Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Diego Antonio de Villegas, vecino de esta villa, caballería y media de tierra perteneciente a los propios de esta villa, en donde tiene su rancho de tabaco, en términos del monte de Totutla, que por el oriente linda con tierras que dicho cabildo tiene arrendadas al común del pueblo de Amatlán de esta jurisdicción; por el occidente linda con tierras que tiene arrendadas el Cabo de Escuadra Ignacio Díaz de Aday Perdomo; por el norte con el río de las Balsas; y por el sur con camino real que va para el pueblo de San Lorenzo y Juan García de León. Las arrienda por nueve años y 18 pesos anuales, bajo las condiciones que se mencionan.
Sem títuloTIERRAS
893 Descrição arquivística resultados para TIERRAS
Don Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a José Martín, vecino de esta villa, media caballería [de tierra] perteneciente a los propios de esta villa, [donde] tiene un rancho en el paraje nombrado [ilegible]. Por precio de 6 pesos 4 reales cada año, bajo las condiciones que se mencionan.
Sem títuloDon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento al Alférez don José de Tembra y Simanes [roto], vecino de esta villa, una tercia pate de caballería y algunas [varas] más de tierra de las pertenecientes a los propios de esta villa, en donde tiene fundado su rancho, en el paraje que está entre río Seco y los cerrillos que salen de la sierra de Matlaquiaguitl [Matlaquiahuitl], [ilegible] las cuales lindan por el norte con dichos cerrillos y tierras de Anastasia de Betancur y María Martínez; por el sur el dicho río Seco y Alonso de Gómez; por el oriente con dichos cerrillos; y por el poniente con dicho río Seco. Lo arrienda por nueve años y por precio de 4 pesos 4 reales cada año, bajo las condiciones que se mencionan.
Sem títuloAnastasia de Betancur, viuda de don Bartolomé de Estrada, difunto; junto con Ángela Francisca de Betancur, su hermana, doncella mayor de veintisiete años, hijas y herederas de Juan de Betancur, difunto, vecinas de esta villa de Córdoba; venden al Alférez don José de Tembra y Simanes, vecino de esta villa, una suerte de tierra que poseen las dos y que quedaron por bienes del padre de las susodichas, de la otra banda del río Seco, fronterizo de esta villa. La venden en precio de [ilegible].
Sem títuloDon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Felipe de Santiago Sánchez, vecino de esta villa de Córdoba, media caballería de tierra [ilegible] por tiempo de 9 años a partir del mes de marzo pasado, por precio de 6 pesos 2 reales en cada uno de ellos. Con la condición de no sembrar caña dulce en dicha tierra, sólo tabaco, ni hacer casas firmes ni permanentes.
Sem títuloEl Cabildo, Justicia y Regimiento de esta villa de Córdoba compuesto por el Capitán don Gaspar Rendón, Alcalde Ordinario de primer voto de esta villa por Su Majestad, presidente de dicho cabildo por ausencia del General don Francisco Espiguel de Ávila, Alcalde Mayor de esta villa, su partido y jurisdicción por Su Majestad y Teniente de Capitán General de ella; el Capitán de Caballos de Coraza don Juan Valero Grajera, Alférez Real, don Francisco de Aguilar y don Ignacio de Tembra y Simanes, los tres Regidores perpetuos de esta villa por Su Majestad; en nombre de dicho cabildo otorgan poder general al Señor don Francisco Antonio de Palacios y del Hoyo y, en segundo lugar, al Señor don José de Cienfuegos, Inquisidores Mayores del Santo Oficio de la Inquisición de este reino de la Nueva España, residentes en esta villa y próximos a viajar a los reinos de Castilla en las naos de guerra del cargo del Señor Jefe de Escuadra don Baltazar de Guevara, para que en su nombre puedan parecer ante el Rey Nuestro Señor, en su Real y Supremo Consejo de Indias u otro cualquier tribunal, y pidan y supliquen a Su Majestad se sirva de confirmar la sentencia que en vista y revista se sirvieron de pronunciar los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España a favor de este Ilustre Cabildo, en el pleito que les movió los Capitanes don Juan Mellado de Rivadeneira y don Gaspar Carlos de Rivadeneira, sobre el territorio que fue servido Su Majestad de hacerles merced para la fundación de dicha villa; asimismo, se sirva Su Majestad de honrarles y hacerles merced de los demás que fuere su real voluntad.
Sem títuloDon Ignacio de Tembra y Simanes, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, como Procurador Mayor de sus propios y rentas nombrado por su Muy Ilustre Cabildo en ella; otorga en arrendamiento a Manuel de Vera Betancur, vecino de esta villa, una caballería de tierra laborea y medio solar de las pertenecientes a los propios de esta villa, que por oriente lindan con Miguel Martín y Francisco Martín; por occidente con rancho que fue de Sebastián Morán, Marcos Trujillo y Molina y Pedro Ibáñez; por el norte con sabana perteneciente a dicho propios; por el sur con Salvador de Brito Lomelín. Hace el arrendamiento por nueve años y precio de 12 pesos 4 reales y medio en cada año, con las condiciones de no sembrar en dichas tierras caña dulce, sólo tabaco, y no construir casas firmes, entre otras que se mencionan.
