El Capitán Nicolás Ferrera Figueroa, vecino del pueblo de Orizaba, Escribano Público y de Registros en él y su partido y en el de San Antonio Guatuzco [Huatusco], como albacea testamentaria del Bachiller Juan Martínez de Tobar [Tovar], Presbítero, difunto, vecino que fue del pueblo de Orizaba, funda una capellanía de misas con el principal de 2 000 mil pesos de oro común, como lo manda en cláusula de su testamento el dicho bachiller. Nombra como primer capellán propietario a Joseph [José] Martínez de Tobar [Tovar], sobrino, hijo de Nicolás Pérez y Antonia Díaz de Tovar, su hermana, para que a su título se ordene y alcance el sacro presbiterato; han de suceder a éste Andrés del Moral, su sobrino, hijo de Andrés del Moral, vecino de la provincia de Tehuacán, y de María Díaz de Tovar, su hermana. Dicho capellán propietario ha de tener obligación de decir por su alma y las demás de su intercesión 75 misas cada año en la iglesia que le parezca. Nombra como primer patrono de dicha capellanía a Nicolás Ferrera, Escribano Público de Orizaba. En cuanto al principal de la fundación, 1 000 pesos sitúa y señala a censo redimible sobre un molino de pan moler, una venta y un solar que están en el pago de Acultzingo, propiedad de [Francisco] de la Serna. Los otros 1 000 pesos a censo sobre un rancho de labor que quedó por bienes de dicho bachiller, nombrado Tlaltzitlan, jurisdicción de Orizaba. El rancho se compone de 2 caballerías de tierra y linda por el oriente con tierras de los indios de dicho pueblo; por el sur con las de los herederos de Cebrián de la Plata; y por el norte con la cuesta del pueblo de Orizaba, propiedad de Gerónimo [Jerónimo] Sánchez, vecino y labrador del valle de San Agustín, provincia de Tepeaca.
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El Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente de Capitán General por Su Majestad de esta villa de Córdoba y del partido de San Antonio Guatusco [Huatusco], dijo que habiendo hecho a su costa los puentes de la punta de Guatusco [Huatusco] y una venta para el trajín del camino real que va a la Nueva ciudad de la Veracruz, en virtud de mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Paredes Virrey de esta Nueva España, quien mandó que a cada persona que pase a caballo por los puentes se le cobre 1 real y otro real más por cada mula cargada, dio en arrendamiento ese derecho y dicha venta, hasta el mes de septiembre del año de 1687, al Sargento Juan Joseph [José] Hernández, de la Compañía de Infantería del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], por precio de 700 pesos, en la forma y como se contiene en la escritura que otorgó el susodicho ante el presente escribano el 15 de julio de este año, la cual declara está hecha de su consentimiento y se obliga a guardar y cumplir todo lo que en ella indica.
Sans titreEl Sargento Juan Joseph [José] Hernández, vecino del pueblo de San Juan Cuescomatepeque [Coscomatepec], dijo que el Excelentísimo Señor Conde de Paredes, Virrey de esta Nueva España, por mandamiento de 15 de junio de este presente año, se sirvió mandar que el señor Capitán y Sargento Mayor don Pedro López del Cano, Alcalde Mayor y Teniente General de esta villa de Córdoba y partido de San Antonio Guatuzco [Huatusco], aderezara a su costa los puentes que están en la punta que llaman de Guatusco [Huatusco], del camino nuevo que va de esta villa a la ciudad de la Nueva Veracruz, e hiciera en él ventas por las que pudiera cobrar, por tiempo de un año, un real a cada persona que por dichos puntos pase a caballo y otro real por cada mula cargada. Y en vista de que el señor alcalde tiene aderezados a su costa los puentes y está construyendo la venta entre ellos, tienen convenido ambos en que han de correr dichas puentes y venta por cuenta del otorgante, desde hoy día hasta dos meses después de que haya salido del puerto de la Veracruz, para los Reinos de Castilla, la flota que este año se espera, con el fin de que pueda aprovechar dicho tiempo [roto]. Por lo tanto, se obliga a pagar al alcalde 700 pesos de oro común por concepto de arrendamiento de la venta y estipendios de los puentes, incluidos 150 pesos que tiene entregados a cuenta, con la condición de que al no venir la flota este año, dicha renta ha de ser tan solamente por 350 pesos por la misma temporada, y obligarse el alcalde a hacer él la dicha venta, en que ha de haber un jacal de 12 brasas de largo, dos de 6 brasas, una cocina, horno de pan y otro jacal para caballeriza.
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