El Capitán don Francisco de Rivadeneira, vecino de la ciudad de Tepeaca, residente en esta villa de Córdoba, hermano y apoderado del Capitán don Gaspar Carlos de Ribadeneyra [Rivadeneira], vecino de la ciudad de los Ángeles, vende en su nombre al Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza, Alcalde Ordinario y vecino de esta villa, 6 caballerías y media de tierra en esta jurisdicción, en términos del pueblo de Guatusco [Huatusco], las cuales lindan por el norte con tierras del Capitán Gaspar del Monje [Gaspar del Monge y Mendoza]; por el oriente con un sitio de estancia para ganado menor del Regidor don Gaspar de Carvajal [Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente] y el Capitán don Francisco Cruzado, dueños de trapiche en esta jurisdicción; por el poniente con tierras que posee el Regidor don Miguel de Leyba [Miguel de Leiva Esparragosa]; y por el sur con tierras del Capitán don Gaspar Carlos; por precio de 1 200 pesos de oro común, de los cuales 400 tiene recibidos de contado y los 800 pesos restantes quedan impuestos a censo redimible sobre dichas tierras.
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Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles, y Miguel Yáñez Morón, residentes en esta villa de Córdoba, dijeron que, en diciembre de 1700, el dicho Juan de Alfaro, en virtud de poder general de doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, vecina del pueblo de San Andrés Chalchicomula, tutora y curadora de sus hijos, vendió al citado Miguel Yáñez Morón, actual mayordomo de la hacienda de ovejas de que es dueño don Gonzalo Francisco de Cervantes, un sitio de tierra que llaman el Novillero para ganado mayor, en términos de Guatusco [San Antonio Huatusco] por precio de 1 500 pesos. En la escritura de venta Miguel Yáñez dijo que la cantidad la pagaría el dicho Gonzalo de Cervantes luego que legase libranza suya, y que por defecto de no hacerlo los pagaría el dicho Miguel; pero debido a que la libranza no fue otorgada y Miguel Yáñez se hallaba sin dinero para la paga, de modo que, para excusar litigios y pleitos, los otorgantes hicieron convenio en el que Juan de Alfaro recibirá de nuevo el sitio de ganado, quedando así libre de la paga Miguel Yáñez Morón; por lo que, ambos dieron por cancelada la escritura de venta y obligación, y de esta manera el dicho Capitán Juan de Alfaro pueda vender libremente dicho sitio.
Sans titreGregorio Martínez de Solís, Alguacil y Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba, por Su Majestad y Procurador Mayor de sus [roto] y rentas, otorga que da en arrendamiento a don Alonso Lopes [López] de Sagade, un pedazo de tierra de los pertenecientes a los propios y rentas de ella, que es a una legua poco más o menos de esta villa. Dichas tierras lindan por una parte con tierras de la hacienda de trapiche del Capitán Pedro Lopez [López] del Castrillo; por la otra con tierras de la hacienda que hoy posee María Gómez Dávila que fue del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto; y por la otra con el camino real que va de esta villa para la ciudad de la Veracruz. Las arrienda con sus pastos, aguas, abrevaderos, entradas, salidas, usos y costumbres, con todo lo que le pertenece, al precio de 100 pesos anuales.
Sans titreDon Miguel Valero Grajeda, Alférez Mayor y Regidor de esta villa de Córdoba por Su Majestad, por él y en nombre de sus herederos y sucesores, otorga que vende a Antonio Martínez Romano, vecino de esta villa de Córdoba, una suerte de tierra que posee en jurisdicción de esta villa, que heredó del Alférez Mayor don Juan García Valero, su padre; la cual se ubica en los lindes de los ejidos de ella, en el paso de Sacatepeque [Zacatepec], que por la parte del oriente linda con 2 suertes de tierra que posee Francisco de Aguilar, por el norte con dichos ejidos, por el sur con suerte de tierra que hubo y compró de Pedro Rodríguez, uno de los fundadores de esta villa, y por el poniente con dichos ejidos. Dichas tierras libres están de empeño, enajenación e hipoteca y las vende en precio de 260 pesos de oro común, y sobre dichas suertes de tierras se han de quedar impuestos y cargados a censo principal, y de la renta que son 13 pesos, se ha de obligar el dicho Antonio Martínez Romano de entregar al señor cura que fuere de esta villa y su jurisdicción para la festividad del Señor San José, mientras tanto no redima el principal. Asimismo, se constituyó y nombró por patrón de esta festividad y por fin y muerte, sucedan en dicho patronato, sus hermanos y a falta de los susodichos lo han de ser perpetuamente sus parientes más cercanos; aceptando el comprador éstas y otras condiciones que se mencionan en el acta.
