Fernando Montero, Receptor Arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa y su agregado Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Tetela, Papantla y Jonotla, dijo que para la buena administración de ella necesita nombrar personas de su satisfacción y confianza, en cuya virtud otorga poder a don José de Espinosa, residente en Teziutlán, para que en su nombre administre, recaude y cobre las reales alcabalas que se hubieran causado desde el 29 de enero de 1724, así también para que cobre sobre el repartimiento de mulas, caballos y otras cosas.
TETELA, JURISDICCIÓN DE
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Los Capitanes Juan Antonio de Arce y Arroyo, José Robledano de Cardeña y Juan Antonio de Zavalza, junto con Laureano Fernández de Ulloa, vecinos de este pueblo, informan que Juan Martín de Zurbano, cedió a los vecinos del pueblo de Jalapa las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Tetela, Jonotla y Papantla que se remataron a su favor, por lo que los declarantes se constituyen en fiadores y principales pagadores, obligándose a pagar en las Reales Cajas de México, la cantidad de 40, 000 pesos, dando 8, 000 pesos anuales durante 5 años, periodo en el cual dura la administración de dichas alcabalas.
Los Capitanes don Bartolomé de Castro, don José Robledano de Cardeña, don Manuel de Olmedo, junto con los vecinos y naturales de este pueblo de Jalapa, se comprometen realizar el cobro y administración correspondiente de las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, Tetela, Jonotla, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa y Papantla, designando para tal acción a don Laureano Fernández de Ulloa, en compañía del Capitán don José Robledano de Cardeña, don Gregorio Fernández de Mantilla y don Juan Antonio de Zavalza.
Don José Robledano de Cardeña, don Manuel de Olmedo, el Capitán don Gregorio Fernández Mantilla y el Capitán don Juan Antonio de Zavalza, miembros de las Compañías de Caballería e Infantería de Españoles Milicianos, de este pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, para que los presente como fiadores en las posturas, pujas y mejoras de los arrendamientos de las reales alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Papantla, Tetela y Jonotla. Por el periodo de 5 años, en las cantidades de pesos que acuerde.
Juan Bravo de Alarcón, vecino de Jalapa, otorga poder especial al Alférez Pedro Román, vecino de la Ciudad de México, para que en su nombre y representación comparezca ante el Tribunal de Reales Alcabalas y pida, en virtud de la mejora que tiene hecha, se le haga el remate de las Reales Alcabalas de esta jurisdicción, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Jalacingo, Tetela, Jonotla y partido de Papantla.
Don Fernando Montero, Receptor Arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa y su agregado Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Papantla, Jonotla y Tetela, dijo que ante el provisor de este Obispado tiene puesta demanda para que dé providencia de que el Bachiller Miguel Benítez de Hinojosa, Cura de San Salvador el Seco pague la alcabala que causó en la venta que le hizo el Bachiller Tomás de Malpica, de la hacienda y molinos en términos de esta jurisdicción, que se ha negado pagar, y por ello es necesario seguir dicha demanda y al no poder hacerlo personalmente otorga poder especial a don Francisco Ignacio de Erauso, prebendado de la Iglesia Catedral de la Puebla para que continúe y fenezca el mencionado asunto.
Fernando Montero, Receptor Arrendatario de las Reales Alcabalas de la jurisdicción de Jalapa y su agregado Jalacingo, Teziutlán, San Juan de los Llanos, Tetela, Papantla y Jonotla, dijo no poder acudir a la recaudación y cobro de ellas en todas las Jurisdicciones, por lo que es forzoso encomendarlo a personas de su satisfacción, en cuyo caso otorga poder a don Jerónimo de Castro, residente en Jalapa, para que en su nombre recaude las alcabalas que se causen en todas las jurisdicciones dando recibos y cartas de pago por ello.
Los Capitanes José Robledano de Cardeña, Manuel de Olmedo, Bartolomé de Castro, Juan Montañés de la Cueva, y demás personas por quienes prestan voz, informan que se pregonaron las alcabalas de esta jurisdicción, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Atempa, Tetela, Jonotla y Papantla, y por estar próximos a cumplirse su arrendamiento, dichos otorgantes han determinado sacar las alcabalas, de manera separada, por lo que otorgan poder especial a Juan de Lucena, para que los obligue a pagar las cantidades de pesos en que se rematen dichas alcabalas.
Los Capitanes José Robledano de Cardeña, Bartolomé de Castro, Manuel de Olmedo, los Alférez Laureano Fernández de Ulloa y José Antonio de Acosta, vecinos de este pueblo, otorgan poder especial a Juan de Lucena, para que los obligue como fiadores, en cualquier cantidad de pesos, en el remate de las alcabalas de esta jurisdicción, Teziutlán, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Atempa, Tetela, Jonotla y Papantla, que se hará en la Real Almoneda de la Ciudad de México.
Don Laureano Fernández de Ulloa, vecino de este pueblo, otorga poder especial a don Domingo de Villanueva, natural de España y residente en la Ciudad de México, para que comparezca en la Real Almoneda de la Ciudad de México, donde se remataran las reales alcabalas de la jurisdicción de Jalapa, Jalacingo, San Juan de los Llanos, Teziutlán, Papantla, Tetela y Jonotla, haciendo las posturas que convengan y le parezcan.