Don Juan Bautista Ustáriz, Caballero de la Orden de Santiago, Conde de Reparaz, hijo legítimo de don Juan Bautista Ustáriz y de doña María Francisca Gastelu, difuntos, dueños que fueron del palacio de Reparazea en Oieregi en el reino de Navarra, de donde es natural, vecino de la Ciudad de Cádiz y residente en Jalapa, viudo de doña María Pascuala de Arestegui, otorga poder para testar a don Eligio Ustáriz, en esta Nueva España, y en España a don Juan Felipe Ustáriz, Caballero de la Orden de Santiago, al Doctor don José Martínez de Guzmán, Canónigo Magistral de la iglesia de Cádiz y Conde de Guevara, a don Gaspar Antonio Leal y al Marqués de Echandia; como albaceas y herederos universales nombra a sus hermanos don Juan Felipe, don Juan Francisco y don José Joaquín Ustáriz.
TESTAMENTOS
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Don José Biros, Cirujano del Segundo Regimiento fijo de la Corona de Nueva España, natural de Altrón, Obispado de La Seu D´urgell, del principado de Cataluña e hijo de don José Biros y de doña Magdalena Lluch y Biros difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: señala no es ni ha sido casado, nombra por albaceas, tenedor y comisarios a Pedro de Amunarriz y a falta de éste a don Juan de Castilla, asimismo los nombra herederos.
Doña Josefa Andrea de Godoy, vecina de la Nueva España, residente en esta Villa, otorga su disposición testamentaria en donde declara fue casada con don Pedro Antonio de Zavala [y Zengotieta] con quien procreó cuatro hijas. Manda a sus albaceas recojan los 936 pesos de dote que su hija entregó cuando se casó con don Francisco Antonio Zapata y agregar esta cantidad a lo que resulte de herencia a su nieta doña María Josefa de Zapata; además, otros 200 pesos que le corresponden de herencia de su difunto padre. Su esposo la nombró como su albacea por lo que ella dio poder general a su hijo político don Benito Blanco para que concluya dicha disposición, así también ordena que maneje el giro de su casa. Nombra por sus albaceas a don Juan Bautista Izaguirre, a don José Mariano de Almanza y a don Manuel Antonio Ysasi, a quienes recomienda concluyan el pago de dictas a Leanis Barrutía y de Echeverría.
Don Pedro Díez de la Barrera, Correo Mayor de Nueva España y Alcalde Mayor de Jalapa, habiendo visto el testamento hecho ante testigos por Pedro de Betancurt, dueño de la Venta de las Vigas, y la información dada por el Licenciado Alonso Pérez de Herrera, su albacea, le dio por testamento válido y cumplido, y mandó se le dé el traslado autorizado en pública forma y manera que haga fe.
Juan de Soto Noguera, vecino de esta villa, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición, natural de Santiago de Cangas, arzobispado de Santiago en el Reino de Galicia, hijo legítimo de don Juan Noguera y de Marta de Avendano [Avendaño], difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda se digan doscientas misas rezadas por su intención, cargos de conciencia que pueda tener, y otras cien misas rezadas de que pueda ser encargo. Ítem manda se digan otras cien misas rezadas por su alma. Declara que debe a Benito Rendón 139 pesos, de los cuales manda se paguen; debe también a los bienes de Juan Sánchez Niño de Guevara 90 pesos; debe a Nicolás del Castillo 25 pesos; debe a Pedro Trillo [de Figueroa] 25 pesos; debe a Martín Gómez 50 pesos; debe a Joseph Gómez Dávila 100 pesos; debe a Antonio Fernández de Obregón 150 pesos. Por otra parte, señala que Juan García de Miranda, vecino de esta villa, le adeuda 1 766 pesos 6 reales procedidos y causados de la hacienda que le compró. Declara por sus bienes la casa de su morada, de piedra y madera, la cual es realenga y libre de todo gravamen; un negro esclavo nombrado Francisco y una negra nombrada Dominga. También declara por sus bienes un rancho en esta jurisdicción, que cuenta con 12 caballerías de tierra; en él tiene fundado casas y sembrado caña. Ítem declara se halla con una merced de 5 sitios de tierra de la otra banda del río Blanco, otorgada por el Virrey de esta Nueva España, de la que no ha hecho posesión ni diligencia por sus cortedades. Ítem declara tener una casa y dos molinos en su lugar y Reino de Galicia. Ítem declara que fue casado con Thomasa [Tomasa] Rodríguez, difunta, natural de esta villa, con quien procreó a Gertrudis, Margarita, Catalina, María, Juana Teresa y Juan de Soto. Nombra como albaceas testamentarios a don Joseph [José] Gómez Dávila, a Miguel de Prado y a Pedro García de Miranda, vecinos de esta villa, y a Joseph [José] Gómez, por tenedor de bienes. Nombra como herederos universales a sus hijos y por curador y tenedor de sus personas y bienes a dicho don Joseph [José Gómez].
