CALLE DE BELÉN

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              109 Archivistische beschrijving results for CALLE DE BELÉN

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              MX UV.USBIX ANX-P-0097-PX_0097_0029 · Stuk · 1839/03/22
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              El licenciado Antonio María de Rivera y don Domingo María Franceschi y Castro, ambos de esta vecindad, el primero dueño y poseedor de una casa baja de material, cubierta de madera, ladrillo y teja, situada en esta ciudad en calle que nombran de San Cristóbal, con el frente al oriente que lo hace a dicha calle, y del otro lado solar de Laureano Taboada, por donde tiene 25 varas y 32 de fondo al poniente por donde linda con casa y solar que hoy es de María Dolores Serrano, por el costado del norte linda con solar de don Miguel del Valle y por el del sur con casa que fue de don Guillermo de Espino, y hoy es de doña Micaela Torres. Que el segundo lo es de una casa, también de material de altos y bajos, cubierta de madera y teja, situada en la calle que nombran de Belén, en esta ciudad con la que hace frente, y del otro lado casa de la testamentaria de don Felipe Díaz de Peón, por el oriente, que es el fondo linda con casa que fue de su difunto padre don Domingo Franceschi, y hoy es de don Dionisio Luis Camacho y Reyes, por el sur con casa de los herederos de don Joaquín de Herrasti y Alba, y por el norte con casa que también fue del citado su padre, la que le tocó en herencia a su finada hermana doña María de Jesús Franceschi y Castro, y hoy pertenece al licenciado Antonio María de Rivera. Cuya respectiva casa, compró el citado licenciado Rivera de doña Andrea Dorotea Hernández, por escritura de 16 de diciembre de 1830, ante el escribano don Juan Nepomuceno de Arriaga, y el segundo, la hubo por herencia como va expresado. Dicho señor Rivera pagó por su casa la cantidad de 638 pesos 1 real 3 granos, e hizo en la finca varias obras por lo que la estima en 1 500 pesos; y a Franceschi se le adjudicó la casa deslindada en 2 629 pesos 3 reales, de lo que convino con su hermana Antonia Franceschi y Castro, en escritura de 31 de julio de 1834 el orden en que debían tomar posesión de las tres fincas, que para formar las dos una sola, le tocaron en suerte que por sorteo que se hizo, quedó a don Domingo con la citada de altos y bajos en la calle de Belén, por el valor estimado de 5 258 pesos 6 reales, reconociendo en ella a su hermana doña Antonia 1 000 pesos con causa de réditos, mismos que pagó. El expresado valor de la finca se la dieron los peritos valuadores desde hace 20 años, pero por falta de recursos monetarios para su mantenimiento, a través del tiempo se ha deteriorado, decayendo en esta forma el valor en que se la adjudicaron. Los comparentes, como dueños de las expresadas fincas, convinieron la permuta de éstas, señalando que el señor Rivera, dará a Franceschi su casa de la calle de San Cristóbal con valor de 1 500 pesos y 1 100 pesos 4 reales al contado, de cuya suma Franceschi pagará el derecho de alcabala y éste entregará al señor Rivera su casa de la calle de Belén. Ambos señalan que las fincas, que permutaron no tienen gravamen de hipoteca, y las que tenía la casa de Franceschi han sido canceladas el 15 y 16 del presente, con el mismo dinero que recibió del señor Rivera.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0089-PX_0089_0132 · Stuk · 1832/09/15
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco González, de esta vecindad y comercio, dio a don Antonio Velasco Quiroz, Ministro Hermano Mayor y apoderado general del Venerable Orden Tercero de San Francisco de esta ciudad, la posesión real, actual y corporal vel quasi de una casa situada en la calle de Belen, en sitio propio que le pertenece, lindando por el poniente con las señoras Caminos; por el sur con casa de don Dionisio Camacho; por el norte con el cuartel de la Plazuela; cuya casa el nominado González la tenía en su poder perteneciente al finado don José Fernández de Castañeda. Y estando presentes en la mencionada casa y en señal de verdadera posesión entró por la mano al señor Velasco Quiroz, quien la aprehendió a nombre de la Venerable Mesa, se paseó por las piezas, abrió y cerró sus puertas y ventanas con sus llaves e hizo otros actos de posesorios sin contradicción de persona alguna.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0152 · Stuk · 1833/12/02
