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              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0024 · Unidad documental simple · 1822/04/12
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Guillermo de Espino, labrador en esta jurisdicción, otorga que debe a don Juan Francisco de Abaroa, de este comercio y vecindad, la cantidad de 4 731 pesos parte del valor de los efectos y existencias de la tienda que fue de la administración de don José de la Cotera, situada en la calle Real de esta villa, la cual le han traspasado en cantidad de 5 731 pesos, según el avalúo hecho por los peritos inteligentes don Manuel Garcés y don José María Hoyos. De los que, habiendo exhibido de pronto 1 000 pesos, se obliga a satisfacerle la primera suma en el término de un año, el cual debe contarse desde el día 15 de marzo próximo pasado, haciendo en él tres abonos de iguales cantidades que se mencionan en el acta. Y dándose por recibido de dichos efectos que percibido su hermano y socio en dicha negociación don Antonio José Peredo, no habrá la menor falta en los referidos abonos, pues a ello se obliga como el también referido su socio; quienes de mancomún acuerdo hipotecan las existencias y efectos en la referida tienda, para no poderlos enajenar hasta no estar pagada deuda a don Juan Francisco de Abaroa, actual dueño de la casa donde está ubicada la tienda; además pagará 30 pesos mensuales por la casa, contados desde el seis de marzo próximo pasado hasta 1823 y posteriormente abonará 5 pesos más en cada un mes, en razón al armazón, tapanco y demás muebles anexos a la tienda.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0027 · Unidad documental simple · 1822/05/10
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Félix Peino de Bustamante, vecino y del comercio de Perote, otorga que vende, cede y traspasa en favor de don José Pedro Puey, también de la misma vecindad, una casa mesón, situada en el pueblo de Perote, que hace su frente principal a una Plazuela, salida para el camino de México hacia el sur, y casas y terrenos de los Córdobas; por un costado linda con casa que fue de don Jerónimo Alcalde, y por el otro tiene aumentado un gran pedazo de terreno que antes ya poseía el otorgante. Cuya finca que es de paredes, cubierta de madera y azotea, de edificio bajo, es la misma que el otorgante compró de don Mariano Ramón Villa, uno de los hijos y herederos del finado don Francisco Villa, quién le perteneció por escritura pública a su favor en la capital de México el 25 de septiembre de 1809. Y el terreno agregado antes referido lo hubo y también lo compró el otorgante del reverendo padre fray Pedro Martínez del orden de San Hipólito Mártir de México, por escritura pública que como tal procurador le otorgó en el mismo pueblo de Perote el 18 de abril de 1807. Dicha finca la vende por la cantidad de 5 000 pesos que le ha de pagar en el término de siete años, que deben correr y contarse desde esta fecha y en cada año le ha de contribuir el 5 por ciento hasta el día de su redención. Y el comprador no sólo se obliga a pagar la cantidad citada, sino también los 3 000 pesos a que ha ascendido el traspaso de la tienda que hay en la casa, existencias, armazón, enseres y útiles todos de ella. Y para la seguridad de la deuda, hipoteca la mencionada casa mesón y todos sus enseres, como las existencias de la tienda; añadiendo en favor de Bustamante la acción expedita que tiene contra la hacienda Santa Clara el Portezuelo, alias Santa Gertrudis, ubicada en jurisdicción de San Juan de los Llanos, por cantidad de 8 000 pesos, según escritura de imposición de ellos, que en su favor y de sus difuntos hermanos les otorgó don Manuel González Solares, en el mismo pueblo de San Juan de los Llanos, el 4 de diciembre de 1806.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0152 · Unidad documental simple · 1823/10/11
