuvo la fatal suerte de haber fallecido en el puerto de Veracruz, sin que hasta esa vez se hubiese otorgado la escritura por el comparente, quién en vista de tal acaecimiento recurrió a la señorita doña María Gertrudis Ochoa de Medina, viuda de Medina, con el fin de acordar lo que debiera hacerse y, la expresada señorita le ha manifestado que debe imponerse ese capital según la intención del finado y pues éste le dejó comunicado que así se hiciese. Por lo tanto, el nominado don Joaquín de Mora confiesa haber recibido de don José Antonio Medina desde el 28 de enero de los presentes la cantidad 700 pesos; al mismo tiempo otorga recibo a favor de la testamentaria de Medina y en consecuencia otorga que se obliga a reconocer dicha cantidad desde el día que los recibió e hipoteca, sujeta y grava una casa de edificio bajo, ubicada en esta villa, a la calle de San Francisco haciendo esquina con el callejón nombrado de la Sierpe o Acazingo, que se compone de 22 y media varas de frente, que lo tiene al sur a dicha calle y 86 y media de fondo por donde linda con el costado de la casita que fue de don José Michodel; por el oriente linde con casa de doña María Merced Fontes y por el poniente con el referido callejón de Acazingo. Declarando el compareciente que la expresada casa tiene actualmente tres gravámenes que se mencionan en el acta.
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Don José Antonio y don Juan Francisco de Bárcena, vecinos de esta Villa, albaceas de su hermana doña María del Rosario de Bárcena, en cumplimiento de su memoria, otorgan 1 000 pesos a censo redimible de un 5% en cada uno, sobre dos casas que en esta Villa posee en propiedad don Joaquín de Mora, a favor del Beaterio que hoy existe en ella y con los 50 pesos de su rédito, su rectora los invierta en lo que considere de mayor necesidad, asimismo el capital y premios se destinará al Hospital de Mujeres, para la curación y alimento de los pobres enfermos. Dicha cantidad queda en depósito irregular en manos del mencionado Mora, para cuyo pago hipoteca dos casas: una en la Calle de San Francisco que va para la del Ganado; y la otra en la Barrio Bajo del arruinado molino.
Don Mariano Ladrón de Guevara, de esta vecindad y comercio, otorga que vende a don Manuel Hidalgo, una casa baja, cubierta de madera y teja, que posee en esta Villa en la Calle de San Francisco. La vende por precio de 5 500 pesos, de los cuales el vendedor ha recibido 2 000 pesos en reales efectivos, y el resto de la cantidad se compromete a satisfacerlos por vía de censo redimible, de un 5% en el término de 3 años. Para seguridad del vendedor queda hipotecada la misma casa.
Doña María Manuela de Acosta, viuda y albacea de don Manuel José de Acosta, curadora y tutora de los bienes y personas de sus hijos legítimos, vecina de este pueblo de Jalapa, a la cual le fue impuesta una fianza de 500 pesos, se obliga a pagar a sus hijos, lo que les corresponde de los inventarios de su difunto padre, por lo que hipoteca sus bienes dotales y gananciales, especialmente una casa, ubicada en este pueblo, de paredes y techada de madera y tejas, la cual linda al sur con la Calle de San Francisco, al poniente con la Calle del Ganado, al norte con solar y casa de Pedro de Guevara y al oriente con el Callejón de la Sierpe.
Don [José] Joaquín de Mora, de esta vecindad, otorga que ha recibido de don Bernabé de Elías y Vallejo, de este comercio y vecindad, actual Hermano Mayor de la Venerable Orden Tercera de San Francisco de esta Villa, en cuya mesa reside el Patronato de las Obras Pías del convento, la cantidad de 250 pesos, y se obliga a tenerla en su poder por el espacio de 5 años, por vía de depósito Irregular, con el 5% en cada uno. Sin que se entienda derogada la generalidad, hipoteca, sujeta y grava una casa de paredes de cal y piedra, cubierta de madera y teja, que posee en la Calle de San Francisco.
José Ignacio y José Jerónimo Rivera, padre e hijo, vecinos de esta Villa, se obligan a pagar a don Joaquín del Castillo y Bustamante, residente en esta Villa, 1 231 pesos 4 reales procedidos de 17 bejuquillos de oro y 2 pares de hebillas de piedras que vendió en Veracruz su apoderado don Joaquín Pérez de Arce, al precio de 80 pesos los primeros y a 7 pesos las segundas, a dicho José Jerónimo Rivera, quien dio a cuenta 142 pesos 4 reales habiéndose imposibilitado a pagar el resto en el tiempo estipulado, por lo cual se obliga a pagar mensualmente 20 pesos a partir del presente mes y al seguro de dicho principal hipoteca y grava una casa ubicada en la calle de San Francisco de esta Villa, cuya casa tiene cargados 800 pesos en beneficio del alma del Presbítero don José Morales, anterior dueño de ella.\t
Don Juan Cardeña, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga que ha recibido de doña Juana Hernández, como viuda albacea y tenedora de bienes de don Francisco Barradas, la cantidad de 100 pesos, cuya cantidad recibe en depósito irregular con causa de réditos de 5 % al año, por tiempo de 5 años que corren desde el día de hoy y como seguro de la deuda hipoteca una casa ubicada en la calle de San Francisco con la que hace frente al sur, al oriente linda con casa de don Juan de Bárcena, al poniente con casa de las hermanas del otorgante y al fondo con solar de la antecedente.