Zonder titelPedro López de la Cruz, hijo legítimo de Gerónimo [Jerónimo] López y de Francisca Rodríguez de la Cruz, vecinos de los Llanos en la isla de la Palma, una de las Canarias, de donde es natural y vecino de la villa Córdoba, otorga su testamento en la forma siguiente: ordena se den limosnas a los lugares santos. Declara estar casado con María Urbalana, que vive en la ciudad de la Laguna en la isla de Tenerife, una de las Canarias, asimismo, dijo no recordar la dote que ella llevó, pero lo que fue se le quedó a ella cuando él se vino a la Nueva España. Durante dicho matrimonio procrearon a Francisca. Dijo que adeuda al Bachiller Juan [Yáñez] Ortega de la Paba, Cura de esta villa; a Ana Martínez, quien le dio una carga de tabaco fino para que lo remitiese con el suyo y que se vendiese por su cuenta; tiene cuentas con Alonso Rodríguez, aquien le tiene remitidas quince cargas de tabaco fino; el Capitán Bartolomé Sánchez de Orduña, vecino de la ciudad de los Ángeles, le debe 444 pesos de alcance de cuentas. También le deben Nicolás, hijo de Nicolás Sánchez; Juan Daza; Tomasa, la de los 2 caminos; Salvador Pérez Padrón, trajinante de la carrera de Tabasco. Declara que él debe a Bernardo López de Narea. Señala tiene hecho cuatro jacales en tierras ajenas y en ellas dos rosas para sembrar tabaco y una fanega de maíz sembrado, además de diversa herramientas, cinco caballos, otros bienes y trastos de que se hará inventario. Instituye como albaceas a [Jacinto] Pérez Padrón y a Antonio [Sebastián Pérez Padrón], su primo. Nombra como heredera a su hija Francisca, y por fallecimiento de ésta a sus padres. Manda que si Sebastiana, huérfana que se ha criado en casa de Jacinto Pérez Padrón, se casara con Manuel Gómez, sirviente suyo o con otro hombre honrado, si este casamiento no se realizará, manda se le den 100 pesos, un bernegal, seis cucharas de plata y otros bienes.
