Los ciudadanos Félix Lucido, Bartolo Hernández, Juan Teoba y José Martínez, apoderado y diputados del común de indígenas de esta ciudad, dijeron que necesitando de algunos reales para cercar de piedra los potreros de Macuiltepetl para sacar un fruto que hoy no dan los pastos por estar aquellos abiertos, y con el fin también de introducir a otro potrero de la comunidad el agua del río Sedeño por Sosocola, solicitaron permiso para enajenar una pequeña parte de tierra, que no les es de ningún provecho, el cual obtuvieron; por lo cual, en nombre de la comunidad que representan, otorgan que venden a don Manuel Facio, de esta vecindad, un pedazo de terreno eriazo, con 38 varas de frente, que lo hace al norte desde la esquina de la casa de Felipe y Francisca Tejeda y sigue por donde empieza el atrio de la iglesia de Señor Santiago, hasta el frente del segundo pilar de ella, tirado el cordel en la orilla del mismo atrio del lado de afuera; por el oriente en que esta la casa de madera de los Tejedas, se cuentan 45 varas, desde dicha esquina tomando la dirección al sur, que es su fondo, hasta el río que llaman de Santiago; por el poniente linda con el demás terreno del expresado común de indígenas, midiéndose desde el atrio al frente de dicho pilar y siguiendo el línea recta hasta el citado río, se encontraron 20 varas; por el sur linda con el relacionado río y del otro lado terrenos de la casa de Campo del excelentísimo señor Juan Francisco de Bárcena, gobernador actual de este departamento. Lo venden en precio de 100 pesos.
Zonder titelXALAPA, CIUDAD
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Don José María Ruiz, de esta vecindad, y don Narciso Sanabria, de Coatepec, dijeron que como consta en escritura otorgada el 14 de enero de 1837, compraron los dos comparentes, en unión de don José de Jesús Díaz, al Ayuntamiento de Coatepec, en precio de 20 pesos a censo redimible un terreno eriazo ubicado en la parte occidental del mismo pueblo. Asimismo, dijeron que el 19 de noviembre de 1836 compraron a don José Joaquín Rebolledo, un terrero erial ubicado en el referido pueblo, a la linde de las tierras compradas al Ayuntamiento, en 20 pesos 4 reales; y el 28 de noviembre compraron otro terreno eriazo a María Laureana, María Isabel y Juan Manuel, ubicado en el repetido pueblo y contigua a aquellos dos terrenos, en precio de 20 pesos. Y con los tres terrenos constituyeron un rancho, dándole el nombre de “La Esperanza”, y formaron un establecimiento los tres individuos para el cultivo de moreras, café, abejas y otros objetos, formando una compañía. También, dijeron que introdujeron el agua corriente en virtud de concesión que hizo aquel Ayuntamiento. Además, dijeron que tiempo después acordaron que don José de Jesús Díaz se quedara el solo con la negociación, separándose los relacionantes y habiendo recibido de Díaz las cantidades de pesos que tenían invertidas. Y ahora, para que la separación de dicho negocio tenga efecto, otorgan que se desisten y apartan de toda acción que pudieran tener o pertenecerles en la propiedad de los referidos terrenos, plantíos, obra material y cuanto contiene el referido establecimiento titulado “La Esperanza”.
Zonder titelDoña Josefa María Gómez de Estrada, viuda del finado don José Antonio de la Peña, dijo que su finado esposo compró a la testamentaria del difunto don Francisco Javier de Gorospe, una parte del agua que recibe la toma repartidora de dicha casa, para introducirla en la casa de la relacionante, situada en la esquina de la calle Principal de esta ciudad, haciendo frente al norte y por el oriente, que hace otro frente, con el callejón de Estrada, y del otro lado casa de la señora su hermana doña Juana María Josefa Gómez de Estrada. Asimismo, dijo que el apoderado de la casa de Gorospe, el presbítero don Francisco Antonio Rubio Roso, no formalizó la correspondiente escritura y solo le libró a su esposo el recibo que presenta, el cual se insertó en el acta. También dijo que, aunque el recibo expresa que su finado esposo pagó los 100 pesos por el valor del agua, lo cierto es que ésta se compró para la casa de que es dueña, la cual ha poseído. En cuya virtud, siendo mayor de veinticinco años de edad y libre de ajena administración, por la presente, otorga que por el mucho amor y afecto que le profesa a la citada señora doña Juana María Josefa Gómez de Estrada, viuda de don Fernando de Cubas, le hace gracia y donación de la mitad del agua que posee su casa, por la medida que va demarcada.
Zonder titelDoña Gertrudis Vivanco, de esta vecindad, dijo que desde enero de 1825 celebró venta de un solar a favor de doña Soledad Rojano, en cantidad de 250 pesos. Cuyo solar tiene 37 varas contadas desde la calle de Jalitic [Xallitic], hasta una muralla o pared que existe en el fondo de la casa de la comparente, habiéndose tratado desde aquella fecha en que la compradora había de hacer uso de los derrames de agua de la casa de la comparente. Que el solar tiene de frente 31 varas, lindando por el costado del sur con el de casa de las Apolbones, y por el del norte con el de casa que fue de don Juan de Ariza. De dicha venta no otorgó la escritura correspondiente, por lo que a través de la presente ratifica la venta en doña Soledad Rojano, al precio de 250 pesos, a quien desde la fecha antes citada le tiene echa posesión.
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