Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Diego Antonio de Villegas, vecino de esta villa, caballería y media de tierra perteneciente a los propios de esta villa, en donde tiene su rancho de tabaco, en términos del monte de Totutla, que por el oriente linda con tierras que dicho cabildo tiene arrendadas al común del pueblo de Amatlán de esta jurisdicción; por el occidente linda con tierras que tiene arrendadas el Cabo de Escuadra Ignacio Díaz de Aday Perdomo; por el norte con el río de las Balsas; y por el sur con camino real que va para el pueblo de San Lorenzo y Juan García de León. Las arrienda por nueve años y 18 pesos anuales, bajo las condiciones que se mencionan.
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El Bachiller Miguel Pérez de Medina, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico de la doctrina de Jalapa, dijo que habiendo otorgado testamento, quiere ahora añadir y quitar algunas cláusulas: primeramente declara que el Padre Antonio Méndez, Cura de Amatlán le ha pagado los 100 pesos que le debía, segundo, el Padre Antonio González, Cura de Coatepec le ha pagado también los 100 pesos que le debía; tercero, cuando compró el ingenio de Pacho le arrendó a los naturales del pueblo de Coatepec un sitio de ganado menor y 2 caballerías de tierra en 25 pesos por año, y sólo le pagaron 2 años y después hicieron escritura de compra venta en 350 pesos que se los pagarían en jornales, que no han cumplido, manda se les cobre. Más otras 12 cláusulas que se mencionan en la escritura.
Juan García Valero, Alférez Mayor y Alcalde Ordinario por Su Majestad de esta villa, otorga en arrendamiento a Tomás de Illescas Tinoco, vecino de esta villa, las tierras que el susodicho posee desde la vereda que va del pueblo de Amatlán al del Naranjal, lindando con tierras de Joseph [José] de Brito por la banda del poniente; por la del oriente un arroyo que [roto] tierras del comedero de [roto] sus boyadas de carros; por el norte con [tierras] que fueron de [roto] Alonso Galván, difunto, poblador que fue de esta villa; y por el sur con el río Blanco. Lo arrienda con doce bueyes, cuatro rejas, y cuatro arados aperados con yugos y yuntas, 50 fanegas de maíz, un hacha, un machete y un jacal de 4 brazas y media, por tiempo de cuatro años y 50 pesos anuales.
Sem títuloEl Capitán de Caballos Corazas don Juan Valero Grajeda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba y Procurador Mayor en ella, otorga en arrendamiento a don Marcos de la Cruz, indio gobernador del pueblo de Amatlán de los Relles [Reyes] de esta jurisdicción; a don Diego Gaspar y a don Baltazar Hernández, sus alcaldes; Diego Lorenzo y a Andrés Vázquez, Regidores; Miguel Lorenzo y Pedro Miguel, Alguaciles Mayores, y al demás común y naturales de dicho pueblo, a saber 2 caballerías de tierra que están en el monte que llaman de Totutla, de las pertenecientes al Ilustre Cabildo de esta villa. Dichas caballerías están en dos pedazos de tierra, que el uno tiene un cuarto de caballería poco más o menos, que por el oriente linda con tierras yermas y despobladas que no sabe de su dueño, por el poniente con tierras que tiene arrendadas el cabildo a Juan García de León y Diego Antonio de Villegas, por el norte con el [roto] de las balsas, y por el sur con la mojonera que está en dicho monte de Totutla y camino real que baja de esta villa a la Nueva ciudad de la Veracruz. Y el otro pedazo de tierra está lindando por el oriente con las dichas tierras despobladas [roto], el poniente con tierras del Capitán don Pedro López del Castrillo, que tienen arrendadas al cabildo, por el norte con la barranca honda del río Seco, y por el sur con tierras que tiene arrendadas Diego Antonio de Villegas al cabildo. Tierras que fueron medidas por don Maximiliano Gómez Daza, medidor aprobado por el superior gobierno de esta Nueva España. Las arrienda por tiempo de nueve años que empezaron a correr y contarse desde el primero de marzo pasado del presente año, por precio de 25 pesos anuales, a razón de 12 pesos y medio por cada caballería, y se obliga a que le será cierto y seguro en todo tiempo y no le serán quitadas, pena de darle otras en las mismas condiciones, parte y lugar por el mismo tiempo y precio, con las condiciones siguientes: durante el arrendamiento la comunidad hará los pagos a finales de cada año al mayordomo que es o fuere del cabildo, comunidad, gobernador, alcaldes y regidores y demás común, sólo sembrarán y cultivarán las tierras y no meterán en ellas a personas ajenas, tampoco podrán sembrar caña dulce ni hacer casas de cal y canto más que las necesarias para las cosechas de maíz.