Sem títuloDon Antonio Sobrevilla, Reconocedor General de la Real Renta del Tabaco de ésta, en nombre de don Antonio de Sesma, vecino de Orizaba, hizo exhibición de una copia testimoniada de varias diligencias practicadas sobre el particular de la escritura también inserta en ella, para que se registren en este libro, de la que consta que, en la ciudad de los Ángeles en 24 de septiembre del próximo pasado, don Antonio de Sesma necesitando de 21 000 pesos para el giro de su comercio y aumentar el valor de sus tierra y solares, que por suyos propios posee del [vínculo] del Marquesado de Sierra Nevada, situadas en las jurisdicciones de dicha villa; y noticioso de que las arcas del convento de religiosas de la Santísima Trinidad existía crecida cantidad perteneciente a tres [roto] de las reverendas Madres María Antonia de los Dolores, Bárbara de los Corazones de Jesús y María y María Joaquina del Loreto, hermanas, Religiosas de Velo y Coro en dicho convento; presentó memorial ante el obispo para que sirviese mandar a entregar la dicha cantidad por cinco año y durante ellos sus réditos de 4 por ciento con hipoteca de sus bienes; y dicha solicitud fue admitida y se le mandó librar al citado Antonio, con especial hipoteca de las tierras que posee y de dos solares uno en Orizaba y el otro en San Andrés Chalchicomula. Por lo que, dicho Antonio de Sesma se obligó a pagar la cantidad a las referidas madres en el referido tiempo, y para su seguro hipotecó los citados solares y las tierras situadas en la jurisdicción de Orizaba, las cuales están compuestas de ocho sitios, conocidos los cuatro por el Golfo y Volcán en que se contienen los parajes Guilotla [Huilotla], el Jacale, el Rodeo Viejo, el Comedero Nuevo, la Perla, Oxocotlán, el Chico y el Grande, el Golfo, las Pilas, la barranca de Mala Cara y Tlacotlale; otros dos sitios nombrados Xochitepec y la Lagunilla, y la dos dichas caballerías restantes se hallan en las inmediaciones de Orizaba en el paraje que llaman Tlachichilco, y que dicha hipoteca la hace sin que se le impida vender, censare, gravar ni enajenar las fincas.
Sem títuloEl Capitán Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario en esta villa de Córdoba, otorga poder general a Juan Fernández de Viana, residente en esta villa, vecino del pueblo de Quichula [Quechula], para que en su nombre pida y cobre judicial y extrajudicialmente de doña Josefa de Atienza Palacios, vecina del pueblo de San Andrés Talchicomula [Chalchicomula], y de sus bienes, albaceas, herederos y de quien y con derecho pueda, 2 000 pesos de oro común, los mismos que importaron unas tierras que le vendió en el paraje que llaman Panzacola, jurisdicción de esta villa, por suyas propias y de Pedro de Trujillo Villavicencio, su marido, y al presente se las han quitado por el Juzgado General de Bienes de Difunto de esta Nueva España para el Bachiller don Sebastián de Torija Ortuño, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles a quien se remataron por dicho tribunal, y se las ha comprado segunda vez como consta de instrumentos.
Sem títuloDe una parte parecieron el Capitán Nicolás Pezellín Vaca, vecino del pueblo de Orizaba y dueño de este rancho y sus tierras, por remate que obtuvo de los bienes de don Francisco de Santana Irimo; y de la otra parte don Diego Martín, Gobernador del pueblo de Santa Ana Sacan [Zacan] de dicha jurisdicción; don Tomás de la Cruz, don Antonio de Aranda, sus alcaldes; Diego Martín y Juan Diego, Regidores Mayores; Miguel de la Cruz y Miguel Antonio, Alguaciles Mayores, en voz y nombre de los demás principales, común y naturales de dicho pueblo; dijeron que ayer 31 de enero en virtud de Real Provisión de los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, fechada en la ciudad de México a los 7 de julio 1705, se le dio posesión al dicho Capitán Nicolás Pezellín Vaca de este dicho rancho y sus tierras, que por la parte del poniente lindan con las 600 varas del dicho pueblo de Santa Ana Sacan [Zacan] y arroyo de Aljujuca [Aljojuca], en que dicho pueblo se halla ceñido sin tener tierra para sus sementeras por ninguno de los cuatro vientos, y solo le queda un llano y pedazo de tierra en que hasta hoy simbraban, desde dicho arroyo hasta un abra que llaman el Puertesuelo y tierras de Tocuila cercadas de serranías, cuyo llano y tierras también se le dieron en posesión a Pezellín, quedando los naturales desposeídos. Y por excusar litigios, costos y gastos, han convenido con el Capitán Pezellín en comprarle el dicho pedazo de tierra que va deslindado desde dicho arroyo se Aljojuluca [Aljojuca] y abra del Puertesuelo cercado de serranía, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.
Sem título