CALLE DE BELÉN

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0040 · Stuk · 1834/02/20
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Jorge de la Serna, de esta vecindad y comercio, dijo ser deudor de don Manuel de Bárcena, de esta misma vecindad, de la cantidad de 2 600 pesos que en plata efectiva le entregó al comparente y éste la ha tenido hasta ahora a la confianza, dicho capital pertenece a la esposa del nominado Bárcena como parte de los bienes dotales que llevó al matrimonio, y al presente han convenido se asegure con hipoteca de una casa que Serna le compró a doña Gertrudis Vivanco, ubicada en esta ciudad en la calle de Belén. Y en el modo más oportuno, el nominado don Jorge de la Serna otorga que impone y carga el capital de 2 600 pesos sobre la casa que se ha hecho referencia, obligándose a mantener esa suma a depósito irregular a disposición de don Manuel de Bárcena o su esposa doña María Magdalena Nogueira, para entregárselos cuando les convenga con tal de que avisen con uno o dos meses de anticipación y a satisfacer el correspondiente rédito de 5 por ciento anual mientras no se redima.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0083-PX_0083_0019 · Stuk · 1826/02/10
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Luisa de Castro y de Guevara, de esta vecindad, viuda albacea de su primer marido don Mariano Ladrón de Guevara, y única heredera de su hija, doña María Dolores Ladrón de Guevara de Landa, quien falleció sin sucesión y abintestato, dejando viudo al alférez de navío don Antonio Fernández de Landa, que se haya en España; dijo que conforme a la voluntad de su difunto marido y del remanente del quinto de sus bienes, establece y funda una obra pía con el principal de 1 000 pesos en favor de los religiosos del convento de San Francisco, para que con sus premios de un 5 por ciento celebren una misa anual a beneficio de su alma. Y como única heredera de su hija, establece y funda otra obra pía con el principal de 1 500 pesos, en favor de los mismos religiosos del citado convento, para que con sus premios de un 5 por ciento, se celebre en aquella iglesia otra misa anual para el alma de su hija. Teniendo como tiene fincas valiosas, capaces de reportar ambos capitales, por lo que se da por recibido el monto de ambas fundaciones que es de 2 500 pesos y se obliga a tener esta suma en su poder por vía de depósito irregular por el término de nueve años, a partir del 26 del corriente mes; y del segundo desde el 18 de agosto de año pasado, cubriendo en cada uno de ellos, el premio de un 5 por ciento. Y a favor de las referidas obras pías, hipoteca una casa de paredes de cal y piedra, de edificio bajo, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta villa, haciendo esquina a las calles de Belén y la Nueva, su frente principal al poniente y del otro lado casa alta de los herederos de doña Juana Robledano; por su fondo, al oriente, linda con el costado de casa del presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate; por el costado del sur con casa de los herederos de don Francisco Javier Gorospe; y por el del norte hace el otro frente a la calle Nueva y casa de los herederos de don Manuel Rincón.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0091-PX_0091_0037 · Stuk · 1834/02/15
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Jorge de la Serna, de esta vecindad, dijo que don Manuel Bárcena, de esta misma vecindad, le tiene entregado la cantidad de 2 600 pesos en plata pertenecientes a su esposa como parte de los bienes que ésta llevó al matrimonio, cuya suma ha tenido solamente con el seguro de un vale simple, y que en estos días han convenido se caucione con hipoteca de una casa que el relacionante posee ubicada en la calle Segunda de Belén. Señala que la expresada casa quedó afecta a 1 700 pesos cuando la compró y al presente le carga los 2 600 de la señora Magdalena Nogueira de Bárcena, esposa del nominado don Manuel Bárcena, sobre cuya devolución han convenido se verifique cuando le convenga, con la condición de que debe avisar con dos meses de anticipación. Y a fin de formalizar dicho contrato, por la presente el citado don Jorge de la Serna confiesa tener los 2 600 pesos y otorga que impone y carga el repetido capital sobre la casa que ha señalado, obligándose a mantenerlo a depósito irregular a disposición de don Manuel Bárcena o a su esposa doña Magdalena.