Don Antonio de Heras Pedrajo, natural de la Villa de Santander, Arzobispado de Burgos en los reinos de Castilla, hijo legítimo de los difuntos don Pedro de Heras y Barreda, y doña María de Pedrajo Gómez, casado con doña Teresa Vázquez, otorga poder para testar y de albaceas, al Bachiller don José Antonio de Castro y Gamboa, cura de San Andrés Cholula, al Capitán don José Robledano y don Miguel Gómez de Soto, Labrador y vecino de este pueblo, y como heredero universal nombra a su hijo José Antonio.
BURGOS, ARZOBISPADO DE
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Don Lorenzo de la Torre, Caballero del Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, Factor, Veedor, Juez Oficial Real de la Real Hacienda y Caja de la Nueva ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa, natural de la villa del Cabezón de la Sal en las montañas del arzobispado de Burgos en los reinos de Castilla, hijo de don Lorenzo de la Torre y de doña Marta González de Hoyos, difuntos. Por la presente otorga poder para testar al Capitán don Lope Antonio de Iribas, a doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos y a doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, vecinos de la villa de Córdoba, para que en nombre y en representación de su persona puedan hacer y otorgar su testamento como se los tiene comunicado. Ordena ser sepultado con las vestiduras militares del orden que profesa y si falleciera en esta villa sea sepultado en el convento de San Antonio, delante del altar de Nuestra Señora de los Dolores, y si sucediere en la ciudad de la Puebla de los Ángeles, México o Veracruz sea en el convento del Señor Santo Domingo, en la capilla de Nuestra Señora del Rosario, y si fuere en el camino, manda que sus huesos sean trasladados a la iglesia más cercana. Declara fue casado en primer matrimonio, diecisiete años, con doña Rosa María Laso, vecina que fue de la Nueva ciudad de la Veracruz, hija del Alférez don Manuel Laso Nacarino y de doña Sebastiana de Espinosa, y por no haber tenido hijos, les devolvió a los padres de la susodicha lo que importaba carta dote. Señala que habrá tiempo de quince días, poco más o menos, que pasó a segundas nupcias con doña Ana Francisca Margarita, y los padres de ella le prometieron 30 000 pesos en el valor de un trapiche nombrado Nuestra Señora de Guadalupe y otras alhajas, siendo el día 23 de noviembre del presente año que se celebraron las nupcias, habiendo otorgo carta de dote. Señala no tiene hijos que con derecho le deban heredar. Declara tiene bienes en la villa de Cabezón de la Sal que corresponden a la parte paterna y materna, que están en poder de unos parientes suyos de los que es su voluntad que en caso de que él llegase a tener hijos de este matrimonio, los hereden los susodichos y de no tenerlos hace donación de ellos a sus parientes. Nombra por sus albaceas al Capitán don Lope Antonio, a doña Agustina Jaimes Dávila, padres de su mujer, a su mujer doña Ana Francisca Margarita y al Señor don Diego Felipe de Angulo, Chantre de la iglesia de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y por tenedora de sus bienes a doña Ana Francisca. Nombra por heredera de sus bienes, derechos y acciones a la dicha doña Ana Francisca Margarita.
Zonder titelDon José de Cobo Zorlado, hijo legítimo de Pedro Cobo y de María de Zorlado, vecinos que fueron de Ruesca, Arzobispado de Burgos Montañas de Ladero y Santander, de donde es natural, otorga poder para testar al Capitán Tomás Rodríguez de Vargas, vecino de la Nueva Veracruz, a quien le tiene comunicado lo que toca al descargo de su conciencia y para que en su virtud ordene su testamento; asimismo lo nombra como albacea y en su compañía al Capitán Martín Ibáñez.
Juan Guazo de los Ríos, vecino de la villa de Córdoba, natural de la villa de Pie de Concha en el arzobispado de Burgos en los reinos de Castilla, hijo legítimo de Juan Guazo de los Ríos y de María Sáenz de Hoyos, sus padres difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda se den de sus bienes a las cofradías sitas en la iglesia parroquial de esta villa 4 reales cada una, y a la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción 4 pesos. Declara que habrá tiempo de ocho años que contrajo matrimonio con María Galván de la Oliva, durante el cual no han tenido hijos. Ítem declara que antes de venir a este reino estuvo casado de primer matrimonio en la dicha villa de Pie de Concha con Ana Núñez, difunta, con quien procreó un hijo de nombre Francisco Guazo de los Ríos; dicho su hijo al presente tendrá [cuarenta] años, el cual se quedó en dicha villa cuando pasó a este reino, del cual ha recibido dos cartas, que la última la recibió habrá tiempo de veintiún año, y aunque le ha escrito diferentes cartas no ha vuelto a tener razón ni noticia de si está vivo o muerto dicho su hijo. Declara por sus bienes una casa, los muebles de que se compone. Ítem declara que es su voluntad que su mujer viva todos los días de su vida en dicha casa. Nombra albaceas testamentarios al Capitán Juan de Piña, Gaspar Rendón y Benito Rendón, vecinos de esta villa, y nombra universal heredero a su hijo Francisco Guazo de los Ríos, con declaración de que si en tiempo de diez años no viene o no se tengan noticias de él o de tener hijos legítimos, en este caso pasa a heredar la citada María Galván de la Oliva durante los días de su vida, y para después de ellos sobre dicha casa se imponga una capellanía de misas rezadas por su alma, la de sus padres y sus mujeres; nombrando como primer capellán propietario a los hijos de Alonso y Francisco Galván, sus hermanos, y a falta de ellos a los hijos de Josefa, Juana y Teresa Galván, sus hermanas.
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