Cosme del Palacio, vecino de la ciudad de los Ángeles, estante al presente en el pueblo de Acultzingo, otorga poder a Pedro de Palacio, su hermano, para que pueda vender la cantidad de pesos que quisiere a censo y tributo en cada un año a rédito del otorgante, a favor de una o más personas, cargándolos y vinculándolos conforme a las nuevas leyes y pragmáticas de su majestad, sobre su persona y bienes y la persona y bienes del dicho Pedro de Palacio, y señaladamente sobre 18 sitios de estancia de ganado menor que tienen en su mayor parte en tierra caliente, en términos de Acamaluapa y Tlatetelco y otros en términos de Tepeaca, llanos de Ozumba, en que hay dos poblados con 25 000 cabezas de ganado menor.
ACULTZINGO, PUEBLO DE
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Diego Altamirano, vecino del pueblo de Acultzingo, declara que don Agustín de Montalvo, su hermano, vecino del pueblo de Tulancingo, como hijo legítimo de don Juan de Montalvo y doña Úrsula de la Torre y Morantes, sus padres difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Acultzingo, de la jurisdicción de Orizaba, y como heredero de los susodichos le pertenece la herencia en el remanente de los bienes con los demás sus hermanos, que entre dichos bienes dejaron una hacienda de labor de riego en el dicho pueblo de Acultzingo con sus aperos, tierras, labores y sitios, sobre dicha labor, sitios y demás está impuesto un censo de 2 000 pesos a favor de una capellanía, que impusieron Diego de Montalvo y doña Gerónima [Jerónima] de León Coronado, abuelos paternos de dicho don Agustín. También señala que por haber fallecido los dichos abuelos, así como los padres del otorgante, y también don Francisco de Montalvo, su tío, sucedieron en dicha labor de tierras y sitios el dicho don Agustín, don Luis, doña Lorenza y doña Juana de Montalvo, sus hermanos legítimos; asimismo con don Diego, don Gerónimo [Jerónimo], don Alonso y doña Estefanía de Montalvo, sus primos legítimos. Y que como tales bienes indivisos se han de conservar entre todos los susodichos disfrutando del rédito que produzca el arrendamiento, pero como no le es conveniente proseguir con estos efectos, porque le es más útil ceder y traspasar todos sus derechos, reduciendo dicho derecho a reales, y con poder de don Agustín de Montalvo otorga que vende al Alférez Mayor Juan García Valero, vecino de esta villa, la parte legítima que le pertenece en la dicha labor de riego y demás sitios de ellas, que están gravadas a dicho censo y capellanía. Lo vende por precio de 200 pesos de oro común.
Sans titreEl Capitán Diego de Altamirano y el Secretario Juan de Espinosa, dueños de haciendas de beneficio de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba, dijeron que Juan de Espinosa tuvo pleito pendiente en la Real Audiencia de este reino con el Capitán Diego de Altamirano, sobre el principal de 600 pesos que están cargados a censo redimible sobre un rancho de labor que posee el susodicho, nombrado San Isidro, en el pago del pueblo de Aculsingo [Acultzingo], en los altos de los cerros que corren entre el camino de dicho pueblo y el de Maltrata, compuesto de un sitio de estancia de ganado menor y 7 y media caballerías de tierra; y por los réditos de veinticinco años corridos. Y por cuanto han convenido que el Capitán Diego de Altamirano, de su libre voluntad, le venda a dicho Secretario Juan de Espinosa el referido sitio, con una casa cubierta de zacate y paredes de adobe, un jacal y tres vacas con su cría cada una, en precio de 400 pesos de contado y el dicho censo; por la presente el Capitán Altamirano se lo vende a Juan de Espinosa en el precio referido, asimismo, declara dicho capitán que el sitio lo compró a don Alonso Montalvo y Pacheco y Azorero, vecino de dicho pueblo de Aculsingo [Acultzingo], por escritura hecha en Orizaba el [dos] de septiembre de 1687, por ante dicho Secretario Juan de Espinosa, Escribano Público que fue de dicho pueblo.
Sans titreLuis de Montalvo, vecino de Tulancingo, declara que como hijo legítimo y uno de los herederos de don Juan de Montalvo y doña Úrsula de la Torre y Morantes, sus padres difuntos, vecinos que fueron del pueblo de Acultzingo, de la jurisdicción de Orizaba, le toca la herencia que le puede caber como tal heredero en el remanente de los bienes que entre ellos fueron una hacienda de labor y riego en el dicho pueblo de Acultzingo, sobre la cual dicha labor, sitios y demás puesto está impuesto un censo de 2 000 pesos a favor de una capellanía que impusieron Diego de Montalvo y doña Gerónima [Jerónima] de León Coronado, abuelos paternos de dicho don Luis. También señala que por haber fallecidos dichos abuelos así como los padres del otorgante y también don Francisco de Montalvo, su tío, sucedieron en dicha labor de tierras y sitios el dicho don Luis, don Agustín, doña Lorenza y doña Juana de Montalvo, sus hermanos legítimos, así como don Gerónimo [Jerónimo], don Alonso y doña Estefanía de Montalvo, sus primos legítimos. Y que como tales bienes indivisos se han de conservar entre todos los susodichos, disfrutando del rédito que produzca el arrendamiento, pero como no le es conveniente proseguir con estos efectos, porque le es más útil ceder y traspasar todos sus derechos, otorga que vende al Alférez Mayor Juan García Valero, vecino de esta villa, la parte legítima que le pertenece en la dicha labor de riego y demás sitios de ellas, que están gravadas a dicho censo y capellanía. Los vende en precio de 200 pesos de oro común.
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