Sans titreEl Capitán Juan de Alfaro, vecino de la ciudad de los Ángeles y residente en esta villa de Córdoba, dijo que en virtud de sustitución de poder que le otorgó doña Josefa de Atienza Palacios, viuda del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, tutora y curadora ad bona de sus hijos, ha contratado con el Capitán Pedro López del Castrillo, vecino de esta villa de Córdoba, que devuelva un sitio de ganado mayor y las 4 caballerías de tierra que el citado Pedro de Trujillo y la susodicha le vendieron en precio de 4 400 pesos de oro común, los 2 000 de contado y el resto de la cantidad que quedó a censo sobre las tierras. Asimismo, dijo que por razones de que dichas tierras están distantes y otras razones que ambos han conferido, el citado López del Castrillo y el presente otorgante han convenido que Alfaro, a nombre de su parte, le ha de dar 12 caballerías de tierras que están situadas en el paraje que llaman el asiento de Tlacomulco, en términos de San Martín Tepatlasco [Tepatlaxco] jurisdicción de San Antonio Guatusco [Huatusco], con los linderos que se mencionan en el acta, a razón de los 2 000 pesos que había entregado al momento de la compra con el dicho alférez; y para mayor seguridad el Capitán Pedro López del Castrillo le pidió declaración de dicho contrato, por tal razón le cedió y otorgó escritura de dichas 12 caballerías de tierra, y de este modo otorgó carta de pago y cancelación del censo.
Sans titreEl Capitán Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que compró a Francisco de Barrios, vecino de esta villa, 10 caballerías de tierras que son el puesto y sitio de los asientos de Tlacomulco de esta jurisdicción, por precio 1 250 pesos, los 250 pesos que le pagó en reales de contado y los 1 000 que se obligó a pagar a los herederos del Alférez Pedro de Trujillo Villavicencio, por escritura otorgada en esta villa el 8 de mayo de 1700. Y ahora el Bachiller don José de Céspedes, Clérigo de Menores Ordenes, dice ser el legítimo dueño de dichos 1 000 pesos, respecto a que éste le vendió a doña Josefa de Atienza Palacios, viuda y albacea del Alférez Pedro de Trujillo y tutora de sus menores hijos, vecina del pueblo de San Andrés Chalchicomula, 23 mulas aparejadas de lazo y reata, en cantidad de 658 pesos, habiéndole dado los 342 pesos, cumplimiento de 1 000 pesos, de contado. Por lo cual, doña Josefa de Atienza Palacios transfirió en el Bachiller don José de Céspedes los derechos para la cobranza de los 1 000 pesos. En cuya conformidad el Capitán Juan Gómez Dávila reconoce como dueño de los 1 000 pesos al Bachiller don José de Céspedes y otorga que debe y se obliga a pagárselos al término y plazo de seis años con sus réditos.
Sans titreDon Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba, Regidor en ella por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas, otorga que da en arrendamiento a don Juan Gómez Dávila, vecino de esta villa, 6 caballerías de tierra pertenecientes a los propios y rentas de esta villa, a una legua de esta villa poco más o menos, en un ojo de agua saliendo de ella, que por la parte del norte lindan por una parte con tierras de dicho propios que tiene en arrendamiento a Nicolás Montero; y por el sur linda con las lagunas del potrero de esta villa, orillándose con la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiáhuitl]; y por otra parte linda con la barranca de Rio Seco; dichas 6 caballerías las arrienda por tiempo y espacio de nueve años, que empezaron a correr y a contarse desde esta fecha, por precio de 80 pesos por cada año; arrendandolas por tierras ciertas y seguras con sus pastos, aguas, abrevadores y con todo lo demás que le pertenece.
