VERACRUZ, CIUDAD DE LA NUEVA

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0053 · Item · 1827/03/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Micaela Barguiarena, natural de la ciudad de los Ángeles, residente en esta villa, hija legítima de don Santiago Barguiarena, y de doña Josefa Bravo, difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que fue casada con don Pedro Martín del Puerto Vicario, vecino del comercio de la Nueva Veracruz, de cuyo matrimonio no le quedó sucesión, y de quien es albacea y heredera de una parte de sus bienes. Declara que los bienes que heredó no los ha podido cobrar, por lo que pidió que una vez que sean cobrables, éstos se distribuyan por iguales partes entre don Amado, don Manuel, doña Fortunata y doña Mariana Vicario, sus hijos adoptivos; doña Marta de Haro, su sobrina, don Francisco Ampuero y María Concepción Bravo, su antigua criada. Nombra por su albacea a don Juan de Guisasola, vecino de Veracruz.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0059 · Item · 1827/04/03
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Cano y Valle, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, y don Francisco Aguilar, vecino de ella, otorgan que establecen una compañía de intereses en la tienda esquina de la casa de don Juan Antonio de Bárcena, calle de la Amargura de esta villa, bajo las codiciones siguientes: Que la negociación es propia del citado Cano y Valle, sin que en ella haya introducido ningún principal Aguilar, quien por su industria y trabajo personal gozará la tercera parte de las utilidades que resulten sobrantes de ella, después de deducido el capital que haya introducido el primero y los gastos que en sí demande la negociación. Que el término de esta compañía es de dos años que empezaron a contarse desde el día 20 de enero pasado. Que, si alguno de los dos socios quisiere separarse antes de concluirse el término estipulado, no lo podrá verificar sin que antes preceda la conformidad del otro, pudiendo dicho Cano tomar la resolución que tenga por oportuna, siempre y cuando que Aguilar corresponda a la confianza a que se ha hecho acreedor. Si al vencimiento del tiempo estipulado al liquidar la compañía se ofrecieren entre ambos socios algunas dudas, o diferencias que buenamente no se puedan ajustar ni liquidar, desde ahora se someten al juicio de dos o más personas prácticas e inteligentes en materias de comercio que hagan de jueces arbitrios y estará y pasarán por el laudo o sentencia que pronunciaren sin replica ni contradicción. Que será del cargo de Aguilar llevar en la negociación de su cargo los libros y cuadernos precisos de compra, venta y fiados, entre otros términos que se mencionan en el acta, bajo cuyas condiciones se han ajustado los comparentes.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0064 · Item · 1827/04/24
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Martín Sánchez y Serrano, de esta vecindad, otorga poder especial al licenciado don José María Serrano, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, para que en su nombre formalice definitivamente el contrato de compra de una casa de los herederos de doña María Josefa de Atenas, mujer que fue de don Sebastián Fernández de Bobadilla, y firme la escritura, otorgando su aceptación y reciba enseguida la finca, practicando los autos, agencias y diligencias judiciales y extrajudiciales.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0085 · Item · 1827/05/29
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              El licenciado don Ramón Ruiz, abogado de los Tribunales de la Federación, vecino de esta villa, dijo que como albacea de la difunta doña Gertrudis Noriega de Zárate y Sandria, que fue oriunda y vecina de este suelo, otorga que vende a don Andrés Ramos, vecino de la Heroica Veracruz, residente en esta villa, tres casas contiguas, bajas de edificio, de paredes, cubiertas de madera, ladrillo y teja, con dos viviendas altas que tiene la última, situadas en la calle de la Raqueta, a la que hacen su frente hacia el oriente, y del otro lado casas de doña Ana Petra Borja de Espinosa, de don Domingo Franceschi, de doña Juana Rita y de doña Mariana Cardeña, difuntos todos, menos la última; por su fondo al poniente linda con el de casas de don Jacinto Antonio de Mora y del presente escribano; por el costado del sur con el de casa de don Miguel de Garagorri, que antes fue de don Nicolás Fernández del Campo; y por el del norte que hace esquina la última y frente las piezas altas y otras accesorias bajas al callejón de Gorospe, y del otro lado casa que fue de don Rafael José de Facio y de María de la Concepción Rodríguez, morena libre. Cuyas tres deslindadas fincas unidas, son las mismas que en estado casi ruinoso heredó la Noriega de su madre adoptiva doña Petrona Nolasco de Zárate y Sandria, y de sus hermanos don Dionisio Noriega y otro que falleció sin sucesión. Al presente las vende al citado Andrés Ramos, con una hipoteca de 900 pesos que se adeudan a los herederos de don Manuel Gil de la Torre y Cosío, cuyos representantes están fuera del territorio de la república; por el precio de 8 500 pesos, los 900 de ellos que entregará luego que se presente parte legítima por la testamentaría de Gil de la Torre; y los 7 600 pesos que el comprador le ha dado y pagado.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0087 · Item · 1827/05/31
