María Micaela Torres, hija de [en blanco], ya difuntos, otorga que hace y ordena su testamento en la siguiente manera: En el que declara no tener herederos forzosos que conforme a derecho pudiesen y debiesen heredarle y en tal virtud va a disponer de sus bienes libremente. Ordena que a la niña Ana María de la Concepción Torre, a la cual ha criado y educado en su casa y compañía tratándola como hija, se le dé una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad a la calle que llaman de San Cristóbal y la cantidad de 2 000 pesos. Ordena que le den 500 pesos a su hermana doña Manuela Torres y la casita con su solar situada en esta misma ciudad, en el paraje nombrado Jalitic [Xallitic]. También dona otros 500 pesos a su prima doña Ana de Jesús Morales. Ordena que se funde una obra pía, con el principal de 1 000 pesos, que deja a favor de la santa escuela erigida en la parroquia de esta ciudad, para que perciba sus réditos, con la obligación de celebrar en el mes de marzo de cada año, unas horas solemnes en sufragio de su alma y que el primer año que deje de cumplir con esta carga la santa escuela, pase con la misma carga dicha obra pía al convento de Nuestro Padre San Francisco, de esta ciudad; y si del mismo modo, dejase de cumplirse por parte de dicho convento se trasladará la obra pía al colegio de San José de Gracia de Orizaba, con la explicada carga. Y al mismo tiempo de otorgarse, la referida fundación, se nombren por patronos de ella a los Venerables Padres Guardianes, que por tiempo lo fueren del citado convento, a quienes les encarga la vigilancia de lo relacionado; entre otros legados que se mencionan en el acta. Expresa que sus albaceas quedan instruidos de cuáles son sus bienes, de donde debe cubrirse todo lo que lleva ordenado y pide al presente escribano que en la copia que se le ministre de este testamento, deje dos o tres hojas en blanco rubricadas de su puno para asentar en ellas lo que ocurra y pide que se le la validación respectiva. Finalmente, en atención a que la niña Ana María de la Concepción Torre, necesita por su edad vivir aún bajo tutela nombra [en blanco].
Zonder titelXALLITIC, PARAJE DE
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MX UV.USBIX ANX-P-0090-PX_0090_0142
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Stuk
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1833/11/14
Part of Archivo Notarial de Xalapa
MX UV.USBIX ANX-P-0011-PX_0011_0001
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Stuk
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09/08/1613
Part of Archivo Notarial de Xalapa
Testamento de Francisco Méndez, vecino de Jalapa. Declara no tener mujer ni hijos, nunca fue casado. Manda a la cofradía del Santo Nombre de Jesús de este pueblo, tres solares que tiene en este pueblo y unas casas de piedra y barro, revocadas de cal y cubiertas de teja, que están en la calle principal de este pueblo. Y tres solares que tiene en Jalitic, por encima de la ermita de Santiago, pasando el jacal donde hacen ladrillo, para la iglesia de Señor San Francisco. Nombra como heredero a Diego González, su compadre, y como albaceas a su compadre y Alonso García de la Torre, vecino de este pueblo