El Capitán Lope de Yribas [Iribas], vecino de esta villa, y residente en el trapiche que posee en esta jurisdicción, como albacea del Capitán Nicolás Blanco, difunto, dijo que por cuanto el referido Nicolás Blanco vendió al Capitán Francisco de Hebia [Hevia], vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, una casa y que se le adjudicó por bienes de Gonzalo de Ugarte, en cantidad de 3 337 pesos, que el susodicho le debía a dicho Nicolás. Y atento a que la venta que así le hizo a dicho Capitán Francisco de Hebia [Hevia] salió incierta, por ser dicha casa de un menor a quien se le adjudicó, desposeyendo al referido y de resto de ella quedó debiendo el dicho capitán a dicho difunto 2 742 pesos. Y por tal razón, el otorgante señala que canceló dicha escritura, y respecto a restársele debiendo por lo [roto] dicho difunto 1 690 pesos de oro común, [roto] albacea de dicho Capitán Nicolás, se obliga de dar y pagar al dicho Capitán [Francisco de Hevia] o a quien en su poder hubiere [roto] los 300 de ellos, para el día 25 de diciembre del presente año, y los 390 pesos para el despacho de la primera flota que viniere a las Indias, luego que se haga a la vela la vuelta de ella del puerto de Veracruz a España; y los 1 000 pesos en un año, que ha de correr y contarse desde el día de las partida de la flota en adelante. A cuyo cumplimiento obliga los bienes del dicho difunto, su persona y los bienes habidos y por haber.
Sem títuloVERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA
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El Capitán Antonio [Borria], [vecino de la] Nueva Veracruz y residente en esta villa de Córdoba, dijo que el seis de septiembre pasado dio poder a don Felipe Bermúdez de Castro, vecino de esta villa, para la cobranza de 68 pesos y 5 reales, que le es deudor Francisco de rrobles [Robles], vecino de esta villa, y respecto a no haber hecho diligencia dicho Felipe Bermúdez, revoca dicho poder en Pedro de Guemes [Guemez], vecino de esta villa, para que haya, reciba y cobre de dicho Robles, la cantidad señalada.
Sem títuloEl Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, Teniente General en lo político y [militar] de esta villa, San Antonio Huatusco y San Juan Coscomatepec, como principal; y los Regidores Joseph de Leyba [José de Leiva] y Miguel de Leyba, el Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparragosa, padre e hijos, Manuel Gómez Dávila, Pedro Trillo de Figueroa, Antonio [Martínez], Alonso Gómez Dávila, don Nicolás de Olivera, Diego de [la] Palma, Benito rrendón [Rendón], Diego de rroxas [Rojas], y Antonio Muñoz de Anaya, todos vecinos de esta villa de Córdoba, como sus fiadores y principales pagadores; mancomunados dijeron que se están siguiendo autos de [capítulos] por parte de la vecindad de esta villa contra el Capitán don Antonio Orejón de la Lama, Alcalde Mayor de esta villa, ante los señores presidente y oidores de esta Nueva [España] [roto]. Dijeron que durante los dos años que sea Teniente General de este partido el Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, se obligará a enterar a los oficiales reales de la ciudad de la Nueva Veracruz, la ciudad de la Puebla de los Ángeles y la de México, de todo lo que conste estar a su cargo de los ramos de reales tributos, alcabalas y [medio real] por ser de su costa y de su cuenta y riesgo. [roto] Asimismo, entregará al susodicho los tributos [de indios laborios], mulatos y negros libres por tasación, según [costumbres]; de manera que todo ha de quedar enterado y pagado a dichos reales oficiales, alcalde mayor y personas a cuyo cargo fuera su cobranza en los referidos años. Finalmente, se obligan a que el Alférez Antonio de Ábrego y Esquibel [Esquivel] cumplirá lo que está obligado [roto] o pagarán por lo que sea alcanzado.
