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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0025 · Pièce · 1700/05/16
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Marina Gómez Dávila, vecina de esta villa de Córdoba, viuda de Juan Rodríguez Durán, dijo que posee una hacienda de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción y que ha tenido noticia de que en esta villa se promulgó despacho del Señor Licenciado don Baltazar de Tovar, del Consejo de Su Majestad, su Oidor en la Real Audiencia de la ciudad de México y Juez de la Composición de Tierras en su distrito, quién manda que comparezcan las personas que tuvieren tierras y que presenten sus títulos para reconocer su legitimación; por lo consiguiente para dar cumplimiento a dicha orden otorga poder al Señor Licenciado don José de Ledezma, Procurador del Número de la dicha Real Audiencia de la ciudad de México, para que en su nombre comparezca ante dicho señor juez presente los títulos y pida que se den por buenos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0038 · Pièce · 1700/06/17
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba, a saber don Carlos Samaniego y Pacheco, Alcalde Mayor; don Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor; don Gregorio Martínez de Solís, Alguacil Mayor; don Miguel de Leiva Esparragosa, don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente y don Juan Valero Grajeda, Regidores perpetuos por Su Majestad en esta villa de Córdoba, por ellos y en nombre de los demás capitulares y vecinos de ella, por quienes prestan voz y caución; otorgan poder general a don Diego Valero Grajeda, vecino y Regidor en esta villa por Su Majestad, residente en la ciudad de México, para que lleve todos los pleitos, causas y negocios civiles y criminales que este cabildo tiene y tuviere en adelante con cualesquier cabildos, conventos, hospitales, comunidades o personas, demandando como defendiendo hasta que los fenezca. Y especialmente otorgan dicho poder para el pendiente que tiene con el Capitán don Juan Mellado de Rivadeneira, sobre las tierras que pretende ser suyas y que pertenecen a esta dicha villa, cuyo litigio se está siguiendo ante el Licenciado don Baltazar de Tovar, del Consejo de Su Majestad, su Oidor de la Real Audiencia de la ciudad de México y como Juez de Composiciones y Medidas de Tierras de este reino, para que presente el artículo de la propiedad de la tierras que legítimamente goza esta villa por mercedes y confirmaciones que le otorgó Su Majestad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0035-PC_0035_0092 · Pièce · 1700/10/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, Regidor y vecino de esta villa de Córdoba, dijo que en virtud del poder para testar que otorgó doña Juliana de Contreras y Cid, su legítima mujer, con fecha en esta villa a 10 de mayo de 1694, en el cual fue nombrado por su albacea y como tal otorgó testamento de su mujer el 4 de octubre de este presente año en esta villa. Y cumpliendo con el dicho cargo de albacea, por la presente hace inventario de los bienes que dejó su difunta esposa, entre los cuales destacan: Una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción [Palmillas], en esta jurisdicción, distante a esta villa como cuatro leguas, compuesta de casa, cañas, calderas, resfriaderas, bombas, espumaderas, repartidera, todos sus aperos y demás que se detalla. Asimismo, bienes de menaje y vestir; quince piezas de esclavos y una cría de seis meses, y otro que anda huido; ocho esclavas, seis negras y dos mulatas; veintiuna mulas de tiro, catorce de carga, tres mulas de silla y tres yeguas. En cuanto a tierras destacan, 12 caballerías de tierra y varias suertes de caña de diferentes edades, nombradas la Concepción, Nuestra Señora de Angustias, San José, San Antonio, San Salvador, San Francisco, San Juan, la Ascensión, las Ánimas, San Lorenzo, San Miguel, San Juan Bautista, el Espíritu Santo, la Virgen de la Bella, Jesús Nazareno y Señor San Joaquín. En esta villa poseía por bienes dos solares, menaje de casa y vestido, alhajas; 200 pesos en géneros de una tienda; y una casa de cal y canto. Y del valor de dichos bienes se ha de rebajar 1 000 pesos que están impuestos a censo redimible sobre la dicha hacienda de trapiche, así como, 3 060 que se obligó a pagar del procedido de esclavos que compró para en el servicio de dicha hacienda.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0023 · Pièce · 1697/03/11
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Balthasar Gonsalez de Belilla [Baltazar González de Velilla] Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa de Córdoba, su Procurador Mayor nombrado por los señores Justicias y Regimiento en ella, usando facultad como procurador otorga en arrendamiento a Benito Rendón, vecino de esta villa, 2 caballerías de tierra de las que le pertenecen en esta jurisdicción, “las cuales corren desde el chorrillo del agua que llaman [sic], y una punta que hace la sierra de Matlaquihaguitl [Matlaquiáhuitl] para arriba de las casas de Nicolás de Bolaños, cerca de una barranca con agua que llaman del dicho Chorrillo, y han de venir corriendo por arriba de dicha sierra y el camino que baja para en casa de Nicolás [de] Bolaños, lindando con las tierras que tiene en arrendamiento Domingo Merodio”. El arrendamiento es por tiempo y espacio de nueve años, por el precio de 25 pesos de oro común en cada uno, que ha de ser obligado a pagar por sus tercios corridos al fin de cada cuatro meses, y bajo la siguiente condición de que si las labra no por eso podrá pedir descuento de lo que hubiere gastado, y si las habita o no, deberá pagar por dicho arrendamiento.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0026 · Pièce · 1697/03/12