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Francisco Fernández y Agudo y don Juan de la Piedra, de este comercio y vecindad, otorgan que establecen una compañía de intereses, contenida en una tienda mestiza que tiene Fernández en esta villa, en la esquina de la Plaza principal y calle Real, en los bajos de don José María de Goiri, bajo las siguientes condiciones: primero, Fernández y Agudo dota del principal con que se establece esta compañía, que es de 4 000 pesos el cual se completará sobre el valor de las existencias que tiene la tienda con lo que vaya produciendo las ventas, y Juan de la Piedra por su parte la industria, administración y trabajo personal. Segundo: la compañía es por tiempo de tres años, contados desde esta fecha y en el que Juan de la Piedra ha de llevar una tercera parte de las utilidades que hubiere, desde el día en que se complete integro el principal de 4 000 pesos. Tercero, anualmente se hará un reconocimiento, para saber el estado que guarda la negociación y si esta no presenta ventajas, puede Fernández y Agudo disolver y dar por concluido la compañía. Cuarto, Piedra no podrá dar fiado por más de 200 pesos. Quinto, Piedra tampoco deberá ausentarse de esta villa sin consentimiento de Fernández, caso contrario, se anulará la compañía, ni Fernández deberá sacar dinero de la masa de la negociación. Piedra, no hará contrato alguno que no sea referente a la tienda. Sexto, Fernández solo intervendrá para hacer compras de géneros. Séptimo, Piedra, podrá disponer de los sirvientes que se encuentren en la negociación, también llevará los cuadernos de cuentas diarias de la tienda. Octavo, en caso de que Fernández encuentre anomalías de su socio, y a éste le resulte quebranto de la compañía, tendrá la libertad de separarlo de ella. Asimismo, es condición dar copia de este contrato a la diputación consular, para su debido conocimiento. Ambos otorgantes, señalan que se obligan a cumplir lo estipulado en este contrato.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0158 · Unidad documental simple · 1823/11/22
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Dionisio Camacho, de este comercio y vecindad en representación de doña María Guadalupe de la Pedreguera y de su marido don José Simón de la Portilla, vecinos de la capital de México, por la presente otorga que da en arrendamiento a favor de don Manuel Torres y Otero, emigrado del comercio de la Nueva Veracruz, toda la planta baja de la casa que dicha señora posee en esta villa, en la esquina de la plaza Principal y calle de Velen [Belén], con inclusión de las viviendas que tienen puerta. Dicho arrendamiento es por el tiempo de cuatro años, que deben contarse desde el día primero de los corrientes y terminará el 31 de octubre de 1827, por la cantidad de 90 pesos mensuales. Y el inquilino se obliga a devolver los armazones de la tienda y almacén contiguo, mostradores y cielos que pertenecen a la casa, en el estado que hoy guardan; además ha de pagar de pronto por sus avalúos, las cortas existencias que hay en la trastienda y el valor de los polines que hay en las bodegas y recibirá un inventario de los trastes y artefactos de la panadería, así como las llaves de las puertas del inquilinato.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO Y REAL INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0081-PX_0081_0160 · Unidad documental simple · 1824/12/22
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Jorge de la Serna, vecino y del comercio de la Nueva Veracruz, residente en esta villa, como apoderado que fué del finado don Felipe Muñoz, que fue del mismo comercio, y encargado de la realización del cobro y pago de sus bienes, por carta que le dirigieron sus albaceas doña Ana María Maza, viuda, y don Juan José de Irigoyen, dijo que por cuanto el difunto dejó el giro de su comercio en una pulpería en casa de la pertenencia del finado don Salvador Carrau, en la primera calle de la Caleta, esquina y costado a la primera calle de la Pastora, habiendo liquidado y ajustado la renta que de ella se debía, hasta el primero de agosto último, con sus hijos y albaceas; don Miguel y don Felipe Carrau han convenido de que el monto de la deuda se fije en 1 402 pesos, 6 y medio reales, con la calidad de que por no haber reales efectivos de la pertenencia de Muñoz para su pago ejecutivo, se le aseguren e hipotequen con distintos bienes de Muñoz bajo las condiciones que se mencionan en el acta.

