XALAPA, CIUDAD

Elements area

Taxonomie

Code

Bereik aantekeningen

    ron aantekeningen

      Toon aantekening(en)

        Hiërarchische termen

        XALAPA, CIUDAD

          Gelijksoortige termen

          XALAPA, CIUDAD

            Verwante termen

            XALAPA, CIUDAD

              369 Archivistische beschrijving results for XALAPA, CIUDAD

              369 results directly related Exclude narrower terms
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0010 · Stuk · 1837/01/21
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Francisco de Bárcena de esta vecindad, albacea testamentario de doña María Antonia Josefa Fuentes, dijo que por fallecimiento de ésta, quedó una casa de edificio bajo, ubicada en esta ciudad a la segunda cuadra de la calle de Santiago, con la cual hace su frente al norte lindando por el costado del oriente con casa que poseyó el finado don José Elías López, por el costado de poniente con casa que hoy es del presbítero don Felipe de Jesús Leboreiro, y por el sur, que es la espalda con el río nombrado de Santiago. Sobre cuyo fundo, mandó esa testadora se impusiesen 443 pesos para los objetos que expresa la siguiente cláusula tercera del testamento: que doña Manuela Varela reconoce sobre su casa de la calle de los Ingenios, cita en esta ciudad 450 pesos que recibió su padre don Antonio Varela, impuestos por don Juan de Bárcena para que con sus réditos a razón de un 5 por ciento anual se apliquen al costo de aceite de la lámpara del Santísimo Sacramento en el templo del Señor San José de esta misma ciudad, o en el caso de faltar depósito en ese templo se aplicasen al sustento de los pobres de esta cárcel, más que en el caso de que se estableciese en esta ciudad Casa de Recogidas, quedasen destinados dichos réditos para la mantención y alimentos de las mujeres que en esa casa se encerrasen, como consta en escritura otorgada en esta misma ciudad a 15 de septiembre de 1812 ante el escribano don Juan Francisco Cardeña. Que estando en la disposición doña Manuela Varela de redimir dicho capital, por lo pronto paga 200 pesos, y más adelante pagará los otros 250 pesos restantes. Conviniendo el señor cura vicario foráneo de esta ciudad presbítero don José Francisco Campomanes como rector de la obra pía, en que el comparente reciba ese capital, para imponerlo sobre la casa deslindada. Por lo antes mencionado, el comparente otorga que se da por entregado de los citados 450, bajo las circunstancias antes explicadas, e impone y sitúa sobre la repetida casa, para que se reconozca en favor de la imposición referida, con obligación de satisfacer los réditos respectivos a razón de 5 por ciento anuales, para lo cual hipoteca la casa deslindada que asegura hallarse libre, tal como la dejó la señora Fuentes para que reportase la imposición de que habla la citada cláusula tercera de su testamento, y para que deducidos los réditos que deben satisfacerse se destine el remanente de sus arrendamientos a una misa rezada cada mes y al culto del divinísimo Señor Sacramentado del convento de San Francisco, o al Beaterio y Hospital de Mujeres de esta ciudad, si llegase a faltar depósito en San Francisco.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0063 · Stuk · 1837/05/31
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Javier de Gorospe, de esta vecindad, dijo que su hermano don Joaquín, [Gorospe]vecino de Puebla, es poseedor del mayorazgo que fundó don Pedro de Gorospe Irala, el cual vínculo pertenece entre otros bienes la hacienda nombrada Tuzamapan, ubicado en este partido. El comparente a nombre de su hermano Joaquín, otorga vende al común del pueblo de Ixhuacán, los potreros unidos de Acaticpam y Nenetla, a la linde por el sur con el río nombrado de los Bobos, por el norte con la barranca llamada Xochiquetzalapa, que baja de poniente a oriente uniéndose con el arroyo de Comalapa el cual va a unirse con dicho río de los Bobos en el punto de oriente donde, en razón de irse estrechando la latitud del terreno forma un extremo, y por el poniente linde con tierras del referido pueblo de Ixhuacán. La venta de dichos potreros es en precio de 4 000 pesos, mitad en moneda de plata, y mitad en moneda de cobre, debiendo entregar los compradores 2 000 pesos la próxima semana en la hacienda Tuzamapan, y los otros 2 000 en el término de seis meses contados desde esta fecha, también en la referida hacienda, quedando hipotecadas las mismas tierras en tanto no se rediman los 2000 pesos, debiendo pagar Ixhuacán réditos a razón de 5 por ciento anual. Estando presentes los ciudadanos Juan de Dios Ortiz, Manuel Almanza, Fernando Ruiz, José Encarnación Morales, Ventura Morales, Mariano, Manuel Eugenio y Nicolás Ruiz, Mariano Argüello y Francisco Quiroz, Alcalde Ortiz, Síndico Almanza, vecinos todos del pueblo de Ixhuacán, aceptaron la compra de dichos potreros.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0011 · Stuk · 1838/01/27
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Santa María, dueño de la hacienda de San Sebastián Maxtatlán en esta jurisdicción, vecino de la misma, dijo que don Bernabé de Elías Vallejo ha redimido en esta fecha la cantidad de 1 643 pesos que recibió a censo redimible, pertenecientes a los menores hijos de los finados don José Antonio Medina y doña María Gertrudis Ochoa de Medina, por escritura que otorgó en esta ciudad el 5 de diciembre de 1834, la cual ha sido cancelada en esta misma fecha, por don Fulgencio Ochoa, tutor y curador ad bona de dichos menores. Cuya cantidad fue entregada al relacionante, más 7 pesos para completar la cantidad de 1 650 pesos, en calidad de depósito irregular por tiempo de 5 años y con la pensión de réditos de un veinte por ciento anual, que ha de exhibir en esta ciudad, con calidad de afianzar principal y réditos. Y reduciéndolo a efecto, otorga y confiesa que tiene en su poder dicha cantidad, la cual le fue entregada por el mencionado tutor, don Fulgencio Ochoa, y se obliga a entregarla al vencimiento de los cinco años y a pagar sus réditos correspondientes. Y para seguridad hipoteca su hacienda, nombrada San Sebastián Maxtatlán.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0015 · Stuk · 1838/02/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Mariano Domínguez y don Bernabé Elías de Vallejo, de esta vecindad, mayores de veinticinco años, dijeron que en terreno que llaman la casa de Campo y Baños de Domínguez, que dicho don José Mariano Domínguez ha fabricado en la casa y terrenos que compró a los herederos de don José Francisco Cabañas, han establecido en compañía una fábrica de tejidos de algodón, bajo las condiciones que han pactado y constan del documento que con esta fecha se adjunta a la presente escritura, junto con el avalúo correspondiente; y siendo preciso reducir dicho contrato a instrumento público, declaran ser cierto y verdadero tener establecida dicha compañía en los términos que expresa el referido documento, por lo cual, otorgan que confirman y ratifican dicho contrato de compañía.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0018 · Stuk · 1838/02/14
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Javier Arias, hacendado de este partido, residente en este suelo, otorga que debe y se obliga a pagar a don Pedro Paredes y Serna, vecino de la ciudad de México, la cantidad de 1 508 pesos 4 reales por resto de la cuenta de la mulada que le vendió, y 1 463 pesos que por el licenciado don Carlos Hernández Viamonte, de que se hizo pagador el mismo señor Arias, sumando ambas cantidades 2 971 pesos 4 reales, que pagará en abonos mensuales que no bajarán de 100 pesos en cada uno y también en cada mes el rédito de un tres por ciento. Y para mayor seguridad hipoteca su hacienda de Zimpizagua [Zimpizahua].

