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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0017 · Item · 1663/07/20
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Josepha [Josefa] de Brito, vecina de esta villa, viuda de Plácido de Argusa, difunto, otorga que da su poder a Francisco González de Velilla, vecino de esta villa, para que por ella y en nombre de sus hijos, venda al plazo y por el precio que le pareciere al Alférez Mayor Juan García Valero, vecino de esta villa, caballería y media de tierra, que la susodicha posee en el pago del Rincón del Encinal, las cuales son suyas y adquiridas por donación que de ellas hizo Joseph [José] de Brito [Lomelín] “el Viejo”.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0050 · Item · 1665/08/03
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Pedro Gatica, Regidor y Depositario general de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Francisco López Gil de Gatica y Juana de Contreras Aguilucho, sus padres difuntos, vecinos que fueron de Jerez de la Frontera en los Reinos de Castilla, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que está casado con Magdalena de Alcalá, hija legítima de Agustín de Alcalá, difunto, y de Olaya González; durante el matrimonio procrearon a Agustín, difunto [roto] Juana de Contreras Gatica, que está casada con Jacinto Pérez Padrón, vecino de esta villa; a Josepha Gatica [Josefa de Gatica] que está casada con Marcos Blanco, vecino de esta villa; y a Gerónima [Jerónima] de Gatica, doncella. Menciona que debe y le deben las personas que se citan en la escritura. Declara por sus bienes un Oficio de Regidor y Depositario General de esta villa; un solar y casa de vivienda; 3 caballerías de tierra; un negro esclavo llamado Lorenzo, una negra nombrada Luisa; una recua de mulas de carga aparejada con treinta y cuatro mantas y una mula de silla florentina; dos solares que linda con solar de Marcos Blanco y el otro con solar de Diego del Castillo; las piezas de plata y otros géneros que se mencionan en la escritura. Nombra albaceas testamentarios a Jacinto Pérez Padrón y Marcos Blanco, sus yernos, así como a su mujer Magdalena de Alcalá, para que entren en sus bienes y los vendan, y del remanente de ellos instituye como sus herederas a las dichas tres hijas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0008-PC_0008_0076 · Item · 1668/03/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan García Valero, Alférez Mayor y Regidor Perpetuo, vecino de esta villa de Córdoba de la Nueva España, “atendiendo a que con el santo sacrificio de la misa Dios Nuestro Señor es más servido y reverenciado su divino culto ensalzado y las ánimas de los fieles difuntos reciben alivio y socorro y beneficio” de su espontánea y libre voluntad otorga que instituye y funda una capellanía perpetua de cuarenta misas rezadas que por su ánima, la de doña Josefa de Grajeda su legítima mujer, así como la de sus padres, hijos y demás difuntos de su intención, debe decir el capellán en cada un año. Señala y aplica por dote de esta capellanía [roto] de oro común y para este efecto impone una estancia de labor [roto], la cual se compone de 13 caballerías y un cuarto de tierra que compró de los pobladores de esta villa. Nombra y señala por primer capellán de esta capellanía al Bachiller don José Valero de Grajeda, su hijo y de la dicha doña Josefa, que actualmente está “leyendo artes en los Reales Colegios de San Pedro y San Juan” de la ciudad de los Ángeles. Nombra por patrones perpetuos de esta capellanía primeramente a él mismo y a doña Josefa de Grajeda, para después nombra a sus hijos varones y hembras.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0009-PC_0009_0012 · Item · 1672/09/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Doña Gerónima [Jerónima] de Gatica, con licencia de Luis Gómez Infante, su legítimo marido, administrador del ingenio de azúcar del Conde del Valle en la jurisdicción de Orizaba, dijo que habiendo fallecido el Capitán Pedro Gatica y Magdalena de Alcalá, sus padres, vecinos que fueron de esta villa de Córdoba, faltó por hacer la división y partición de los bienes que dejó su madre a sus herederos, entre los que figuran doña Juana de Contreras Gatica, mujer de Jacinto Pérez Padrón, doña Josepha Gatica [Josefa de Gatica], mujer de Marcos Blanco, y la otorgante. Por lo cual confiere poder a su esposo para que en su nombre tome cuentas a los albaceas y haga la división y partición de los bienes de su madre. Asimismo, para que venda 3 caballerías de tierra que la otorgante trajo al matrimonio en forma de dote, heredadas de su difunta madre.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0011-PC_0011_0001 · Item · 1674/01/14