Zonder titelEl Licenciado don Juan [Yáñez] Hortega [Ortega] de la Pava, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico de esta villa de Córdoba, otorga su testamento en la manera siguiente: Declara que desde hace trece o catorce años es Hermano de la Religión de Santo Domingo, ordena que al fallecer envíen noticia a dicha religión para que se le socorra por su alma. Señala que por fin y muerte de Lope Hernández López y de doña Ana de Ortega de la Pava, sus padres legítimos, difuntos, vecinos que fueron de la ciudad de los Ángeles de esta Nueva España, naturales de la villa de Guadalcanal en la Extremadura Reinos de Castilla, quedaron algunos bienes raíces, y por consenso entre él y sus hermanas, ellas no tenían hijos, y hallándose en congrua bastante para su sustentación, decidieron donar dichos bienes a Cristóbal Yáñez de Ortega, su sobrino. Declara por bienes un censo redimible que a su favor impuso Antonio Rodríguez, por cantidad de 1 000 pesos; unas casas de su morada; las piezas de esclavos siguiente: Juan Ramírez, mulato blanco, de treinta y cinco años; Catalina de San Antonio, mulata de dicha edad; Felipe, mulato de edad de diecisiete años; Miguel de catorce; Manuel de dos; los tres últimos hijos de la dicha Catalina de San Antonio; Josefa, mulata herrada, de edad de 22 años. También declara por bienes los 3 300 pesos de oro común que le debe el Capitán José Blanco, vecino de esta villa, a quien le prestó cuando compró el trapiche del General don Diego Ortiz de Largacha; otros 1 000 pesos que le adeuda Francisco de Solís, Alguacil de esta villa, que le prestó para el despacho de la presente flota. Es su voluntad que después de su fallecimiento y el de sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega, los dichos Juan Ramírez y Catalina de San Antonio, sus esclavos, queden libres perpetuamente de toda esclavitud. Nombra albaceas a sus hermanas María de Ortega [y] Bonilla y Catalina de Ortega [y Funes] para que entren en sus bienes y los vendan; y del remanente que quedara nombra por sus herederas a las susodichas para que disfruten los bienes en partes iguales.
Zonder titelDon José de Ugarte, vecino de este pueblo de Jalapa, dijo que por cláusula de testamento de don Francisco González, natural de los Reinos de Castilla y vecino que fue del pueblo de Apan, en este Reino de Nueva España, mandó que de su caudal se impusieran 500 pesos a satisfacción del Síndico del Convento de San Francisco de este pueblo de Jalapa, por vía de simple limosna, para que de sus réditos se le cantase una misa anualmente el día del Santo Patriarca, y por la presente el Reverendo Padre Guardián y Religioso de este dicho Convento, don Bartolomé Salvo, hace la aceptación por vía de limosna simple, obligándose a satisfacer la voluntad del testador. Por lo que otorga que vende realmente a favor del Síndico del Convento de San Francisco, 25 pesos de oro común de censo en cada un año que impone sobre todos sus bienes.
Don Juan Bautista Ustáriz, Conde de Reparaz del Orden de Santiago, natural del lugar de Oieregi, hijo legítimo de don Juan Bautista Ustáriz y doña María Francisca Gastelu, otorga su testamento en donde nombra albaceas a don Eligio Ustáriz, don Gaspar Antonio Leal, don Antonio Sáenz de Santa María y don Gaspar de Morales, de la Orden de Santiago, residentes en este reino de la Nueva España; en Cádiz al señor Marqués de Echandia, don Francisco de San Ginés, al Doctor don Mateo de Guzmán, Canónigo Magistral de aquella iglesia, y al Señor Conde de Guevara; y en la ciudad de Madrid a su hermano don Juan Felipe Ustáriz, de la Orden de Santiago. Como herederos nombra a don Juan Felipe Ustáriz, a don Juan Francisco, a don José Joaquín y a don Juan Miguel Ustáriz, sus hermanos.
Don Adrián Fayette, natural del pueblo de Estibaus, obispado de Daggs, en los Reinos de Francia y residente en Jalapa, hijo legítimo de don Hernando Fayette y doña Margarita de Molea, difuntos, otorga su testamento donde nombra como albacea a don Francisco Fayette, su hermano, residente en esta Nueva España; a don Miguel de Miranda, residente en Jalapa, a don Juan Santiago Lobo, quien navega con él para España, a don Juan Ignacio de Vértiz, residente en Pamplona, Reino de Navarra, y como herederos universales a sus hermanos carnales de padre y madre.