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0019 · Stuk · 1838/02/15
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio Luis Camacho y Reyes, de esta vecindad, otorga que vende a don Cosme Rebolledo, una casa que posee en la calle principal del pueblo de Coatepec, por donde hace frente al norte y del otro lado casa de don José Isidro Maldonado; por el sur linda con solar de Andrés González; por el oriente con casa y solar del comprador; y por el poniente con solar de la casa curatal; cuya casa la hubo y compró de la testamentaria del finado don Santiago Galván en esta ciudad el 20 de julio de 1836. La vende en precio de 700 pesos.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0033 · Stuk · 1838/04/25
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Nicolás Pastoressa, como síndico primero de este Ilustre Ayuntamiento y a nombre de éste, y don Bernardo Sayago, por sí, dijeron que habiéndole rematado a dicho don Bernardo los derechos de consumo, plaza del mercado, plaza de carnes y alimento de presos; otorgan que han convenido que los derechos de introducción y consumo los percibirá don Bernardo Sayago, quien pagará por ello a la municipalidad 633 pesos mensuales, cuyo contrato se podrá rescindir cuando por circunstancias extraordinarias exceda la guarnición de tropas en esta ciudad de dos mil hombres y su permanencia sea por más de dos meses; si llegase a declararse la ciudad en estado de sitio riguroso, durando éste dos meses; y en el caso que las necesidades públicas obliguen al ayuntamiento en disminuir o aumentar los precitados impuestos. Asimismo, el señor Sayago percibirá los productos de las plazas del mercado y carnes, pagando al ayuntamiento mensualmente 200 pesos por la primera y 230 por la segunda. El señor Sayago también queda obligado al mantenimiento de los presos, por lo que el Ayuntamiento le pagará a fin de cada mes 3 cuartillas de real por cada uno diario. La duración del contrato será desde primero de mayo próximo hasta el día último de diciembre del año entrante de 1839.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0076 · Stuk · 1838/09/01
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Anastasio Arizmendi, de esta vecindad, apoderado de don José María y don José Manuel Bello García, hijos y herederos de la finada doña María Antonia García Cano, vecina que fue del pueblo de Teziutlán, dijo que a consecuencia de denuncia que se hizo al administrador de la aduana de esta ciudad, demandando como fiscal de la Hacienda Pública la cantidad de 198 pesos por las ventas clandestinas que en 5 de octubre de 1826 hizo don Juan Bautista de Garaicoechea a don Pedro Gómez, de la casa situada en el barrio de los Berros, y de Inés Gómez a doña María Antonia García Cano el 2 de abril de 1832, por lo que se formó expediente en el Juzgado de Hacienda. Y siendo preciso satisfacer los expresados derechos, ha determinado vender la finca ya deteriorada para que no acabe enteramente de arruinarse. Por lo cual, otorga que vende en nombre de los expresados señores Bello, a favor de don Manuel Ruiz, de esta vecindad, una casa deteriorada de cal y canto, cubierta de madera y teja con el solar de su fondo, la cual, hace frente al norte, por donde tiene 16 varas, lindando con una plazoleta con que termina la calle que baja de la de San Miguel para el paseo de los Berros y atraviesa la que hace el puente del Obispo para el barrio de Cantarranas; por el fondo, al sur, tiene 33 varas y linda con tierras de la cofradía de la Purísima de esta parroquia; y por oriente con la callejuela que va para los Berros y del otro lado con casa de María Antonia Cigala; y por el poniente con casa que fabricó con José María Torres y hoy es de la testamentaria de don Juan Bautista de Garaicoechea. La vende en precio de 300 pesos.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0087 · Stuk · 1838/09/18
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel Hernández Sánchez y Díaz, de esta vecindad, dijo que por fallecimiento de su señora madre doña Rafaela Díaz, se le adjudicó la única casa que dejó dicha difunta, por cantidad de 305 pesos un real por la incómoda división y para satisfacer sus legítimas hereditarias a las demás partes interesadas. Cuya casa otorga que vende al presbítero don Pedro Santa María Jerón, la cual se compone de tres piezas, una de cal y canto y las dos restantes mestizas con pilares de cal y canto, cubiertas de madera y teja, con el frente hacia el sur por donde tiene 20 varas, lindando con el camino Nacional que sale para la Heroica ciudad de Veracruz y del otro lado casa de Vicente Barradas; por su fondo, al norte, que se compone de 60 varas, linda con solar de José María Hernández; por el costado del oriente linda con un callejón que va para la Laguna y del otro lado casa de José Cleto y de Josefa Hernández; y por el oriente con casa de don Cayetano González. La vende en precio de 335 pesos.

