Don José de Herrera y Campo, Maestro de Farmacopea, con botica pública en Jalapa, dijo que se le remató una de las casas que dejó el difunto don Antonio Primo de Rivera, en 5, 000 pesos a censo redimible de 5 % anuales, otorgando escritura de obligación para reconocerlos a favor del acreedor, hipotecando para ello la casa comprada, otra que tiene en la calle de Belén y un rancho nombrado Zoncuantla, de lo cual se le mandó hiciese aplicación de los créditos en las fincas rematadas, señalando 1, 000 pesos de la capellanía que fundó don Diego de los Ríos Botello para la parroquia de Izúcar, 1, 000 pesos pertenecientes a los hijos menores de doña Josefa de Campos y Arraido y 3, 000 pesos de don Juan Domingo Fernández Peredo y don Juan Sánchez Casahonda, por lo que a través de la presente ratifica que se obliga a reconocer como dueños de los últimos 3, 000 pesos a estos dos últimos a razón de 1, 500 pesos cada uno.
BOTICAS
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Don Francisco Hidalgo, vecino de esta Villa de Xalapa, otorga poder especial a don Juan Antonio Serrano y Laraña, vecino de Veracruz, para que en su nombre haga constar a los señores Ministros de la Real Hacienda en las Cajas de Veracruz, la obligación en que se halla como visitador, nombrado por el Real Tribunal del Protomedicato, afianzando en ellas la cantidad de 17 pesos 5 y medio reales por cada botica.
Don José Joaquín de Castro, vecino de este pueblo de Jalapa, informa que heredó de su difunto padre don Bartolomé de Castro, una botica con todos sus bienes, la cual se remató en el precio de 1,209 pesos y 3 reales, los cuales recibió de Eugenio Felipe Lozano.
Don Miguel Palacio, de esta vecindad, síndico del Ilustre Ayuntamiento de esta ciudad, dijo que el ramo de hospitales, que es a su cargo, adeuda la cantidad de pesos a la botica del finado don Joaquín Ruiz por medicina ministrada al hospital. Que careciendo de recursos para el pago solicitó doña Teresa Aravalle, viuda del expresado señor Ruiz, por medio de su representante don Marcos Díaz Aparicio se le cubriese ese crédito en parte con 700 pesos que, sobre su casa, cita en la calle primera de la Amargura en esta ciudad, reconoce la misma señora a favor del hospital, según consta por escritura de 20 de agosto de 1811. Solicitud que le fue aprobada, facultando al comparente para formalizar la respectiva carta de pago de los 500 pesos, y cancelar la hipoteca. Facultad que Palacio usa para otorgar que a nombre del ayuntamiento da por entregado de los 500 pesos de capital y sus réditos a favor de doña Teresa, y entrega carta de pago por el respectivo capital y réditos, dando por cancelada la citada escritura.
UntitledDoña Teresa Aravalles, viuda y albacea de don Joaquín Ruiz, dijo que de acuerdo a su coalbacea, el Presbítero don Joaquín Ruiz, residente en México, han convenido entregarle a don Marcos Díaz Aparicio, Profesor de Farmacia, las dos boticas pertenecientes a la testamentaria del referido finado, situadas ambas en esta ciudad, una en la plaza Principal en edificio del hospital y la otra en la calle Principal, en casa de los herederos de don Domingo Franceschi, para que gire y administre ambos establecimientos bajo las condiciones que se mencionan, de las cuales destacan: Que por tiempo de año y medio ha de girar el nominado don Marcos Díaz dichas dos boticas, llevando para sí la mitad de utilidades y quedando la otra mitad a beneficio de la testamentaria, comenzando a correr a partir de esta fecha en adelante. Que los precios de las existencias que ahora recibe Díaz en las dos boticas se han de fijar en México. Hasta que estén expuestos los precios es cuando se ha de saber el monto de dichas existencias, entonces por medio de una adición a esta escritura hará la declaración conveniente. Que como el mencionado coalbacea va a tomar por su cuenta en México la botica nombrada de "La Merced" y allí han de hacerse compras por mayor, preferirá Díaz para la provisión de las que toma a su cargo comprar en aquella lo que necesite, cuyos precios serán arreglados a los de la casa de Morón, siendo éstas en igualdad a los que corran en otras partes, pero si Díaz pudiese lograr algunos efectos con más proporción comprándolos en Veracruz, podrá hacerlo. Y estando presente el relacionado Díaz, otorga que se conforma con las cláusulas y acepta la compañía por el tiempo y condiciones que queda explicado.
