Don Juan Antonio de Bárcena, vecino y del comercio de Veracruz, se constituye como fiador del Presbítero don José Ignacio Rodríguez de Roa, Cura nombrado del pueblo de Perote, por cantidad que importa el expendio de Bulas de la Santa Cruzada y las del nuevo indulto de carnes saludables en todo el territorio de la feligresía de Perote, en cada uno de los bienios que sean de su cargo.\t
BULAS
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El Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de Jalapa, otorga poder especial al Capitán Miguel Jerónimo López de Ontanar, mercader, para que en su representación parezca ante el Tribunal de la Santa Cruzada de la Puebla de los Ángeles y ante quien con derecho deba y pueda para que como su fiador consiga ascenso, expedición, recaudación y cobranza de la Santa Bula en este partido según se debe, quedando obligado a dar cuenta cierta de lo que por esta razón fuere de su cargo.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de esta Villa, dijo que por cuanto don Gregorio Fentanes, Cura Propio de esta Villa, debe ocurrir a la intendencia que corresponde a sacar las bulas que se consideren necesarias caucionando su importe como está establecido, otorga se constituye su fiador, liso, llano y principal pagador en el importe de las bulas que sacare dicho cura para la próxima publicación.
Don Francisco Javier [Fernández] de Ulloa, vecino y del comercio de esta Villa, se constituye fiador y se obliga por el Licenciado don Gregorio Fentanes, Cura propio, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta Villa, como liso, llano y principal pagador por el importe de las bulas que sacare para los trienios de 1804 y 1805 de la última publicación, obligándose a satisfacer dicho importe en la Ciudad de los Ángeles donde se le demande por los señores ministros de la Real Hacienda en dinero efectivo y de contado
Fray Ildefonso Moreno, Religioso Profesor de la Orden del Seráfico Padre Señor San Francisco y actual conventual de ella, otorga poder especial a don Francisco Javier Gorospe Irala y Padilla, vecino y del comercio de la Ciudad de la Puebla de Los Ángeles, para que en su nombre solicite a las Cortes de Roma y España, bula de secularización, presentando escritos, súplicas y memoriales.\t
Don Felipe de Santiago, Gobernador; Bernardo Antonio y Bartolomé de Santiago, Alcaldes; Vicente Mariano y Pascual Casildo, Regidores; y don Pedro Antonio, Escribano; todos miembros del cabildo y oficiales de República del pueblo de Xicochimalco, con licencia de don José Antonio de la Pedreguera, Subdelegado de esta Villa de Jalapa y su distrito, otorgan en arrendamiento a don José Rodríguez Guapillo, un potrero que posee el pueblo, el cual linda con las haciendas de don Diego Cuevas y don Jerónimo de Alcalde, por el tiempo de 3 años pagando 200 pesos anuales, dinero que usarán para pagar la fianza de unas bulas que de la Tesorería de este ramo se le entregaron al Presbítero José Mariano de Herrera, dinero que se gastó.
Don Clemente Couso, vecino de la Villa de Xalapa, otorga que se constituye como fiador del Cura de la Doctrina de San Pedro Tonayan, don Rafael de Aguilar, por la cantidad de 380 pesos que importan las bulas que necesita dicho señor cura para la presente publicación.
El Capitán José de Arias y Torija, dueño de haciendas e ingenio azucarero en esta jurisdicción, y don Francisco Javier de Gorospe Irala y Padilla, dueño de haciendas en la jurisdicción de Tepeaca, ambos vecinos de Jalapa, otorgan poder especial a don Francisco Díaz Ladrón de Guevara, vecino y del comercio de la ciudad de la Puebla, para que los obligue como fiadores principales del Bachiller José Ignacio Rodríguez de Roa, Cura del pueblo y doctrina de San Jerónimo Coatepec, en favor de la Tesorería de las Bulas del Obispado de la Puebla, por la cantidad de pesos que importasen las bulas otorgadas.
Don Pablo Hernández, gobernador del pueblo y cabecera de San Pedro Tonayan; don Juan Domingo de San Juan Chapultepec; don Andrés Bautista, de Santiago Coacoatzintla; don Esteban Francisco de San José Pastepeque; don Lucas de Santiago, de San Pablo Coapan, todos de pueblos de la jurisdicción de Jalapa; en nombre de sus pueblos otorgan que se constituyen fiadores del párroco de dichos pueblos don Matías Francisco Lagunas, para la paga de las bulas que se remitiesen a su curato, arreglado a los padrones.
Don Francisco Javier Fernández de Ulloa, vecino y del comercio de Jalapa, otorga que se constituye como fiador del Señor Cura de Jalapa, don Gregorio Fentanes, por el importe de las bulas que se expidieren en esta doctrina y sacase para ello de la Tesorería de Bulas, cuyas pagas hará en dinero de contado puestas en dicha tesorería.