Doña María de Jesús Heredia, viuda y albacea de don Cayetano Domínguez, vecino que fue del rancho de los Otates, y sus hijos don José, doña Rafaela y doña Juana Gertrudis Domínguez y demás herederos de don Francisco Domínguez Muñiz que se mencionan en esta escritura, venden a don Pedro Báez, vecino de esta Villa, dos pedazos de tierra nombrados La Balsa y El Altillo, ubicados en esta jurisdicción doctrina de San Francisco Actopan, ambos unidos lindan por la Loma del Paxcle o Pastle hacia el poniente con tierras de los herederos de don Manuel de Acosta, por el norte con las de los Otates, cantil abajo hasta Barranca Honda y desde este paraje hacia el oriente hasta topar con el río que baja de los Otates, y siguiendo el río, por el rumbo del sur, hasta topar con el arroyo que baja de Dominico. Lo venden en 1 975 pesos.
ACTOPAN, DOCTRINA DE
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Don José Mariano Muñiz de Cámara, natural de la jurisdicción de la Antigua, doctrina de Actopan, y vecino en el rancho el Zetal de la misma jurisdicción y doctrina, hijo legítimo de don Sebastián Muñiz de Cámara y de doña Justa Margarita Barradas, vivos, otorga su testamento donde nombra como albaceas testamentarias y fideicomisarias a su esposa doña Antonia Palmeros, al padre del otorgante don Sebastián, y a su hermano don José Luis Palmeros. Nombra a su esposa tutora de sus tres hijas menores de edad, y como herederas universales a dichas sus tres hijas. Tiene entre sus bienes un rancho que compró en 461 pesos, un trapiche bueno con 4 fondos, una resfriadera, 7 mulas, 5 machos, 2 yuntas de bueyes, 6 caballos, 6 yeguas y 10 vacas, más una casa que fabricó en el dicho rancho.
El Bachiller Antonio José Bravo, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del pueblo y doctrina de San Francisco Actopan, jurisdicción de la Antigua, otorga poder especial a don Jacinto Antonio de los Ríos, Regidor Perpetuo de la Villa de Orizaba, para que pida de cualquier tribunal, convento, capellanías, cofradías y demás, un censo redimible de 20000 el millar y un depósito irregular de 2, 000 o 3, 000 pesos, cantidad que cargue sobre las fincas que tiene en la villa de Orizaba.
Don Sebastián Muñiz de Cámara, vecino de la jurisdicción de la Antigua, doctrina de Actopan, vende a don Pedro Pacheco, vecino de la Villa de Xalapa, una casa de paredes, techada de madera y tejas, cercada en redondo de pared, que linda al norte con la calle de Santiago y casa de la viuda y herederos de Manuel Machado, al oriente con casa del Presbítero Antonio Mateo Ortiz de Zárate y calle de Santiago que baja para el río del molino de Maniau, al sur y poniente con el citado río y el resto del poniente con solar de los herederos de Lorenza Hernández, dicha venta la hace en 1, 450 pesos.
El presbítero don Pascual Jiménez, residente en este suelo, otorga que vende al presbítero don Francisco Antonio Gil, cura actual de la doctrina de Actopan, una casita de material ubicada en el pueblo de Misantla, en terreno que pertenece al común del mismo pueblo, cuya casa tienen de fábrica material 14 varas de frente al norte, mirando a la plaza Pública, pero el terreno o sitio tiene sobre veinticuatro varas poco más o menos; y el costado de la casita, por el poniente, linda con la calle principal que conduce al Calvario, y al otro lado de esta calle existe otro terreno también del pueblo, cuyo uno pertenece al propietario de la misma casita, sin que hasta ahora se haya pagado reconocimiento alguno al pueblo por el terreno de la ubicación de la casa en toda su extensión de frente a fondo, ni por el otro lado de la calle. Lo vende en precio de 500 pesos.
UntitledDon Manuel de Acosta, vecino de Naolinco de esta jurisdicción, otorga que ha recibido de don Marcos de Acosta, hijo del Sargento don José de Acosta, vecino de la doctrina de Actopan de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, la cantidad de 500 pesos que le ha prestado, por lo que se obliga a pagarlos dentro de 9 años pagando 25 pesos de réditos anualmente. Como seguro de la deuda hipoteca unas casas ubicadas en el pueblo de Naolinco.
Don Sebastián Muñiz de Cámara, vecino de la doctrina de Actopan, residente en esta Villa de Xalapa, dijo que el 15 de noviembre de 1794, otorgó su testamento en el que nombró como albacea a su esposa doña Justa Margarita Barradas, pero debido a su fallecimiento otorga por vía de codicilo que nombra por su primera albacea a José Albino Muñiz, y en segundo lugar a Isidro Antonio Muñiz, sus hijos. Declara que su esposa le encargó que del quinto que le perteneciese a ella lo convirtiese en misas y sufragios por su alma. También señala que es voluntad de él que del remanente del quinto de sus bienes sea convertido en misas y sufragios.