El Capitán Don Antonio de Orduña Loyando, dueño del ingenio San Pedro Buenavista, dijo que Pedro González del Castillo, vecino de Coatepec, trata de traer a esta jurisdicción las bulas que se publicarán el año de 1684 y se han de repartir en toda esta provincia, y como le han pedido fianza, atento a ello, dio su poder cumplido a Pedro González del Castillo para que lo pueda obligar como su fiador, juntamente consigo, a que pagarán los pesos de oro que importare la limosna de las bulas a Su Majestad y en su real nombre al Tesorero General de la Santa Cruzada, o a la persona encargada en este obispado.
BULAS
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El Capitán Don Antonio de Orduña Loyando, dueño del ingenio nombrado San Pedro Buenavista, dio su poder a Pedro González de Castillo, vecino de Coatepec, para que lo pueda obligar como su fiador, a pagar a Su Majestad y en su real nombre al Tesorero General de la Santa Cruzada a cuyo cargo fueren en este obispado, la cantidad de pesos de oro que importare la limosna de las bulas que se suelen traer para esta provincia.
El Capitán José de Arias y Torija, dueño de haciendas e ingenio azucarero en esta jurisdicción, y don Francisco Javier de Gorospe Irala y Padilla, dueño de haciendas en la jurisdicción de Tepeaca, ambos vecinos de Jalapa, otorgan poder especial a don Francisco Díaz Ladrón de Guevara, vecino y del comercio de la ciudad de la Puebla, para que los obligue como fiadores principales del Bachiller José Ignacio Rodríguez de Roa, Cura del pueblo y doctrina de San Jerónimo Coatepec, en favor de la Tesorería de las Bulas del Obispado de la Puebla, por la cantidad de pesos que importasen las bulas otorgadas.
El Licenciado Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de Jalapa, dijo que para continuar con la publicación y expedición de la Santa Bula de Cruzada, el Capitán Miguel Jerónimo López de Ontanar, vecino de Jalapa, en su Apostólico y Real Tribunal de Cruzada de este Obispado y en el asiento que en esta Tesorería tiene celebrado, es preciso el afianzar por el tiempo de la segunda publicación al tesorero receptor, por lo que otorga poder especial al Capitán Miguel Jerónimo, para que en dicho tribunal lo obligue con la cantidad que importe la Santísima Bula para Jalapa, Coatepec, Ixhuacán de los Reyes, Naolinco, Tlacolulan y Misantla por el tiempo que correrá el asiento, recaudación y cobranza.