Don Félix Lucido, de esta vecindad, hace exhibición de un poder conferido por doña Margarita Guzmán como albacea de don Andrés Ramos a favor de don Cayetano Becerra para los asuntos y desempeño de la testamentaria de ese finado Ramos, y sustituido por dicho Becerra al comparente para que formalice escritura por la venta de una casa perteneciente a esa testamentaría, ubicada en esta ciudad a la calle de la Raqueta con la cual hace su frente al oriente, lindando por norte con casa de la misma testamentaría; por sur con otra que perteneció al propio finado y le vendió en su vida a don Manuel Antonio Orduña de quien es hoy, y por poniente con casa del finado don Juan Francisco Cardeña. Y usando el referido poder el nominado don Félix Lucido otorga que le vende al Presbítero don Francisco Antonio Gil, actual cura de la doctrina de Actopan la casa que queda deslindada en precio de 2 460 pesos y 5 reales, de cuya suma se da por entregado a su entera satisfacción.
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El Bachiller Mateo Antonio Ortiz de Zárate, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de San Francisco Actopan, jurisdicción de la Antigua Veracruz, junto con el Bachiller Antonio Mateo Ortiz de Zárate, Presbítero Domiciliario de este obispado y residentes en el pueblo de Jalapa, otorgan poder general al Licenciado don Francisco Caballero y Valenzuela, Clérigo, vecino de la Ciudad de Puebla de los Ángeles y Abogado de la Real Audiencia de México, para que los defienda y demande en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales.
Los Licenciados don Mateo Antonio Ortiz de Zárate, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de San Francisco Actopan, jurisdicción de la Antigua Veracruz, junto con don Antonio Mateo Ortiz de Zárate, Presbítero y vecino del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial al Licenciado don Francisco Javier Caballero y Valenzuela, Presbítero, vecino de la Ciudad de Puebla de los Ángeles y Abogado de la Real Audiencia de México, para que solicite los nombramientos de Capellanías, Curatos y otros beneficios eclesiásticos.
María Domínguez, hija legítima de Antonio Domínguez y Bernarda de los Reyes, difuntos, natural de Naolinco y vecina de la doctrina de Actopan en el Trapiche del Rosario, viuda de Gregorio de Aguilar, con quien tuvo 5 hijos. Nombra como albacea testamentario al Licenciado Francisco Pérez, Clérigo Presbítero, vecino de Naolinco. Nombra por sus universales herederos a sus hijos.
Doña Paula Antonia y doña María Dolores Muñiz de Cámara, doncellas mayores de 25 años, vecinas de la jurisdicción de la Antigua en la doctrina de San Francisco Actopan, estantes en esta Villa de Xalapa, otorgan poder a su hermano don José Albino Muñiz de Cámara, para que en sus nombres asista a los inventarios, aprecios, división y partición de los bienes de su legítimo padre don Sebastián Muñiz de Cámara.\t
El Presbítero don Antonio José Bravo, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de Actopan, hijo de don José Bravo y de doña María Monterde, difuntos, vecino de la Villa de Orizaba, otorga su testamento, nombra como capellán un hijo de don Jacinto Antonio de los Ríos, vecino de Orizaba. Declara tener 4 casas en dicha villa, dos de ellas lega a su hermana doña Mariana Bravo, otra al Hospital de mujeres de dicha villa y la última para los alimentos de las recogidas, y en caso de que faltasen éstas se les de a los presos de la cárcel de Orizaba. Nombra como albaceas a don Gregorio Fentanes, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de Jalapa, en segundo lugar a don Antonio Merino y en tercero a don Manuel José Bellido. Nombra como heredera universal a su hermana doña Mariana Bravo.
Francisco de la Cruz Obregón y Juan Leal, residentes al presente en este pueblo, formaron una compañía para comprar y vender géneros en la Huaxteca [Huasteca], Michuacán [Michoacán] y otras partes, en esta manera: Francisco de la Cruz puso 400 pesos en reales y el dicho Juan Leal 300 pesos, los cuales ha de administrar Juan Leal, pues Francisco de la Cruz, ha de residir en la estancia de Espanta Judíos, jurisdicción de Actopan y la Veracruz Vieja, donde habrán de llevar todo el ganado que se comprare, y se repartirán las ganancias en partes iguales. Dicha compañía se hizo por tiempo de cuatro años.
Don Bernardino Antonio Montero, natural de Naolinco y vecino de Cruztepec, doctrina de Actopan, hijo legítimo de don Juan Montero y doña María Rodríguez, difuntos, casado con doña Bernardina Antonia Moctezuma, otorga su testamento donde nombra como albaceas testamentarios a su citada esposa, junto con su hijo Eusebio Montero y en ausencia de éstos a José Lorenzo Montero, su otro hijo, y como herederos universales a sus hijos legítimos junto con su mencionada esposa. Declara que los bienes que tiene, lo que debe y le deben, lo saben sus albaceas.
Don Sebastián Muñiz de Cámara, vecino de la doctrina de San Francisco Actopan jurisdicción de la Antigua, residente en la Villa de Xalapa, otorga poder especial al Presbítero don Ramón Cardeña y Gallardo, Cura Interino de Acatzingo, para que en su nombre parezca ante el Señor Provisor y Vicario General del Obispado de la Puebla, y sobre los esponsales que intenta contraer Pablo Lagunas con su hija doña Nicolasa Antonia Muñiz contra la voluntad del otorgante y sobre el rapto que de ella ejecutó estando en depósito, pida y alegue lo que a derecho de padre de la susodicha importe, y para que si hallare conveniente, otorgue en su nombre licencia a su dicha hija de contraer matrimonio según disposiciones de la Santa Iglesia.
Ignacio José Moctezuma, vecino de la ranchería de Sonsocomotla, doctrina de Actopan, en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, pardo libre, hijo de padres no conocidos, viudo de María Josefa Villanueva, mestiza, otorga poder para testar a don José Francisco Moctezuma y don Anastasio Antonio Moctezuma, sus legítimos hijos, junto con don Nicolás Domínguez, vecino del pueblo de Naolinco, así también los nombra albaceas testamentarios y como herederos universales designa a sus legítimos hijos, junto con los hijos de José Joaquín Moctezuma, su difunto hijo.