Beatriz López, vecina de Jalapa, otorga que empeña a don Mauricio Gil y Araujo, vecino de la Ciudad de la Nueva Veracruz, un esclavo llamado Joaquín, por la cantidad de 300 pesos, con la condición de que don Mauricio puede empeñar al esclavo por la misma cantidad a otras personas, obligándose Beatriz López a pagar a la persona que tuviera el esclavo o si se daba el caso de su fallecimiento.
VERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA
77 Archivistische beschrijving results for VERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA
Otro codicilio del Capitán Alonso Sánchez, vecino de la nueva Veracruz, estante en este pueblo y enfermo en cama, por el cual revocó una cláusula del codicilio del 3 de junio del presente año, y dispuso que su cuerpo sea enterrado en la iglesia del Convento de San Francisco, por ser hermano de la cofradía de la Tercera Orden del Señor San Francisco y el novenario de misas se digan en el dicho convento; de los 100 pesos de limosna que ordenó se diesen al hospital, mandó que sólo se le den 50 pesos porque su entierro se verificará en el monasterio de San Francisco. Liberó de su cautiverio a cuatro esclavos, e hizo un inventario de los bienes que trajo de la ciudad de Veracruz.
Juan Moreno, esclavo, quien dirige hacia la Nueva Veracruz la cuadrilla de su amo, Pedro Quintero, manifestó llevar los indios e indias siguientes: Miguel, Capitán, y Francisca María, su mujer; Juan Francisco y Mariana, su mujer; Diego, ladino, y Catalina, su mujer; Jusepe [José] y María, su mujer; Diego herrero, soltero; Agustín y Juana, su mujer; Pedro, soltero; Pascual, muchacho; Juan Miguel y Luisa, su mujer; Juan Francisco, soltero; Diego y Salomé, su mujer; Pedro, soltero.
Hernando Veedor, vecino de Jalapa, escribano mayor de minas y registros en Veracruz, vende a Francisco Bazo de Andrada, Alcalde Mayor de Jalapa, una esclava morisca llamada Luisa, del reino de Granada, en 600 pesos.
Pedro Jiménez de Aguayo, vecino de esta provincia, se obligó a pagar a Juan de Sosa del Castillo, vecino de la nueva Veracruz, 284 pesos de oro común que restan del precio de un esclavo llamado Bernardo, de tierra Bran, y una mula, en esta manera: la mitad, para el día de Navidad primera venidera del presente año, y la otra mitad para la Pascua florida de 1608.
Don Juan de Thormes, vecino y mercader de Jalapa, y Antonio Cardeña, en nombre y con poder de Diego de Aguirre, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, se convinieron y concertaron en hacer el trueque y cambio de esclavos en esta forma: Antonio Cardeña, vecino de Jalapa, dio a Don Juan de Thormes un negro nombrado José, de casta Arara, de 26 años de edad, esclavo del referido Diego de Aguirre; y Don Juan de Thormes, le dio una negra nombrada María, de casta Arara, de 32 años de edad: Dichos esclavos están libres de censo, empeño y otra enajenación, sin asegurarlos de ningún vicio, defecto o enfermedad, y fueron valuados en 200 pesos de oro común cada uno.
Juan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de negros esclavos que tiene en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 del presente por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista con Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende a Antonio de Brito Lomelín, vecino de esta villa de Córdoba, una pieza varón de dicho armazón por esclavo cautivo, sujeto a servidumbre, habido de buena guerra y recién venido de su tierra, por precio de 410 pesos de oro común que le ha de pagar el susodicho o su fiador el Capitán Joseph [José] Blanco.
Zonder titelJuan Francisco de Aguilar y Saldaña, residente en la Nueva ciudad de la Veracruz, en nombre y con poder del Capitán Juan María Lago Marzin, Factor de la armazón de negros esclavos que tiene en dicha ciudad de la Nueva Veracruz, su fecha en dicha ciudad a 19 de enero de este año por ante Andrés de Saavedra Cansines [Cancines], Escribano de Su Majestad, asimismo, en virtud del poder que le sustituyó de don Domingo Grillo, por sí y como tutor y curador de don Domingo, don Juan Bautista y doña María Isabela Lomelín, hijos y herederos de Ambrosio Lomelín, Asentista con Su Majestad para la provisión de negros en estas partes de las Indias, su fecha en la villa de Madrid a 28 de octubre de 1670 ante Pedro de Viana Morales, Escribano de Su Majestad. En virtud de dichos poderes vende a María de Leiva, vecina de esta villa de Córdoba, una pieza hembra de dicho armazón por esclava cautiva, sujeta a servidumbre, habida de buena guerra, bozal y recién venida de su tierra, por precio de 430 pesos de oro común, cuya cantidad ha de pagar su hermano Joseph [José] de Leiva, vecino y regidor de esta villa, persona que se constituye deudor de dicha cantidad.
