Testamento y última voluntad otorgada por el Bachiller Alonso Rodríguez de Herrera, vecino de la Villa de Lobon, hijo legítimo de Catarina Hernández y de Hernán Martín de Herrera, difuntos, vecinos que fueron de la dicha villa de Lobon, en Castilla, provincia de Extremadura. Declara por sus bienes los salarios que le deben en la Real Caja de 11 años, una suerte de caña de hacer azúcar, 29 cabezas de ganado, cinco bueyes de arado, cinco toretes, una recua de mulas y machos, un perol grande de cobre, siete esclavos y uno más que tiene en depósito. Nombra albaceas a José Ruiz de la Mota y a Juan González de Herrera, para que entren en sus bienes, los vendan y rematen; y como herederas designa a Josefa de Olivares y a Mariana de Herrera, sus sobrinas, hijas legítimas del citado Juan González.
TENIENTES
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El Teniente don Luis Martínez de Figueroa, que lo es de una de las Compañías Milicianas Españolas de esta villa, dijo que el 9 de agosto de 1717 don José Manuel de Castro, vecino que fue de esta villa, le otorgó su poder general para que administrase y gobernase su hacienda de beneficio de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua en jurisdicción de esta villa. Por las tantas ocupaciones que tiene no puede asistir al cargo, por lo cual se exonera de él para no usar de ahora en adelante.
Juan Álvarez de Pineda, vecino de esta villa de Córdoba y natural de la ciudad de Sevilla en los reinos de Castilla, hijo de Juan Álvarez del Pino, difunto, y de Francisca de Pineda, que vive en la ciudad de Sevilla; y Teresa Hernández, su mujer, hija de Juan Hernández y de doña Sebastiana de Madrid, vivos. Ambos se otorgan poder mutuo para testar, junto con el Teniente don Esteban de Naval y Pintos, señalando que el que sobreviva de los dos y en el término que la ley 33 de Toro dispone haga su testamento con las mandas y disposiciones que se tienen comunicados. Mandan sean amortajados con el hábito y cuerda de San Francisco y sepultados en la iglesia parroquial de esta villa, el cuerpo de Juan en la capilla de Nuestras Señora de la Soledad y el de Teresa en la capilla de Nuestra Señora del Rosario. Habrá tiempo de un año que contrajeron matrimonio, llevando Teresa por dote 1 800 pesos que sus padres le dieron a Juan, pero no entregó recibo. Juan señala que sus dependencias de lo que debe y le deben constará por libro de cuentas. Nombra por su albacea al Teniente don Esteban de Naval y Pintos, su tío, y al último que quedaré de ellos dos, nombra por tenedor de bienes a dicho teniente. Juan nombra por heredera a doña Francisca de Pineda, su madre, y en caso de que fallezca antes que él en su lugar nombra a Teresa, su mujer; y Teresa nombra por sus herederos a Juan Hernández y a doña Sebastiana de Madrid, sus padres, y del remanente de sus bienes a su marido.
Sans titreDoña Gertrudis de Soto Noguera, vecina de esta villa de Córdoba, mujer legítima del Teniente don Luis Martínez de Figueroa, de la Compañía Miliciana Española de esta villa, con licencia y expreso consentimiento de su marido, ambos otorgan que venden a Sebastián Rodríguez, vecino de esta villa, una esclava negra nombrada Josefa Manuela, criolla de la Nueva ciudad de la Veracruz, de dieciocho años de edad poco más o menos. La misma que doña Gertrudis hubo y compró de Juan de Guzmán, vecino de dicha ciudad de la Veracruz, por escritura su fecha en dicha ciudad a 25 de mayo de 1720, ante José de Orduña, Escribano Público de dicha ciudad. La vende en precio de 350 pesos de oro común en reales.
