Don Juan Francisco Martínez de Antezana, vecino de la ciudad de Cádiz y residente en este pueblo de Jalapa, cargador de la presente flota a cargo del Márquez de Mari, recibió la cantidad de 4,500 escudos de a ocho reales de plata antigua, los cuales se obliga a pagar en la ciudad de Cádiz a don Cristóbal de Urquijo, Capitán y dueño del navío nombrado San Ignacio de Loyola y Don Matías de Landaburu.
CÁDIZ, CIUDAD DE
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Don Pedro de Iriarte, flotista de la presente a cargo de Manuel López Pintado, vecino de Cádiz y residente en este pueblo, otorga poder general a don Domingo de Ozoategui, y por su ausencia a Francisco de la Cotera Samon, vecinos de México, para que en su representación cobren de cualquier persona las cantidades de pesos que le deban.
Don José de Ahedo, vecino y del comercio de la Ciudad de Cádiz, residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder a su compañero don Antonio Beau, residente en este pueblo, para que en su representación obligue por cualquier cantidad de pesos, de a 180 cuartos cada uno, como no excedan de la de 120, 000 pesos, por razón de cualesquiera mercaderías y otras cosas que solicite para la habilitación de la próximo flota, si verificase navíos que se habiliten en dicho puerto con registro de ropas y frutos para este reino.
Don Francisco de Rezpaldizar, Diputado de la presente flota al cargo del Señor Jefe de Escuadra don Joaquín de Villena, residente en este pueblo de Jalapa, apoderado del Señor Marqués de la Villa del Pedroso don Pedro Francisco Colarte Morla y Villavicencio, Caballero de la Orden de Santiago, gentilhombre de boca de Su Majestad y regidor perpetuo de preeminencia de la Ciudad de Cádiz, otorga que ha recibido de don Juan José Pérez Cano, vecino y del comercio de la Ciudad de México, 4, 180 pesos, mismos que debía Manuel del Castillo, difunto, a dicho Marqués.
Don Juan Martín de Molinar, del Comercio de España, uno de los recién llegados en la flota que está a cargo del Señor don Joaquín de Villena, exhibió escritura hecha en Cádiz en la que se obliga don Pedro de Sixtos 7, 020 pesos escudos de plata cantidad que se da por recibida, por lo que cancela dicha escritura.
Agustín Adorno, vecino de la ciudad de Jerez de la Frontera en los reinos de Castilla, estante al presente en el pueblo de Acultzingo jurisdicción de la provincia de Orizaba, otorga y ordena su testamento en la forma y manera siguiente: manda que se pague a Juan Mejía, mesonero del presente pueblo; a Gaspar de Aguilar, encomendero de la ciudad de la Veracruz; y a Andrea Sofía, estante en la Veracruz. Declara que Santi Fantoni, vecino de la ciudad de Cádiz, registró y despachó en diferentes naos que vinieron en la flota, que al presente está en el puerto de San Juan de Ulúa, 199 pipas de vino de su propiedad, siendo su voluntad que el dicho vino se entregue a sus herederos. Que Alonso Guerrero, arriero, y él concertaron que le llevase en una recua suya 100 pipas de vino a la ciudad de Oaxaca, y por cuenta de los fletes le dio 100 pesos de oro común y ciertas cargas de corambre; llevando en el primer viaje 14 pipas de vino junto con cartas del otorgante dirigidas a Rafael Pinelo y otras personas de la dicha ciudad para que los vendiesen; es su voluntad que Gentil Basilio cobre lo que procediere dichos vinos. Que Santi Fantoni tomó sobre sí el seguro de 400 ducados de Castilla, los cuales venían de ida y vuelta sobre la nao Misericordia de Gentil Basilio, misma que vino en salvamento en la flota que al presente está surta en el puerto de San Juan de Ulúa, es su voluntad que el susodicho Basilio nombre otra nao por ambas las partes para que corra dicho seguro hasta los reinos de Castilla; y manda se le pague a Santi Fantoni 40 ducados de Castilla para la vuelta de esta flota. También declara que ratifica el testamento que otorgó en la ciudad de Cádiz, y aprueba el vínculo de mayorazgo que junto con doña María Adorno, su mujer, hizo en la ciudad de Jerez. Nombra herederos universales a sus hijos don Francisco Adorno, don Pedro de Hinojosa Adorno, don Agustín Adorno, doña Clara Adorno, doña Casiana Adorno, doña Juana Melgarejo Adorno, doña Luciana Adorno y doña María Adorno, su mujer; y a Gentil Basilio como albacea testamentario y administrador de los bienes que tiene en la ciudad de Veracruz y Oaxaca.
Don Eliseo Antonio Llanos de Vergara, vecino de la Ciudad de México y residente en Jalapa, solicita cancelación de escritura, por la cantidad de 6, 031 pesos que ha recibido de don Felipe García, vecino de España, quien los recibió en Cádiz de don Bartolomé Amil y Troncoso sobre cierta partida de barriles que condujo a este Reino en los navíos nombrados Nuestra Señora del Rosario y Buen Consejo de la Conserva de la flota surta en el Puerto de San Juan de Ulúa que vino a cargo de Señor Idiaques.
Don Blas Antonio de Orio, vecino que fue de México y residente en Jalapa, otorga poder especial a don Manuel de Enderica y a don Juan Ángel de Enderica, vecinos de la Ciudad de Cádiz, para que cobren a don José de Sierra, Capitán del Navío el Tazón, uno de los de la flota al mando del Jefe de Escuadra don Agustín de Idiáquez, la cantidad de 2, 600 pesos, que importan por el pasaje del otorgante y de su familia, el cual no tuvo efecto.
Don Juan Bautista Garracín, vecino de la Ciudad de Cádiz, residente en el pueblo de Jalapa, cargador de la presente flota a cargo del jefe de escuadra don Fernando Chacón, de la Orden de Santiago, otorga que vende a Luis Fernández de Ulloa, un negro esclavo nombrado Miguel Valentín, de 18 años, criollo, alto de cuerpo, que hubo y compró en público remate, se encuentra libre de censo, empeño e hipoteca, sin asegurarlo de ninguna tacha, vicio, defecto ni enfermedad. La venta se hace en 278 pesos y 4 reales en que se incluye la paga de la alcabala y escritura.
Francisco Ventura de Rezabal, residente en este pueblo de Jalapa y cargador de la presente flota a cargo del Jefe de Escuadras Rodrigo de Torres y Morales, recibió 7, 000 pesos, por orden de Pedro de Arregui y Juan José de Arpide, vecinos de México, para entregarlos y llevarlos en dicha flota a cuenta y riesgo de María, Juana, Josefa y Juana de Iribarren, vecinas de Navarra, en Cádiz, al Intendente General Juan Ángel de Echeverría o a Juan Miguel de Iribarren, apoderados de las antes mencionadas, cantidad por la que dicho otorgante entrega escritura de cancelación con la obligación de remitirlos a dichos apoderados.