Sem títuloEl Capitán Miguel de Leyba, vecino de [roto], en voz y en nombre de doña Josepha [Josefa García de Miranda], viuda, mujer que fue del Capitán Joseph [José] de Olibera [Olivera], y dueña de la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada de San Francisco de las Mesillas, en términos de esta jurisdicción. Dijo que doña Josefa ha tenido diferentes cuentas y dependencias con don Francisco Cruzado, Provincial de la Santa Hermandad de la Nueva ciudad de la Veracruz y Regidor perpetuo de ella por Su Majestad, a razón de [remisiones] de azúcar que le hizo a dicha ciudad, donde las vendió y le suplió, y asimismo, gastó por doña Josefa, invirtiendo diferentes cantidades de dinero en la compra de esclavos, aperos, fábricas de casas y otros gastos necesarios para la perpetuidad y adelantamiento de dicho trapiche. Cuyas cuentas se liquidaron y ajustaron por el dicho Capitán Francisco Cruzado con Juan García de Miranda, vecino de esta villa, a quien las cometió doña Josefa en virtud de poder, y en las que fue alcanzada doña Josefa en 5 317 pesos y 4 reales. Y por cuanto el Capitán Francisco Cruzado le ha pedido escritura de obligación por dicha cantidad, otorga por la presente que se obliga de dar y pagar al susodicho los 5 317 pesos y 4 reales, en la forma siguiente: 1 000 pesos para fin de mes de junio próximo venidero del presente año; otros 1 000 pesos para el día 30 de abril de 1697; y los 3 317 pesos y 4 reales, en los tres años siguientes, dando 1 000 pesos anuales de los dos primeros, y los 1 317 y 4 reales en el último de los referidos, de modo tal, que para el 30 de abril de 1700 debe estar pagada toda la citada cantidad. Estando presente [Nicolás] de Olivera, hijo de legítimo y uno de los herederos de doña Josepha [Josefa] García de miranda, dijo que aceptaba esta escritura.
Sem títuloEl Capitán Pedro López del Castrillo, [roto] otorga poder a Diego Duarte Correa, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre venda una esclava mulata nombrada Josepha [Josefa] [roto] de veinticuatro años de edad más o menos, que hubo y compró a Juan [Vargas] Carbajal [Carvajal], vecino de la ciudad de los Ángeles, obligado del abasto de carnero en dicha ciudad, por escritura hecha en [la ciudad] de los Ángeles a 23 de enero de [16]94.
Sem títuloDoña María de León, vecina de esta villa de Córdoba, viuda, albacea y tenedora de bienes del Capitán [Francisco de Brito Lomelín], tutora y curadora de las personas y bienes de sus hijos, otorga poder a Juan [Lanceta], vecino de esta villa y estante al presente en la ciudad de la Nueva Veracruz, para que la represente y defienda en todos sus pleitos, causas y negocios, civiles y criminales. Y para que cobre todo lo que le deban y para que pueda recaudar cualesquier negro huido de los bienes de su marido. Asimismo, para que cobre a Juan de Mesa [Meza], sirviente que fue de su marido, 61 pesos y 2 [roto] resto de 76 pesos y 2 tomines, descontando de ellos [15] pesos de tres meses de servicio a razón de 5 pesos cada uno.
Sem títuloDon Baltazar González de Velilla Blanco, Regidor y Depositario General de esta villa de Córdoba, se obliga a pagar al Capitán don Francisco Fernández [Morales], vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, la cantidad de 779 pesos que por hacerle amistad y buena obra le suplió en reales de contado, de los cuales pagará [200] pesos para fines de enero de 1697 y los 579 restantes para fines de diciembre de 1698.
Sem títuloFelipe de Santiago, vecino de la villa de San Francisco de la provincia de Campeche y residente en esta villa de Córdoba, vende al Capitán don Francisco de Messa [Meza], vecino de esta villa de Córdoba y dueño de trapiche en su jurisdicción, un negrillo nombrado Pedro, criollo de la ciudad de la Habana, de entre doce a trece años de edad, que hubo y compró a Isabel de Campos, vecina de dicha provincia, por escritura hecha en 1695 ante don Agustín de Vergara, Escribano Real y Público de dicha villa de San Francisco, en precio de [roto]. El otorgante dijo que el título de dicho esclavo lo tiene en la villa San Francisco, por lo cual otorga como fiador a Benito Loreto, mercader viandante y vecino de la ciudad de la Veracruz, para que sea cierto y seguro que entregará dicho título dentro de cuatro meses.
Sem títuloEl Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad, otorga poder al Capitán don Manuel de Soto Guerrero, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre y representación demande, reciba y cobre de los bienes, albaceas y herederos del Capitán don José de Villar, difunto, las cantidades que le debe y constan en cláusula de su testamento, asimismo, a todas las personas que le deban cualquier cantidad de pesos, oro, joyas, esclavos, mercaderías que consten en su libro de caja.
Sem títuloJuan Fernández, vecino del pueblo de Quichula [Quechula] y residente en esta villa, otorga poder especial a Juan [Eugenio], vecino de la Nueva Ciudad de la Veracruz, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente de Luis González, vecino de dicha ciudad…