Isabel Pérez de Moya, vecina de esta villa de Córdoba, como albacea testamentaria de Jerónimo de Leiva, su difunto marido, tutora y curadora ad bona de sus hijos, vende a Andrés de Leiva, su hijo, dos solares y medio en el barrio de San Sebastián, que lindan y hacen frente, calle en medio, con solar de [Angelina María]; y por otra parte con solar de Ana Martín; y por otra con solar de don Francisco Valero; en cuyos solares están edificados dos hornos de cocer cal y otro de cocer teja, un pozo y un jacal de paja, todo lo cual le vende en precio de 350 pesos de oro común en reales, de los cuales corresponden 215 pesos a Antonio de Leiva y 135 pesos a Juan de Leiva, sus hermanos, cantidad que se les debe de sus hijuelas paternas. Asimismo, Andrés de Leiva se obliga a pagar a sus hermanos dentro de dos años, con sus réditos de 5 por ciento cada año a Antonio de Leiva.
UntitledBARRIO DE SAN SEBASTIÁN
3 Archival description results for BARRIO DE SAN SEBASTIÁN
El Capitán don Francisco José Rodríguez de Abouza, vecino de esta expresada villa, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, manifestó una escritura de 31 de diciembre de 1744, y en el consta que el Licenciado don Miguel Ignacio de Luque y Montenegro, Presbítero, Capellán del sagrado convento de señoras religiosas Carmelitas Descalzas de Santa Teresa de la Nobilísima ciudad de los Ángeles, en virtud y fuerza de poder de dicho Capitán don Francisco José Rodríguez se obligó dentro de nueve años a pagar 11 000 pesos de oro común, los mismos que el citado licenciado recibió de las arcas del convento, [para seguridad del principal] hipotecó su hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San Joseph [San José], alias Cacahuatal, y una casa que posee en esta villa en la calle Real en esquina, cogiendo dos calles, la una que baja de la plaza Pública y va al camino de la Nueva Veracruz y la otra que viene del barrio de San Sebastián y va al de San Juan Tetitlán, alias las Casillas; y de pedimento del otorgante la presente escritura fue registrada en este libro de censos.
UntitledDon Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor, Regidor Perpetuo por Su Majestad de esta villa, exhibió dos testimonios de una escritura a efecto de que se registre en este libro, y de ellos consta que don Juan García de León, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, su data a 9 del presente mes y año, en nombre del expresado don Francisco Valero y Alvarado, recibió la cantidad de 1 250 pesos de principal de las arcas de capellanías de este obispado, los 1 000 pertenecientes a la que fundaron Pedro Yáñez y María Gutiérrez de Huesca, y los 250 restantes correspondientes a la que fundó el Licenciado don Ignacio Cortés de Gálvez; y obligó al citado don Francisco Valero y Alvarado a que pagaría dicha cantidad en la Secretaría de Cámara y Gobierno del señor arzobispo, en cinco años, ínterin pagarán sus réditos de 5 por ciento; para que con la enunciada cantidad pague lo que procedió de la venta que del oficio de alguacil mayor de esta villa le hizo a dicho don Francisco Valero. Y para seguridad del principal hipotecó dos tercias partes del citado oficio, como dos casas de cal y canto ubicadas en el barrio de San Sebastián.
Untitled