              Zonder titel
              Zonder titel
              MX UV.USBIX ANX-P-0096-PX_0096_0026 · Stuk · 1838/10/31
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco José Villa, de esta vecindad y comercio, dijo que hace días tenía franqueados a don Lucas Lagunes, también de esta vecindad, la cantidad de 150 pesos, cuya suma debió haberle satisfecho, pero no habiéndole sido posible, le otorgó escritura de obligación con hipoteca el 14 de mayo de 1834, garantizando el principal y premios de un 5 por ciento anual con unas accesorias pertenecientes a las señoras doña Josefa y doña Micaela González, quienes por hacerle bien, le franquearon la citada hipoteca en tres accesorias contiguas con su correspondiente patiecito, ubicadas en esta ciudad, en el callejón que llaman de las Bochas, con el cual hacen frente al norte, lindando por los costados de oriente y poniente con fincas pertenecientes a la Santa Escuela, y por el fondo con casa a doña María Francisca Peredo. Asimismo, dijo que, por la penuria de los tiempos, el citado don Lucas Lagunes apenas ha podido satisfacerle los premios de los enunciados 150 pesos y necesitando el otorgante de ellos para su giro, se los ha suplido en confianza don Juan Mora, también de esta vecindad, con quién ha convenido en endosarle y facultarle esta deuda de 150 pesos con los premios que devengue desde este día y en lo sucesivo hasta que el deudor haga efectivo el pago al principal referido. Y reduciéndolo a efecto, por la presente otorga que cede, renuncia y transfiere en el nominado don Juan Mora todas las acciones reales que tenía contra los bienes de Lagunes y accesorias hipotecadas.

              Zonder titel