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Joseph [José] de Olivera, vecino de esta villa de Córdoba, por cuanto está casado con Josepha [Josefa] García de Miranda, hija legítima de Juan García de Miranda, difunto, y de María de Leiva, vecina de esta villa, declara que ha recibido como dote de parte de su señora suegra los bienes, géneros y reales que se mencionan en esta escritura y que montan la cantidad de 643 pesos de oro común. Asimismo, Joseph [José] de Olivera otorga a su esposa, en honra de su limpieza y virginidad, la cantidad de 500 pesos de oro común en calidad de arras propter nuptias, que sumado a los 643 pesos de dote hacen 1 143 pesos oro común, los cuales se obliga a tener seguros y conservarlos sobre sus bienes.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0004 · Item · 1677/01/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Alférez Nicolás Rodríguez, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba y su jurisdicción, los Regidores Joseph [José] de Leiva, Francisco de Aguilar, y Diego de Brito Lomelín, el Alférez Tomás López de Sagade, Gaspar González, Antonio Amaro González, Alonso [roto], Joseph [José] de Olivera, Antonio de Brito Lomelín, Domingo [de] Merodio, Joseph [José] Íñiguez, Bernardo de Rojas, Gerónimo [Jerónimo] de Leiva, Pedro García de Meza, Juan Rodríguez de Piña, Salvador Rodríguez, Pedro Rodríguez, el Capitán Joseph [José] Blanco, Juan Daza, Lázaro Hernández, Alonso Franco de Algarín y Antonio de Pedraza, vecinos de esta villa, por ellos y en nombre de los demás vecinos de esta villa y jurisdicción, dijeron que a esta villa se le han recrecido diferentes pleitos así con Cristóbal Fres de Herrera y consortes, por tierras que posee esta villa desde su fundación, como con el Real Fisco de Su Majestad y señor Alcalde Mayor de esta villa, sobre la jurisdicción titulada que esta villa ha poseído conforme al título de su erección. Pleitos que requieren muchos dineros y personas que defiendan a esta villa en la ciudad de México, porque de no salir con la justicia que le asiste, se prevé en general y particular mucho perjuicio y daño a todos los vecinos, para cuyo remedio por orden de Cabildo de esta villa han decidido ir a la ciudad de México el Alférez Mayor [Miguel] Valero [Grajeda], el Alguacil Mayor Francisco de Solís y el Capitán Nicolás Blanco. Y debido a no contar esta villa con propios para su defensa se obligan a pagar prorrata, conforme a los caudales que tienen, al Alguacil Mayor Francisco de Solís y al Capitán Nicolás Blanco la cantidad de pesos que los susodichos gasten en dichos pleitos hasta su determinación, cuyo gasto pagarán dentro de dos años a partir de hoy día.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0005 · Item · 1677/01/11
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Francisco Valero de Grageda [Grajeda], Alcalde Ordinario por Su Majestad de primer voto, Francisco de Solís, Alguacil Mayor, Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, capitulares de esta villa, dijeron que por cuanto ésta se encuentra con pleitos que tiene con Cristóbal Fres de Herrera y consortes, por haber pretendido el susodicho apropiarse de hecho y sin derecho de las tierras en el pago que llaman de la [Laguna] en [la jurisdicción] de esta villa, asimismo, con el Real Fisco de Su Majestad y con el señor Alcalde Mayor actual de esta villa, sobre la jurisdicción, territorio y dictado de villa que en su erección le fueron concedidas; pleitos que han llegado a tal estado que requieren muy eficaz remedio y para lo cual ha convenido el Cabildo enviar en nombre de esta villa, con poder bastante para lo que se ofrezca, a la ciudad de México a don Miguel Valero [Grajeda], Alférez Mayor, a Francisco de Solís, Alguacil Mayor, y al Capitán Nicolás Blanco, vecinos de esta villa, a quienes por la presente otorgan poder especial para que en nombre de esta villa parezcan ante el Rey Nuestro Señor, en sus Reales Audiencia y Cancillerías, jueces y tribunales, eclesiásticos y seculares que con derecho deban y soliciten cuanto se pueda con la finalidad de que no decaigan esta villa de sus privilegios, tierras, jurisdicción, título y lo demás que le fueron cedidos en su erección.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0013-PC_0013_0038 · Item · 1677/10/24