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Balthasar [Baltazar] González de Velilla Blanco, Regidor y Depositario General de esta villa, su Procurador Mayor, nombrado por los señores Justicia y Regimiento de ella, otorga que da en arrendamiento a Francisco Rodríguez [de Olmedo], vecino y dueño de trapiche de esta villa, un pedazo de tierra “que corre desde la mojonera del monte de Totutla de oriente a poniente hasta [roto] de las tierras que posee dicho Francisco Rodríguez, que es el largo de dicha [roto] y el ancho que corre de sur a norte desde el camino real que va al pueblo de San Lorenzo de los negros hasta llegar a la barranca del río que llaman [roto], podrá haber como 7 caballerías de acaguales [acahuales]”. El arrendamiento es por tiempo de nueve años en precio de 60 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0090 · Pièce · 1697/11/18
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor don Joseph [José] de Leyba [Leiva], vecino de esta villa y dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, dijo que hubo y compró al Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneyra [Rivadeneira], vecino de la ciudad de los Ángeles, un sitio de tierra para ganado menor en esta jurisdicción, en términos del pueblo antiguo de Totutla, cuya compra hizo por precio de 3 000 pesos de oro común. En cuya escritura de venta convinieron que cuando les pereciera a alguno de los dos podrían medir las tierras, citándose para estar presentes y nombrar medidor por su parte. Lo cual no cumplió don Gaspar Carlos, y en su rebeldía fue nombrado medidor de oficio por la Real Justicia. Siendo una de las condiciones que si dentro de los linderos suso asignados faltase alguna tierra para el entero de dicho sitio, se la había de dar al otorgante a su linde de las demás que le quedasen; asimismo, si hubiera más tierras dentro de dichos linderos de las que puede ocupar dicho sitio, la sobra que hubiese se obligaría a vender al otorgante, sin poder vender a otra persona. Y habiéndose medido por parte del otorgante el mencionado sitio, sobraron algunas tierras [roto]. Por lo cual, otorga poder al regidor Miguel de Leyba, su hijo, para que pueda comparecer ante Su Alteza y señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, ante quien presente la escritura de venta de dicho sitio y pida el cumplimiento de las condiciones en ella inclusas. Asimismo, que justifique don Gaspar Carlos pertenecerle las sobras de dichas tierras que se comprenden debajo de los linderos de la escritura de venta después de que se midieron y entregaron, respecto a haberse salido fuera de los linderos porque se otorgó dicha escritura sin título y merced, y en caso de que no lo justifique, se la haga al otorgante merced de dichas tierras por pertenecerles a Su Majestad, ofreciendo por parte del otorgante o por la de su hijo servirle con la porción que bien visto le fuere.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0040-PX_0040_0132 · Pièce · 17/09/1766
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Bachiller don José Nicolás de Acosta, Clérigo, Presbítero, domiciliario de este Obispado de Puebla, como heredero y apoderado de los demás herederos del difunto Manuel de Acosta, dueños de las tierras de los Trapiches de la Concepción, San Diego y Tenampa, se obliga a pagar a don Roque Jacinto Florido, vecino de esta jurisdicción, 700 pesos y 2, 000 que anteriormente le prestó para la defensa de dichas tierras, las que hipoteca como seguro de la deuda.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0040-PX_0040_0181 · Pièce · 05/12/1766
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Las autoridades y oficiales actuales y pasadas de los pueblos de San Pedro Tonayan y San Pablo Coapan, por sí y en nombre del demás común y naturales de dichos pueblos, dijeron ante Vicente de Toledo y Viveros, Capitán Graduado y de Guerra y Alcalde Mayor de este pueblo, que a causa de los pleitos que han sostenido estos pueblos por la pretendida separación de tierras y por los excesivos gastos de las demandas impuestas; acuerdan que siguiendo los linderos, desde siempre establecidos, las tierras de la derecha serán de Tonayan y las de la izquierda serán de Coapan, también serán establecidos diversas cruces que servirán de limites, obligándose ambos pueblos a pagar todos los derechos parroquiales y a someterse a multas sino cumplen lo aquí decretado.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0026-PC_0026_0017 · Pièce · 1691/06/06
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Bautista de Sierravalle Rioseco, otorga que vende al Capitán don Diego Dávila Varrientos [Barrientos], vecino y labrador de la jurisdicción de Quechula, tres sitios de tierra para ganado menor, que tiene y posee en términos de la jurisdicción de Zongolica; y en ellos un trapiche corriente con su casa de molienda, armada sobre horcones, cubierta de zacate; una casa de calderas empezada a labrar de cal y piedra, con dos calderas medianas; una resfriadera, una bomba espumadera y dos remillones; un jacal que sirve de purgar el azúcar con su asoleadero, cubierto de zacate; una casa de vivienda y otra que sirve de troxa [troja] cubierta de zacate; veintiocho mulas y machos de tiro y una yegua; y un horno de cal. Dicho trapiche también se compone con 10 suertes de caña dulce chicas y grandes de diferentes edades. Por otra parte señala que los tres sitios de tierra los compró de Juan Gómez de Castro y de Gerónima [Jerónima] de Prado su mujer, de Nicolás de Perea y Lucía de Prado su legítima mujer, vecinos del pueblo de Maltrata; y de Pedro González de Prado, vecino de la ciudad de México, como hijos y herederos de Joseph [José] de Prado. Lo vende en precio de 10 000 pesos de oro común, los 4 000 de ellos que ha recibido, y lo restante que recibirá dentro de seis años.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0027-PC_0027_0062 · Pièce · 1692/12/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Gregorio Martínez de Solís, vecino de esta villa de Córdoba, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Francisco de Aguilar, 6 caballerías de tierra de las pertenecientes a los propios y rentas de esta villa, que son las mismas que al presente tiene fundadas unas casas pajizas, que por la parte del norte linda con la sierra nombrada Matlaquiagui [Matlaquiahuitl]; por el oriente con tierras del potrero de esta villa; y por el sur y poniente con la barranca nombrada Chiltepeque [Chiltepec]. El arrendamiento es por tiempo de nueve años en precio de 60 pesos cada uno.

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