UntitledDon Félix Velasco Quiroz y don Manuel de los Reyes, ambos de esta vecindad, dueño de botica el primero y profesor de farmacia el segundo, otorgan que han convenido en que Reyes se encargue del despacho de la botica de Quiroz bajo las condiciones que se mencionan, entre las cuales destacan: El sueldo que debe disfrutar Reyes es de 60 pesos mensuales y una tercera parte de lo que importen las recetas de igualas. El tiempo que debe percibir este sueldo y la tercera parte de las recetas igualas será de tres años. Que Reyes estará todo el día en la botica hasta las ocho de la noche.
UntitledDon José María Gutiérrez de Zamora, de este comercio y vecindad, con botica en este suelo, dijo que en él se verificó el nuevo remate o contrata para proveer de todas las medicinas que necesitan los enfermos que se curan en el Hospital Real Militar de San Fernando de esta Villa, cuyo remate celebró con el Ministro Tesorero de la Real Hacienda del Ejército de Operaciones de las Tres Villas, don José Govantes [de Ledezma], habiendo concursado también el anterior beneficiado de este remate don Joaquín Ruiz, maestro farmacéutico y con botica también en este suelo, cuyo remate o contrata le fue asignado bajo los términos y condiciones que se mencionan en esta escritura.
Doña Juana Domínguez, de esta vecindad, viuda de don José Ignacio del Toro, del que es albacea, y don Joaquín Ruiz, Maestro Farmacéutico [farmacopea], otorgan por la presente que establecen una compañía de intereses que ha de manejarse en la botica que fue del citado Toro, que comúnmente llaman del Hospital de San Juan de Dios, ubicada en accesorias que pertenecen a esta, con previo consentimiento del curador de sus hijos menores, don José Antonio Domínguez, bajo los términos y condiciones que se mencionan en la escritura.
Don José Ignacio del Toro, hijo legítimo de los difuntos don Fernando José del Toro y de doña Manuela Antonia Martínez, natural de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta Villa, otorga su testamento donde declara fue casado en primeras nupcias con doña María Rita Figueroa, de esta vecindad, quien trajo al matrimonio 600 pesos y tres hijos de su primer marido, procrearon 4 hijos todos son difuntos; por segunda vez se casó con doña Juana Domínguez, quien trajo al matrimonio 300 pesos y el tenía 3 000 pesos, procrearon 3 hijos. Tiene por bienes una casa, un solar y una botica, situados en esta villa, en las colindancias que se mencionan en la escritura; también posee dos esclavas, dos caballos, algunos muebles y artículos de valor. Nombra albacea en primer lugar a la citada su esposa, y en segundo a don Domingo Franceschi, de este comercio y vecindad, para que entren en sus bienes, vendan y rematen en almoneda o fuera de ella, y del remanente que quedase líquido, instituye y nombra por únicos y legítimos herederos a sus tres hijos.
El Licenciado don Francisco de la Vega y Ariza, Presbítero Domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles y nativo de dicha ciudad, hijo de Francisco de Ariza Cruzado, difunto y de doña María Maldonado, que reside en el ingenio del Conde de Orizaba; otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que debe a Pedro Pablo Tamariz, su compadre, vecino de Orizaba, 115 pesos que le prestó para su curación; a María García le debe 32 pesos; a Francisco de Pissa Guerrero, maestro cirujano, quien le ha asistido con los medicamentos que han sido necesarios de su botica, que no ha pagado, manda que de sus bienes se pague. Manda que le den 100 pesos al Licenciado don Diego García Calvo, Teniente de Cura en esta villa, para que los distribuya en las obras que le tiene encomendado y sin que le pidan cuentas. Manda que se cobre a Miguel de Escalona 200 pesos, a José de Sandoval 50 pesos, ambos vecinos del pueblo de San Andrés Chalchicomula, al Capitán Manuel Gómez Dávila, por la administración de la hacienda de Tecamaluca; asimismo, manda se cobre de lo que se le está debiendo por su asistencia y administración en el ingenio del Conde de Orizaba. Manda que se den 25 pesos en reales a Josefa de Guadalupe, su ahijada que se encuentra en el convento de Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla. Ítem, declara que es capellán de una capellanía que instituyó Jerónimo [roto] persona que lo crió, a cuyo título fue ordenado de 3 000 pesos de principal, que fundó sobre sus haciendas de labor y casas que tiene en la ciudad de los Ángeles. Ítem, declara por sus bienes unas piezas de esclavos. Nombra albacea testamentario y tenedor de bienes al Licenciado don Diego García Calvo, Teniente de Cura de esta villa, para que, entre sus bienes, los cobre, venda o remate. Y al remanente que quedara de sus bienes; dejó e instituyó como universal y única heredera a su madre María Maldonado.
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