              JUAN FRANCISCO CARDEÑA, ESCRIBANO PÚBLICO INTERINO
              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0068-PX_0068_0095 · Unidad documental simple · 28/07/1804
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Manuel de Allen y don Juan Antonio Pardo, ambos vecinos de esta Villa, dijeron que desde el año pasado formaron compañía de comercio en el manejo de una tienda, que el primero abrió con sus propios fondos en esta Villa, al manejo, cargo y cuidado del segundo, y considerando que no tienen documento o escritura fehaciente de la compañía, en caso de fallecimiento de alguno de ellos podría originarse grave perjuicio en la liquidación de los intereses girados y división de los que legítimamente les correspondiere a cada uno, en cuya virtud otorgan que forman dicha compañía bajo las cláusulas y condiciones que se mencionan en esta escritura.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0093 · Unidad documental simple · 06/06/1806
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Bartolomé Álvarez, natural de San Esteban de Cambio, Obispado de Florencia, hijo de don Manuel Álvarez y de doña Mariana de Novo, otorga su testamento en donde declara que en el año de 1787 contrajo matrimonio con Gertrudis Muñiz y no llevó dote alguna, pero después por muerte de sus padres heredó en ganado vacuno y otros útiles 949 pesos y 3 reales, y él tenía en aquel tiempo la cantidad de 1 500 pesos, procrearon a Gertrudis Álvarez, él se casó por segunda vez con doña María de Jesús Vela, de quien percibió 200 pesos, procrearon 9 hijos, dentro de los bienes que posee se encuentra una tienda mestiza, un ranchito de ganado mayor, nombra por sus albaceas a su esposa María de Jesús, a don Juan Manuel Vela y a don Diego Briseño.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0070-PX_0070_0160 · Unidad documental simple · 18/09/1806
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Juan de Tejada y Miñón, vecino de esta Villa, dijo que su tío Vicente Miñón, vecino de la Capital de México, le confirió poder especial que utiliza para señalar que el Teniente del Regimiento de Infantería don Gabriel Miñón trata de reducir los esponsales que tiene celebrados con doña María Teodora Carasa, de esta vecindad, por lo que se obliga a reconocer la cantidad de 6 000 pesos, regulado por vía de depósito irregular. Señala por hipoteca una tienda mestiza que posee junto con don José Pereira de Castro en los portales del mesón que nombran de las Ánimas en la Plaza Pública, sociedad en la que introdujo 12 000 pesos, en cuya razón Pereira compareció para señalar que estaba de acuerdo en lo expuesto por el otorgante, comprometiéndose a respetar las condiciones que se mencionan en esta escritura.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0071-PX_0071_0213 · Unidad documental simple · 23/11/1807
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don José Fermín Palomino, vecino y del comercio de esta Villa, otorga que debe a don Alonso Usal y García, la cantidad de 6 959 pesos 2 y medio reales por el traspaso de una tienda de géneros y comestibles, propia de Usal, a su tienda ubicada en esta Villa, de los cuales, el otorgante se compromete a satisfacer lo antes posible a don Ramón Bandala, la cantidad de 921 pesos 5 octavos de real, suma total que adeuda el señor Usal. En condición del remanente líquido que queda a favor del expresado, se los ha de satisfacer en el año de la publicación de la paz o suspensión de la guerra que tiene la Nación Española con Inglaterra. Por último, queda manifiesto, que mientras no pase tal evento, el otorgante se obliga efectuar a favor del citado Usal, su manutención, lavado de ropa y luz necesaria, sin que tales acciones puedan cargarle o descontarle del total del principal.

              Sin título
              MX UV.USBIX ANX-P-0067-PX_0067_0035 · Unidad documental simple · 14/04/1803
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Domingo Franceschi y don Matías Martínez de Espinosa, vecinos y del comercio de esta Villa, declaran que desde el 28 de mayo de 1802 tienen compromiso de compañía en la tienda de don Francisco Javier Sáenz de Santa María por el tiempo de 4 años o más, quien pagará mensualmente a dicho Santa María 25 pesos, por los efectos, armazón y demás muebles traspasados para la tienda, y habiendo pagado todo por sus avalúos y cumplido el término se ha de valuar sólo el armazón del que ha de entregar su importe dicho Santa María, con los demás muebles correspondientes, como balanzas, marcos, varas y tijeras. Se ha de pagar a cuenta de la compañía la casa y de igual modo 6 pesos mensuales a Franceschi por las dos piezas que se le agregó a la tienda, bajo las condiciones que se mencionan en la escritura.