Sans titreEl Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba, dijo que habiendo venido a esta villa por el año de 1698 a diferentes negocios, con poder general del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de los Ángeles, con fecha en dicha ciudad a 10 de diciembre de 1697, para vender de contado, fiado o a censo cualesquier sitios de tierra, ranchos y otros bienes, en cuya virtud procedió a vender diferentes sitios de tierra propiedad de su hermano en esta jurisdicción, a distintas personas; y entre las ventas que hizo, se encuentran cuatro sitios para ganado menor, que contiene una merced hecha a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, y que recayó en dicho su hermano, su data en México a los 29 de abril de 1588, concedida por el Excelentísimo Señor Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España. Y respecto a que la tierra que comprenden los cuatro sitios de dicha merced, la vendió a diferentes personas, para que no haya dudas ni confusiones ha tenido a bien declarar a que personas se les vendió dichas tierras, por lo tanto, declara que el segundo y tercer sitio de las cuatro expresados en la merced, lo vendió al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino que fue de esta villa, bajo los linderos expresados en dicha merced, y por el precio y condiciones que se expresan en la escritura de venta otorgada en esta villa el 14 de febrero de 1698. El primer sitio de los cuatro contenidos en dicha merced, lo vendió a Gaspar Ramírez de Carvajal Benavente, vecino y Regidor de esta villa, y al Capitán don Francisco Cruzado, que es contra cimarrones y vecino de la Nueva Veracruz, de esta manera: 8 caballerías y media al Regidor y 6 caballerías a Francisco Cruzado, en las cantidades y condiciones, que expresa dicha escritura de venta otorgada en esta villa el 19 de febrero de 1698. Y del cuarto sitio expresado en la merced referida, vendió 8 caballerías al Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, por la cantidad y condiciones que expresa en escritura de venta otorgada en esta villa el 19 de febrero de 1698; y 6 y media caballerías, de este cuarto sitio, las vendió al Capitán don Gaspar del Monge y Mendoza, vecino que fue de esta villa, como consta en escritura de venta, su fecha a los 4 de marzo de 1698 en esta villa.
Sans titreEl Capitán don Francisco de Rivadeneira, residente en esta villa de Córdoba y vecino de la ciudad de Tepeaca, en nombre del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, su hermano, vecino de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, en virtud del poder general que le otorgó en dicha ciudad el 10 de diciembre de 1697; dijo que entre los bienes de su hermano se encuentran cuatro sitios para ganado menor en términos de Huatusco, que contiene una merced hecha a Gaspar de Rivadeneira, su abuelo, y que recayó en dicho su hermano, su data en México a los 29 de abril de 1588, concedida por el Excelentísimo Señor Marqués de Villamanrique, Virrey que fue de esta Nueva España. Asimismo, dijo que doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, viuda del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, le ha pedido le venda 4 caballerías y tres cuartos de tierras que hubo de sobra en la medida que hizo don Lorenzo de Cabrera, medidor, ante el Alcalde Mayor de esta villa, perteneciente a la de la hacienda nombrada de San Miguel, de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, que quedó por bienes de don Miguel de Leiva y que hoy tiene en propiedad doña Agustina Jaimes Dávila, para que todas queden unidas bajo la dicha medida y linderos que tiene permanentes. Dichas tierras, las dos y un cuarto de ellas, lindan por el sur con tierras de doña Agustina Jaimes Dávila; por el norte con el camino real viejo y con otra caballería y media de las mencionadas, que lindan con el arroyo del agua; y la otra restante, cumpliendo a las cuatro caballerías y tres cuartos, lindan con el río Blanco y tierras de doña Agustina Dávila, cortando línea recta a dar a dicho río Blanco. Por tanto, otorga que vende a doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, vecina de esta villa, las 4 caballerías y los tres cuartos de tierra antes mencionadas y deslindadas, libres de censo e hipoteca, por precio de 600 pesos horros de alcabalas.
Sans titreEl Regidor don Juan Valero Grajeda, vecino de esta villa de Córdoba y su jurisdicción por Su Majestad, como Procurador Mayor nombrado por los Señores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa, para todas sus causas y negocios, cobrar sus propios, arrendarlos y todo los demás que debe hacer cualquier procurador; otorga que da en arrendamiento a Diego Trujillo, vecino de esta villa, una caballería de tierra de las que pertenecen a los propios de esta villa, que está y comienza desde donde acaba la que tiene en arrendamiento Juan Íñiguez, corriendo por junto a un sempualegua [sic] grande, a dar al camino Real y barranca de Chocamán; y por el oriente va a dar a un llano nombrado Mata de Coyote. El arrendamiento lo hace por nueve años, que empiezan a correr desde el primero de junio pasado de este presente año, por precio de 12 pesos anuales.
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