Sem títuloJacinto de Astorga, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende a Francisco [Alonso] de Vergara [Montes de Oca], vecino de esta villa, caballería y media de tierra que posee en términos de esta villa, en el pago que llaman el rincón [de don Juan], que es la mitad de las 3 caballerías de tierra que el susodicho heredó de su mujer Polonia Gutiérrez, propiedad que antes fue de Sebastián Hernández y a quien Su Majestad le dio por tal poblador. Dicha caballería lindan por el norte con tierras del pueblo de Amatlán; por otra con tierras del rancho de los [roto]. La vende en el precio de 140 pesos.
Sem títuloJuan Moreno Armario, vecino de esta villa, uno de los pobladores de ella, marido de María de Caicedo, primera mujer que fue de Juan García de Lara, tutor y curador que fue de Francisco García, por poder que tiene concedido, otorga que vende a Hernando Esteban Abad, caballería y media de tierra que tiene en términos de esta villa. Dichas tierras son las mismas que se señaló a dicho García de Lara y a María por la población que hicieron de esta villa; linda por la parte del [norte] con tierras de Martín Álvarez y por la [roto] con tierras del Regidor [Antonio] de Brito; por la parte del oriente con tierras del ayudante Matías de Betanzos; por otra parte con tierras de los indios del pueblo de Amatlán de esta jurisdicción, las cuales están eriazas y despobladas. Las venden en precio de 250 pesos de oro común, 125 que le ha de pagar para fin de septiembre del presente año, y los 125 [roto].
Sem títuloHernando Esteban Abad dijo que tiene y posee en esta jurisdicción caballería y media de tierra en el camino que va de esta villa al pueblo de Amatlán, las cuales lindan por el oriente con las tierras de Amatlán; por el poniente con tierras de Gaspar González; por el norte con tierra del Alférez Mayor Juan García Valero; y por el sur con tierras de Nicolás Blanco. Dicha caballería y media la vende a Francisco Díaz a censo redimible, junto con un apero de nueve bueyes mansos de reata y 42 pesos en reales, que con el precio de las tierras, apero y dinero se ajusta a 400 pesos, cantidad que ha de quedar situada a censo redimible a favor de Hernando Esteban Abad, para que cada año Francisco Díaz le pague 20 pesos de réditos, que es lo que corresponde a los 400 pesos a razón de veinte mil el millar.
Sem títuloFrancisco Díaz, vecino de esta jurisdicción, declara haber recibido de Hernando Esteban de Adab, vecino de esta jurisdicción, los títulos, escrituras, cartas de pago y demás recaudos de caballería y media de tierras que dicho Hernando Esteban le vendió al otorgante a censo por escritura hecha el 26 de abril de 1659, para que estén en su poder como titular de dichas tierras. Asimismo, menciona que las tierras están en esta jurisdicción, en la loma del pueblo de Amatlán, en el camino que viene a esta villa, las cuales Hernando hubo y compró a Juan Moreno Armario y María de Caizedo [Caicedo], su mujer, como pertenecientes a la susodicha y a Juan García [de Lara], su primer marido, en cuya mitad sucedió Francisco, hijo de los susodichos, a quien como heredero se le satisfizo por dicho Hernando Esteban Abad.
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