Zonder titelEl Capitán Tomás López de Sagade, vecino de esta villa de Córdoba, Alcalde Ordinario en ella y su jurisdicción, dijo está de viaje en la Nueva ciudad de la Veracruz con su Compañía de Infantería Española de esta villa, y por lo que Dios fuere servido disponer, otorga su testamento en la forma siguiente: Manda sea sepultado en la parroquia de esta villa, y que el día de su entierro todos los sacerdotes que fueren posible hasta en número de 20 digan una misa cada uno. Manda se den limosnas a las cofradías del Santísimo Sacramento de la iglesia parroquial de esta villa, a la de la Purísima Concepción de Nuestra Señora de Jesús [roto], Nuestra Señora de la Soledad y Ánimas del Purgatorio. Declara ser casado con doña María de Brito [Lomelín], hija de Salvador de Brito [Lomelín] y de doña [María] Andrea Rodríguez [de Ortigosa], y tiene por hijo natural al Licenciado Alonso López de Sagade [de Bugueiro]. Declara ser natural de la villa de Mellide [Melide] e hijo de don Alonso López de Sagade [de Bugueiro] y de María Varela de la Iglesia, asimismo, dijo no tiene recibidos de sus padres cosa alguna a cuenta de su legitima, sólo 50 doblones de a 4 pesos cada uno que le dio su madre para su pasaje a este reino y 200 reales de vellón que le dio su padre y un macho ensillado que vendió en Cádiz a 800 reales de vellón. Manda que de sus bienes se den diferentes cantidades de dinero a Jacinto de Chávez, a Diego Núñez, y a Micaela González, niña, [roto]. Declara que del precio de las tierras de su trapiche de hacer azúcar y de la licencia para su fundación todavía debe 250 pesos, de lo que dio fianza para pagarlos a Su Majestad o a los propios de esta villa, los cuales tiene en depósito con el Capitán Francisco de las Casas de quien tiene recibo para que se paguen a quien tocare el derecho a dichas tierras. Declara tener en poder del Capitán Ignacio de Acosta Tenorio 918 pesos y 4 reales de oro común de los cuales tiene librados 400 pesos al Doctor Francisco Santín Villamane, Beneficiado interino del pueblo San Juan Coscomatepec, para que habiendo menester se le dieren en préstamo y en caso de que dicho beneficiado los haya recibido ordena se cobren [roto]. De lo contenido en la cláusula antecedente tiene remitidas en este último [roto] a dicho Capitán Ignacio de Acosta 198 arrobas y 14 libras de azúcar blanca [roto]; señala tiene remitidas a su encomendero don Joseph [José] de Padilla, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, 283 arrobas de azúcar blanca; también a don Juan Antonio Romero, 3 cargas de tabaco fino; tiene entregadas cargas a Domingo de Brito [Lomelín] y a Catalina Ruiz de Santiago. Declara por bienes las casas de su vivienda con medio solar en que está fundada y una tienda de mercaduría y pulpería a cargo de Diego Núñez, que la administra a salario, cuyo monto de géneros que en ella están entre deudas y prendas monta 3 550 pesos 2 tomines; la mitad de una casa de piedra y solar en que fue fundada; y un trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, que se compone de las tierras que le pertenecen con casas de calderas y molienda de cal y canto cubierta de teja y una cocina, otros jacales, 12 suertes de caña, molienda corriente, calderas de cobre [roto], otros bienes y treinta y tres piezas de esclavos. Manda que si su hijo don Joseph [José] López de Sagade [Bugueiro] quisiera ordenarse de epístola siendo clérigo, manda a su mujer doña María de Brito [Lomelín] junto con su albacea testamentario que instituya y funde una capellanía. Nombra albacea a la dicha su mujer y por su fallecimiento a su hermano el Bachiller Bartolomé de Brito [Lomelín], Clérigo Presbítero, y como universales herederos a sus hijos.
Zonder titelDon Lucas de Acosta, residente en esta villa, Administrador General en este reino de la Nueva España, del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos, debajo de la escritura que pasó en la villa de Madrid el 12 de julio de 1696, y en virtud del nombramiento que le hicieron los diputados de la junta de dicha Real Compañía en la ciudad de Lisboa el 22 de mayo de 1699 y refrendado de Francisco Méndez de Barros que en testimonio está protocolizado en el oficio de José de Orduña, Escribano Público de la ciudad de la Nueva Veracruz, y usando la facultad para otorgar ventas de esclavos, cobrar sus procedidos y para distintos negocios tocantes a dicho asiento y armazón de esclavos, otorga que ha recibido del Capitán don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa, 5 500 pesos de oro común que son los mismos que el susodicho se obligó a pagar por el valor de quince esclavos el 31 de agosto de 1701. Y habiendo pasado el tiempo para realizar la paga no lo hizo completo, por cuya razón dicho don Alonso López de Sagade Bugueiro pidió espera al Alférez Antonio González Candelas, persona que había venido a esta villa con poder y comisión a la cobranza y recaudación de las cantidades de pesos, y concediéndola hizo nueva merced y obligación a pagar lo que le restaba debiendo; por lo que recibida la cantidad dio por nula y cancelada la dicha escritura.
Zonder titel