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Fernández y Agudo, de esta vecindad, dijo que don Dionisio Camacho le ha vendido a la testamentaria del finado don Martín Ibáñez, una casa ubicada en esta ciudad en la segunda cuadra de la calle de Belén, en precio de 1 800 pesos al contado. Pero que al mismo tiempo convinieron quedasen en poder de la misma testamentaria, es decir, de su albacea don José María Pasquel, 1 200 pesos para entregárselos a Camacho en dos plazos de dos meses el primero y de cuatro el segundo, caucionándose dicho pago con la garantía del comparente, obligándose como principal pagador y extendiéndose la correspondiente escritura. Por tanto, Francisco Fernández y Agudo otorga que se constituye principal pagador por la testamentaria indicada o por el albacea don José María Pasquel, de los referidos 1 200 pesos y se obliga a satisfacerlos a don Dionisio Camacho, exhibiéndole 600 pesos el día dos de febrero y los otros 600 el dos de abril del año próximo entrante de 1834.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0092-PX_0092_0096 · Stuk · 1835/07/29
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Nicolás Pastoressa, de esta vecindad y comercio, en nombre de don José de la Fuente, vecino de la capital de México, como uno de los herederos y albaceas de la finada doña Juana Robledano; otorga en arrendamiento a don José María Ochoa, dos casas pertenecientes a la testamentaria de la finada, situadas en esta ciudad, una de altos y bajos en la segunda calle de Belem, esquina que da vuelta a la calle nombrada Nacional; y otra baja contigua que queda en esta dicha calle, y comprende solamente una accesoria de dos piececitas y un patiecito. Cuyo arrendamiento será por cinco años forzosos y cinco voluntarios, a partir del primero de agosto próximo, por la cantidad de 740 pesos anuales, bajo las condiciones que se mencionan, entre las cuales destacan, que Ochoa ha de pagar a fin de cada mes, la mitad de la pensión de alumbrado con arreglo a la ley de la materia; y que si al vencimiento del arrendamiento al dueño de la finca no le agradara la forma en que la entrega Ochoa, le repondrá éste mandando construir a su costa el tabique que ha quitado donde ha puesto su tienda de pulpería, para que con dicho tabique queden otra vez las los accesorias en los mismos términos que estaban.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0086-PX_0086_0095 · Stuk · 1829/08/27
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pierre Fabre, originario de Francia y vecino de este suelo, dijo que ha disfrutado un establecimiento de fonda y billar titulado del Caballo Blanco, en esta misma villa, en la segunda calle de Belén, el cual lo traspasó a don José Ramonatxo en precio de 200 pesos que declara haber recibido en moneda mexicana. Y a petición del comprador, otorga que vende al nominado Ramonatxo el establecimiento referido, desde el día primero de este mes y del mismo modo ha de ser de su cuenta el pago del arrendamiento de la casa desde ese día.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0202 · Stuk · 1825/12/22
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad, como apoderado que la señora doña Ignacia Rubio de Viña, viuda del coronel don Agustín de la Viña, otorga que vende, cede y traspasa realmente en favor de sí mismo, una casita de paredes de cal y piedra, de edifico bajo, cubierta de madera y teja, situada en la segunda cuadra de la calle de Belén de esa villa, con la que hace frente de 16 varas hacia el oriente y del otro lado con casa que fue del finado don José María Herrera; y 28 varas de fondo hacia el poniente, por donde linda con casa que fue de doña Catarina Zárate; por el costado del sur linda con casa de los herederos de doña María Josefa de Atenas; y por el del norte, con el de casa de don José Fernández de Castañeda. Cuya deslindada casita, es la misma que don Agustín de la Viña hubo y compró de don Sebastián Fernández de Bobadilla, por escritura pública otorgada en la Nueva Veracruz a 14 de diciembre de 1802. La cual se vende por precio de 1 000 pesos libres de escritura y alcabala.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0127 · Stuk · 1823/07/09