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Joseph [José] Blanco, hijo legítimo de [Baltazar] Blanco y de María [Álvarez] [difuntos], [vecinos] que fueron de esta villa de Córdoba, otorga su testamento de la siguiente manera. Ordena se le den 50 pesos de sus bienes a las casas de religión del bienaventurado San Cayetano, para adorno de su iglesia, siendo remitidos a los Reinos de Castilla, o donde haya alguna casa de dicha religión si no la hubiera en Nueva España. Manda como limosna 24 pesos al santuario de Nuestra Señora de Cosamaloapan. Ordena se haga un retablo para la imagen y altar de Jesús Nazareno en la iglesia parroquial de esta villa. Declara estar casado con Francisca Jiménez de Encinas con quien ha procreado a Teresa [Jiménez] Blanco, casada con Francisco Valero de Grageda [Grajeda], a quien dio de dote 6 000 y tantos pesos, y habiendo fallecido su hija dejó por sus hijos a los niños en edad pupilar Catalina, Joseph [José] y Juan; a María [Álvarez] Blanco, mujer que fue de don Bernabé de Figueroa [y] Mendoza, vecino de esta jurisdicción, a la cual dio en dote 4 000 pesos, cantidad que por haber fallecido su hija sin descendencia, le otorgó su yerno obligación de pago; y a doña Gabriela Blanco [de Encinas], doncella de dieciséis años de edad. Declara tener compradas a Juan de la Cruz Vidaña, vecino de Tuxtla, 500 reses que le ha de entregar en el ejido de esta villa, a 4 pesos cada una. Declara por bienes una casa de vivienda en calle que viene de la ermita de San Juan al convento antiguo de la Merced. Una casa ubicada en dicha calle, frontera a la anterior. [roto] [La estancia de Acatengo] en la jurisdicción de San Antonio Guatuzco [Huatusco]. Un sitio de ganado menor y 2 caballerías de tierra en el pago de Cozautepec. Una cuadrilla de veinte carros errados con todos sus avíos y aperos, con 876 bueyes de tiro, 107 caballos y 6 bestias mulares. Otra cuadrilla de dieciocho carros con 854 bueyes de tiro, 110 caballos y 30 yeguas. Asimismo, 1 600 reses, novillos, bueyes y toros; 114 caballos; 40 yeguas de vientre; 16 bestias mulares, todo lo cual está en la estancia de Acatengo. Nombra por sus albaceas testamentarios al Capitán Nicolás Blanco y a Francisca Jiménez [de Encinas], su mujer, y como herederos a su hija Gabriela Blanco [de Encinas] y a sus nietos Catalina, Joseph [José] y Juan.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0002 · Item · 1675/10/10
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              El Cabildo y Regimiento de esta villa de Córdoba, estando congregados en las salas del Cabildo, a saber don Miguel Balero [Valero] Graxeda [Grajeda], Alférez Mayor; Joseph [José] de Leiva y Francisco de Aguilar, Regidores perpetuos, otorgan que dan su poder general a Luis Gómez de Escobar, Procurador del Número de la Real Audiencia de esta Nueva España, para todos los pleitos, causas y negocios, así demandando como defendiendo con cualquier cabildo, comunidad y otra cualquier persona. También le otorgan especial para que ante el Superior Gobierno de esta Nueva España presente el título de fundación de esta villa y los demás recaudos e instrumentos y papeles que importen para la verificación de la propiedad y posesión del ejido y demás tierras que esta villa goza, comprendidas dentro de las cuatro leguas en cuadro de territorio de que en su fundación Su Majestad se sirvió de hacerle merced, y pida y suplica sea amparada en dicha propiedad.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0014-PC_0014_0018 · Item · 1726/04/27
              Parte de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Valero y Alvarado, Alguacil Mayor y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, Procurador Mayor de sus Propios y Rentas, por ausencia de don Fernando de Carvajal, Regidor Perpetuo de esta villa, otorga que da en arrendamiento a Cristóbal Rendón, vecino de la misma, un tercio de caballería y treinta solares y medio en el rancho que fue de Juan Gutiérrez, pertenecientes a los propios de esta villa, que por el oriente linda con el rancho y tierras de Joseph [José] Trujillo, y por ese lado tiene 19 cuerdas de a 50 varas cada una; con más 31 varas por occidente con tierras del rancho de Antonio Laboreiro, y por esa línea tuvo 9 cordeles y 30 varas; por el norte linda con el cerro de Colsaltepec, cuya línea tuvo 2 cuerdas y 12 varas; por el sur linda con tierras del rancho de Juan Íñiguez por cuyo lado tiene 16 cuerdas y 12 varas. El arrendamiento lo hace por tiempo y espacio de nueve años, por precio en cada un año de 5 pesos y 5 reales, bajo las condiciones siguientes: que no ha de sembrar caña dulce, más que tabacos y maíces; ni construir casas de cal y canto; ni meter otras personas más que la dicha; es condición que en caso de traspasar la tierra a otra persona debe avisar a él o al mayordomo; asimismo, es condición que el arrendatario debe satisfacer los costos de la escritura.

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