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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0065 · Item · 1705/07/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              En la hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San Miguel que fue del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa y hoy posee doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, jurisdicción de la villa de Córdoba, parecieron don Lope Antonio de Iribas y la citada doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda de don Miguel de Leiva; la susodicha Dávila Barrientos dijo que su padre don Diego Dávila Barrientos, en vida ganó mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España, en el año de 1695, para que se le hiciera merced de un sitio de tierra para ganado mayor, a la linde de un trapiche que dicho Diego Dávila poseía en jurisdicción de la Antigua Veracruz. Y porque al presente don Juan Dávila Barrientos su hermano, hijo y heredero de Diego Dávila, por lo que le toca, pretende conseguir dicha merced para el uso de la tierra, y en su efecto les ha pedido su beneplácito, y no hallando los susodichos otorgantes con intención de cultivar ni poblar dichas tierras, otorgan que dan su poder a don Juan Dávila Barrientos para que por ellos pueda parecer ante el Rey Nuestro Señor, señores presidente y oidores de la Real Audiencia y ante quien y con derecho deba, y pida se sirvan hacer merced de las tierras contenidas en el mandamiento, mandándole despachar título real en forma, para que en su efecto pueda tomar posesión de ellas. También, dijeron los susodichos que después de conseguida la merced por su hermano don Juan Dávila Barrientos, declaran que renuncian la parte que les puede tocar de las citadas tierras, por lo que ceden y transfieren en él todos sus derechos de propiedad para que las goce y posea como suyas propias.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0040-PC_0040_0067 · Item · 1705/07/13
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Dávila Barrientos, vecino de esta jurisdicción, dijo que como mayor de veinticinco años y sabedor de su derecho, como hijo legítimo de don Diego Dávila Barrientos, dijo que su padre en vida ganó mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España, para que en su virtud se le hiciere merced de un sitio de tierras para ganado mayor, a la linde de un trapiche que dicho Diego Dávila poseía en la jurisdicción de la Antigua Veracruz. Y porque al presente don Juan Dávila Barrientos su hermano, hijo y heredero de Diego Dávila, por lo que le toca pretende conseguir dicha merced para el uso de dichas tierras, y para su efecto le ha pedido su beneplácito, y no hallando el presente otorgante con intención de poblar ni cultivar las citadas tierras; por tanto, en aquella vía y forma, otorga que da su poder a don Juan Dávila para que en su nombre parezca ante el Rey Nuestro Señor, señores presidente y oidores de la real audiencia y ante y con quien derecho deba, y pida se sirvan hacerle merced de las tierras contenidas en el mandamiento, mandándole se le libre título real en forma, para que en su efecto pueda tomar posesión de ellas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0041-PC_0041_0054 · Item · 1706/05/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Juan Dávila Barrientos, vecino de esta villa de Córdoba, uno de los hijos y herederos del Capitán Diego Dávila Barrientos, dijo que por cuanto su padre ganó mandamiento del Excelentísimo Señor Conde de Galve, Virrey que fue de esta Nueva España, fecha 17 de septiembre de 1695, para que en su virtud se le hiciere merced de un sitio de tierra para ganado mayor, ubicado a la linde de un trapiche que dicho Diego Dávila tuvo en jurisdicción de la Antigua Veracruz; y por haber fallecido se suspendieron las diligencias para su aprobación por el superior gobierno, en cuyo [derecho recayó] en los demás hijos y herederos de su padre, de quienes tiene recibido sus poderes y cesiones para la ejecución de dicha merced. Asimismo, dijo que para la ejecución de la merced tiene metidos dichos poderes y derechos de propiedad que pudieran tener a la citada suerte de tierra, como parece de ellos, el primero otorgado por Diego Dávila Barrientos; otro por doña Ángela Dávila Barrientos; otro por doña Ana Dávila Barrientos; otro por doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos; otro por Francisco Dávila Barrientos; y otro más otorgado por [roto] Dávila Barrientos y doña Margarita Jaimes Alfonso, su madre. Y dicho Juan Gómez Dávila, como tal beneficiario de sus hermanos y herederos del Capitán Diego Dávila Barrientos, otorga que da su poder a don Lope Antonio de Iribas, su hermano, vecino de esta villa de Córdoba, para que parezca ante el Rey, presidente y oidores de su Real Audiencia de esta Nueva España, y ante quien y con derecho pueda, pida y suplique se sirva de hacerle merced de las tierras contenidas en dicho mandamiento, mandándole despachar título real en forma, para que pueda tomar posesión de dichas tierras.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0123 · Item · 1712/12/17