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Agustín Rodríguez, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente esta villa, otorga poder general a don Felipe Naveda, vecino del pueblo de Jalacingo, para que demande, perciba y cobre judicial y extrajudicialmente de todas las personas y de quien más halla lugar y deban satisfacer, las cantidades de dinero, oro, plata, joyas y mercaderías u otros de cualquier especie que le estuvieren debiendo hasta el día de hoy y en adelante debieren. Y haga para dichas cobranzas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0091 · Item · 1827/06708
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Jorge de la Serna, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, con residencia en esta villa, otorga poder general a don Juan de Palacios Trueba, vecino de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre demande, perciba y cobre, judicial o extrajudicialmente, de todas y cualquier persona y de quien más haya lugar, las cantidades de dinero, oro, plata y géneros que le estuvieron debiendo hasta hoy o en adelante debieren; y de todo lo que recibiere otorgue recibo en forma. Asimismo, para que lo defienda en todos sus pleitos, causas, negocios civiles o criminales contra cualquier persona; que al presente tenga y en adelante tuviere.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0098 · Item · 1827/06/21
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Fernández y Alcedo, vecino de la heroica Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don José Jiménez, vecino de la misma Veracruz, para que administre, cuide y arriende, una casita que tiene en la calle de la Pastora de dicha ciudad, reedificando y componiendo por sí o por cuenta del mejor inquilino que la ocupe, todos los reparos que necesite según su actual estado; y si con los inquilinos u otras personas se ofrecieren algunas contestaciones o contiendas judiciales, haga todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias que convengan cuanto a su derecho importe.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0121 · Item · 1827/10/09
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Martínez Flores, vecino de la Heroica Veracruz, residente en esta villa, otorga poder especial a don Félix de Espinosa, vecino de la villa de Orizaba, para comparecer en el Juzgado de Primera Instancia de la citada villa de Orizaba, al cargo del Alcalde Constitucional de cuarta nominación, a continuar y concluir por todos sus trámites, la demanda que en él tiene entablada por cantidad de pesos contra don José María Escalante y don Manuel Márquez, de la misma vecindad. Y precedido que sea el juicio, haga todas las diligencias judiciales y extrajudiciales que convengan y sean necesarias con arreglo a las instrucciones que le ministre, hasta terminar el artículo y perciba el alcance que a su favor resulte.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0022 · Item · 1828/03/24
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bernardo del Barrio, vecino de Tlaliscoyan [Tlalixcoyan], residente en esta villa, dijo que como apoderado sustituto del capitán don Antonio López de Santa Ana, que lo es del principal don Manuel Landeros; otorga por la presente en arrendamiento al presbítero don Andrés Rodríguez, de esta vecindad, la recolección de diezmos de las cordilleras de Veracruz, cuyos linderos son los siguientes: desde la punta chica del plan, río abajo buscando a la junta del de Actopan, de ésta río abajo buscando la apunta del de Actopan, de esta río abajo a la barra de Chachalacas, de allí a la orilla de la playa hasta la boca del río de la Antigua, que nombran Rincón del Aviso, de éste lindero río arriba a la boca del río Chico de la Antigua, y de allí río arriba al paso de San Juan y de éste por el higueral dirigiéndose al temazcal de éste lado, de dicho lindero al paso de la aguardentería, río arriba buscando al paso del potrero de rincón de Órgano, de allí a la cabeza de arriba Cruztetepo lindando con Chabacla, y de éste a la cumbre de la Boca del Monte del lado de arriba de la hacienda de don Francisco de Arrillaga y rancho de Coeto, de ésta lindero al lado de abajo de Tlacuamita, y de allí al volador de la junta de dicho lindero río abajo por el de Jalcomulco hasta donde entra el río de Tenezapa, cogiendo río arriba hasta Tlaquizmilolapa, de allí a la altura donde parte la raya de paso de Bartolo tomando a Tocochapa, de ésta a paso de Tiguerillo de allí a Misapa y por último a puente chico del Plan. Dicho arrendamiento se da con las condiciones siguientes: éste empieza a correr y contarse desde el día primero de abril del próximo año de 1829 y concluirá en igual día y mes de 1831. Durante el tiempo que perdure este arrendamiento, anualmente se entregará en reales de contado la cantidad de 1 460 pesos, que es la merced anual, y en caso de que haga "trastorno político" que impida la recolección de los diezmos, se anulará esta escritura y se le pasará a su arrendatario por la cuenta que manifiesta. Para poder exhibir la merced anual, deberá dar un fiador que caucione su pago, por lo que, en cumplimiento a esta última, nombró por su fiador a don Manuel de Cano y Valle, quien aceptó y se comprometió a cumplir puntualmente.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0085-PX_0085_0047 · Item · 1828/04/30
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan Bautista Priani, vecino y del comercio de esta villa, otorga poder especial a los señores Laos y Compañía del comercio de Veracruz, para que en nombre y en representación de su persona, derechos y acciones, procedan a la extinción de una escritura de arrendamiento de una casa de comercio de su propiedad, situada en la esquina de la plaza de dicha capital, a favor de don Juan Saulnier, de la misma vecindad, por el precio o merced, tiempo, pactos y demás convenciones que le tiene comunicado por carta misiva.

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