El Excelentísimo Señor Vicegobernador de este Estado, don Juan Francisco de Bárcena y don Hermenegildo Vernet, de esta vecindad, el primero dijo que el Capitán de Caballería don Antonio Bonilla, residente hoy en México, dio a principios de año una libranza en favor de él contra don Antonio López, vecino de Toluca, por cantidad de 500 pesos; asimismo, don Hermenegildo Vernet dijo que a principios de junio último el mismo Bonilla dio también a su favor y contra el nominado López, una letra de 200 pesos, aceptando López ambas libranzas, pero sin satisfacer el valor de ellas, por cuya razón se las devolvieron a Bonilla, quien dice haberlas roto. Y hoy día dicho Bonilla trata de recaudar de López esas sumas y éste se halla dispuesto a pagar con tal que mediante instrumento público declaren Bárcena y Vernet que tiene devueltas las referidas letras y no reclamarán a López el pago de ellas, por lo tanto, hacen esta declaración.
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Don Matías Santa María, vecino del Chico, dijo que el señor don Francisco Fernández y Agudo, como arrendador principal de la finca denominada del Mayorazgo de la Higuera, perteneciente al señor don José María Cervantes, le subarrendó al compareciente el paraje nombrado el Chico, con su caserío y terrenos comprendido en dicho mayorazgo. Y siéndole preciso al relacionante separarse de este suelo por sus enfermedades, otorga que cede, renuncia y traspasa el subarrendamiento del paraje nombrado el Chico a don Juan de Quero, a quien subroga en su lugar para que continúe por el tiempo y condiciones que se expresan en la escritura de arrendamiento otorgada en la ciudad de Xalapa el 6 de marzo de 1832, presentando por su fiador al Excelentísimo Señor don Juan Francisco de Bárcena, actual Vicegobernador de este Estado.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl Excelentísimo señor don Juan Francisco de Bárcena, actual Vicegobernador de este Estado, dijo que en abril de 1831 recibió en Puebla de don Esteban Guenot, 2 797 pesos 4 reales y 6 granos, los 2 000 de ellos pertenecientes al convento de Santa Catarina de dicha ciudad, 490 pesos 6 reales 6 granos de la capellanía fundada por don Domingo Franco, y los 306 pesos 4 reales restantes de la capellanía que fundó doña Juana Pineda; cuya total suma le fue entregada a virtud de recomendación del comparente para con el señor don Joaquín de Haro y Tamariz, quedando éste obligado inmediatamente por sí para con los intereses de esos dineros. Y a fin de caucionarle al señor de Haro y Tamariz, por si acaso en algún tiempo llegase a lastar alguna cosa o el todo, así del capital como de los réditos, porque Guenot no cumpla, ha resuelto el señor relacionante y convenido afianzar con hipoteca de una casa. Y reduciéndolo a efecto, por la presente otorga que se obliga a que siempre que el señor Haro llegue a lastar alguna parte o el todo del expresado capital y sus réditos, le indemnizara el señor otorgante, satisfaciéndole por si lo que fuere, pues al efecto se constituye principal pagador, haciendo como hace de causa y negocio ajeno suyo propio, sin que contra Guenot o sus bienes preceda o se haga diligencia alguna. Y para mayor seguridad hipoteca una casa de edificio bajo, que posee en esta ciudad en la calle de Alba, haciendo esquina con el callejón que llaman de las Bochas.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANOEl Excelentísimo Señor don Juan Francisco de Bárcena, actual Vicegobernador de este Estado, y don Lorenzo Fernández, ambos de este comercio, dijeron que don José Prado, vecino del Puente Nacional, les ha entregado 2 000 pesos para que los tengan en calidad de depósito irregular por el tiempo de dos meses a partir de esta fecha en adelante, por lo cual, se obligan a pagar la referida cantidad en el preciso plazo de dos meses.
JUAN NEPOMUCENO DE ARRIAGA, ESCRIBANODon Javier Arias, hacendado en este cantón, dijo que el Excelentísimo Señor don Juan Francisco de Bárcena, actual Vicegobernador del Estado, es albacea testamentario de la finada doña Gabriela de Bárcena y Zugadi, según consta en el testamento bajo el cual falleció, con fecha de 6 de marzo de 1818, habiendo quedado como herederos dos hijos de la susodicha, uno nombrado José, residente fuera de la República, y doña María de los Remedios, con la cual está casado el compareciente. Asimismo, dijo que entre los bienes de la difunta quedó una casa de edificio alto y bajo, ubicada en esta ciudad, en la calle principal que de la plaza Pública conduce al barrio de Señor San José. Y para no entorpecer las funciones de dicho albacea, declara que como marido de doña María de los Remedios Bárcena y Bárcena, deja en absoluta libertad al señor don Juan Francisco de Bárcena, para que como albacea de la finada doña Gabriela, disponga de los bienes de ésta según estime conveniente, y si se considera necesario el consentimiento del compareciente, le da todos su poder para que por sí solo y libremente proceda a la venta, arrendamiento o hipoteca de los bienes que dejó la difunta, y para la conclusión de la testamentaria judicial o extrajudicialmente, disponiendo de los referidos bienes a su voluntad.
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