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel de Garaita y doña María Álvarez Ricardo, su legítima mujer, vecinos de esta villa de Córdoba, otorgan poder especial a don Dionisio Serrano y Perea, vecino del pueblo de San Juan Coscomatepeq [Coscomatepec], para que en su nombre venda al contado o fiado un sitio de tierra poco más o menos, que doña María Ricardo heredó del Capitán José Álvarez Ricardo, su padre, las cuales están en la jurisdicción del pueblo de San Antonio Guatusco [Huatusco] jurisdicción de esta villa o de la Antigua Veracruz, y en caso de no venderlas las arriende por el tiempo y precio que ajuste.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0121 · Item · 1716/10/24
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Marcos de Illescas Tinoco, residente en esta villa de Córdoba y vecino del pueblo de [roto] jurisdicción de la Antigua ciudad de la Veracruz, uno de los hijos y herederos del difunto Tomás de Illescas Tinoco y nieto de Diego Méndez, su abuelo materno, de quien hubo y heredó diferentes tierras en la jurisdicción de la provincia de Xalapa [Jalapa]. Como tal poseedor, otorga poder general a Tomás Méndez, su primo, vecino del pueblo de Astotonga [Altotonga] de la jurisdicción de Xalapa [Jalapa], para que en nombre y en representación de su persona parezca ante el Señor Licenciado don Félix Suárez de Figueroa, del Consejo de Su Majestad, su Oidor de la Real Audiencia de esta Nueva España, Juez Privativo de cobranzas de débitos fiscales, condenaciones, multas, proveídos, composiciones de tierras, aguas, baldíos, indulto de ellas y demás segregado del Real Patrimonio de este reino, para que haga presentación de la merced o mercedes, títulos y demás instrumentos que pertenezcan a dichas sus tierras y pida a su señoría se sirva declararle haber cumplido con lo mandado por su edicto convocatorio y darle por libre de cualquier cargo, indulto y composición por tener merced de dichas tierras y declarando no tener ninguna sobra ni demasías, porque solo posee las tierras.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0026 · Item · 1696/04/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles, y Joseph Gómez Dávila, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dueño de trapiche de hacer azúcar, dijeron que por convenio que tienen hecho, el Capitán Alfaro vende al Regidor Gómez Dávila un herido de molino y 4 caballerías de tierra que están en la punta de Guatusco [Huatusco] en el [halda] de una sierra que los naturales llaman Tlancayac, donde sale [un] ojo de agua que nombran Tesiatl, en precio de 400 pesos. El Capitán Alfaro declara que las 4 caballerías de tierra son las mismas que recibió en donación del Alférez Pedro de Trujillo [Villavicencio] y doña Josepha [Josefa] de Atienza Palacios, [su legitima mujer], por escritura hecha en la hacienda de Nuestra [Señora] de la Candelaria el 22 de febrero pasado. Y según lo convenido, el Regidor Gómez Dávila le entrega en venta y forma de pago un negro esclavo nombrado Manuel, natural de la Nueva Veracruz, que hubo y compró a don Bernardino de Villaraus [Villarauz], vecino de Orizaba, apoderado de Pedro González, vecino de la ciudad de la Concepción de Salaya [Zalaya], en precio de trecientos treinta… [roto] y 79 pesos de resto de 90 pesos que le [debe] María de Guadalupe, mulata libre y mujer de dicho [esclavo]. El Capitán Alfaro declara que este sitio y demás tierras que el Alférez Pedro de Trujillo tiene y posee en las jurisdicciones de esta villa de Córdoba, Taliscoya [Tlalixcoyan], [nueva y vieja Veracruz] y otras partes, están afectas con 2 000 pesos de principal pertenecientes al convento de Santo Domingo de la ciudad de Guaxaca [Oaxaca], los cuales se han de cargar sobre los sitios de la Mata del Botón, el Novillero, el de la Cerca, [y el ] potrero que llaman la Peregrina [roto], cuyos sitios están ajustados para su venta a doña [Micaela Ramos], viuda del Capitán Marcos Blanco, vecina de San Juan [Coscomatepec], de lo cual aún no se ha celebrado escritura. Asimismo, declara que sobre dicho herido de molino y las 4 caballerías de tierra no queda ningún gravamen.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0063 · Item · 1830/06/01
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Badillo, de esta vecindad, dijo que su difunto tío don Mateo Badillo, vecino que fue de esta misma villa, le franqueó a don Pedro Báez 1 700 pesos por término de dos años, con pensión de réditos de un 5 por ciento en cada uno, con hipoteca de 40 caballerías de tierra situadas en jurisdicción de la Antigua Veracruz nombradas los Ídolos, según consta por la escritura que formalizó Báez, el 22 de octubre de 1808. Y reduciéndolo a efecto, hoy día de la fecha, el relacionado don Francisco Badillo como albacea de su tío don Mateo Badillo otorga que tiene recibidos del predominado Báez los 1 700 pesos a que se contrae la escritura que éste otorgó en 22 de octubre de 1808 y el importe de los premios que ese capital causó; por lo que nada debe Báez a esa testamentaría.

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