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro Martín del Puerto Vicario, de esta vecindad, dijo que en uso del poder especial que le concedieron los hermanos y herederos ab intestato del finado presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso y con la licencia del juez procedió a la formación de los inventarios extrajudiciales, aprecio de los bienes, cuentas y división entre los legítimos participes; asimismo, todo aprobado por el Alcalde Constitucional primer nombrado don José Ruiz Sánchez por su auto del 11 de abril del presente año, resta solo el otorgamiento de la escritura de adjudicación que le hizo a doña María Tiburcia Rubio Roso de una casa que adelante se expresará. Y cumpliendo con ella, otorga que adjudica, aplica y entrega a doña María Tiburcia, una casa baja de cal y piedra, cubierta de madera, ladrillo y teja, con el frente que le corresponde y su fondo respectivo, ubicada en esta villa en la calle que nombran de Velen [Belén] a la que hace su frente al oriente y del otro lado casa que fue del finado don Mariano Ladrón de Guevara, por su fondo al poniente, linda con casa del concurso de Rivero; por el costado del norte, con el de casa alta de los herederos de doña Juana Robledano y por el costado del sur, con el de casa baja que fue de doña Josefa de la Torre. Cuya deslindada finca es la misma que el finado presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso hubo y compró de los albaceas de la mencionada Robledano por escritura que su apoderado otorgó a su favor en esta villa a los diecisiete de agosto de 1820. Y es la que ahora adjudica a la referida doña María Tiburcia por libre de empeño, censo e hipoteca por la cantidad de 2 312 pesos que es el valor que señalo en la adjudicación o hijuela, otorgando asimismo recibo en forma.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0117 · Stuk · 20/08/1816
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa de Herrasti y Alba, natural de México y vecina de esta Villa de Xalapa, hija legítima de don Francisco de Herrasti y de doña María Ignacia de Alba, difuntos, otorga su testamento donde declara ser viuda del finado don Carlos Díaz y Herrero, de cuyo matrimonio procrearon a Josefa Ramona, casada con don Juan de Oronoz, a doña María Ignacia, a don Francisco, a don Manuel Carlos, a don Ambrosio, a don Joaquín María, a doña Ana María y a don Toribio. Declara tener de compañía a una huerfanita ahijada suya de nombre María Josefa Margarita de Alba, doncella, y a una pepenadita llamada María Francisca. Declara por bienes una casa y tienda en la Calle de Belén. Nombra como albaceas a sus hijos, en primer lugar a doña Josefa Ramona Herrero, en segundo lugar a don Francisco Herrero, y en tercer lugar a su hijo político don Juan de Oronoz. Nombra como herederos universales a sus hijos. Asimismo nombra como tutora y curadora ad bona a su hija Ramona y por su falta a su hermano don Francisco y por la falta de ambos a Oronoz, y por curador ad litem a don Joaquín de Herrasti y Alba, su hermano.\t

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              MX UV.USBIX ANX-P-0063-PX_0063_0165 · Stuk · 04/11/1799
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio y doña Josefa Gorrindo Palomino, vecinos de esta Villa de Xalapa, como hijos de don Pedro Gorrindo Palomino, dijeron que por bienes de su padre quedaron 2 casas contiguas en la calle de Belén, mismas que se remataron en 3, 500 pesos en don Francisco de Castro, quien declaró haber hecho postura a nombre de don Felipe Díaz, marido de doña Ángela Gorrindo, hija del tercer matrimonio de dicho Pedro, pero en virtud de que una de las 2 casas era para ellos y para su sobrina, correspondiente a la cuenta de división y partición del caudal paterno y materno, otorgan que hacen cesión a favor de su hermano político don Felipe Díaz, del derecho que tenían adquirido sobre dicha casa, y use esa casa como suya propia adquirida por el justo título del remate.