Sans titreMiguel de Leyba, Joseph [Gómez Dávila, vecinos de esta] villa de Córdoba; Joseph [José] de Leyba [Leiva] y el Capitán Joseph de Leyba [José de Leiba y Esparragosa] [roto] dijeron que el Alférez Antonio de Ábrego Esquivel, [Teniente General] de esta villa, para obtener dicho nombramiento de teniente necesitó la cantidad de 4 000 pesos que ofreció al Capitán don Antonio Orejón de la Lama para gracia del nombramiento, cantidad que buscaron conseguir el dicho Alférez Antonio de Ábrego, doña Ana Dávila Valero, su mujer, y el Alférez Miguel Jiménez de Bonilla, vecino de la jurisdicción de Tlaxcala al pago de Nativitas, por medio de un poder otorgado al Capitán don Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa, para que por dicha cantidad y algo más les pudiese obligar con hipoteca de nueve piezas de esclavos y una casa de obraje en la ciudad de Cholula. Y reconociendo los otorgantes la necesidad de con que se [hallaban], por vía de amistad y buena obra remitieron orden por carta al Capitán don Diego López de Luna, en que le pidieron supliese y tuviese en su poder los 4 000 pesos para entregarlos a finales de abril de este año, lo que en efecto hizo, quedándoselos a deber dicho Alférez Antonio de Ábrego, Miguel Jiménez de Bonilla y doña Ana Dávila Valero, a pesar de no haber otorgado escritura de obligación. Y respecto a que dicho Capitán don Diego López de Luna, vecino y mercader de los Ángeles, trataba de poner demanda a los otorgantes sobre la paga y satisfacción de los 4 000 pesos por haberlos dado por orden de ellos, y siendo justo que el susodicho haga las diligencias y recaudación de dicha cantidad en los bienes y personas que los deben, y pueda sacar a paz y a salvo indemne que por ningún camino lasten cosa alguna de dicha cantidad; otorgan poder al Capitán don Diego López de Luna para que en sus nombres y por sí y para sí reciba, demande y cobre judicial o extrajudicialmente los 4 000 pesos del Alférez Antonio de Ábrego, Miguel Jiménez de Bonilla y doña Ana Dávila Valero.
Sans titreDon Pedro Ignacio de Andrade, de esta vecindad, apoderado del Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, de esta propia vecindad, hizo testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y en él consta que el citado Capitán don Nicolás de Carvajal se obligó a pagar a doña Ana Eusebia de Avilés, mujer legítima de don Gregorio Lili, vecino y del comercio de la Nueva ciudad de la Veracruz; a don Juan de Avilés y a doña María de Avilés, viuda del Teniente don Pedro Jiménez, como hijos legítimos y herederos de don Luis de Avilés y doña María Teresa de Vargas, difuntos, vecinos que fueron de la citada ciudad; la cantidad de 1 046 pesos 1 y medio real de líquido del suplemento de mayor cantidad que le hizo dicho difunto don Luis de Avilés a don Miguel Navarro, vecino que fue de esta, como marido y conjunta persona de doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de primeras nupcias del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su padre, y que por hacerle buena obra le prestó con obligación de réditos para el avío de la hacienda de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, que al presente posee el citado don Nicolás de Carvajal. Y para mayor seguro del principal el expresado don Nicolás hipotecó su hacienda con todo lo que le pertenece.
Sans titreDon Mariano José Almería, de esta vecindad, exhibió un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en la hacienda del beneficio de hacer azúcar titulada Nuestra Señora de la Concepción, alias las Palmillas, en esta jurisdicción, en 10 del corriente, el Capitán don Nicolás de Carvajal y Contreras, dueño de hacienda expresó que en esta dicha villa en 3 de septiembre de 1765 celebró escritura en la que se obligó a pagar a doña Ana Eusebia de Avilés, mujer legítima de don Gregorio Lili, vecino y del comercio de la ciudad de Veracruz, a don Juan y doña María de Avilés, viuda del Teniente don Pedro Jiménez, como hijos legítimo y herederos de don Luis de Avilés y doña María Teresa de Vargas, difuntos, vecinos que fueron de dicha ciudad, 1 046 pesos uno y medio reales, que de líquido de los suplementos que de mayor cantidad le hizo dicho difunto don Luis de Avilés a don Miguel Navarro, vecino que fue de ésta, como marido y conjunta persona de su madre doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda de primeras nupcias que fue del Capitán don José de Carvajal y Contreras, su padre; para el avío de la citada hacienda, con más 749 pesos 4 y medio reales de réditos devengados; y respecto que liquidaron en 20 de julio del año pasado, quedó debiendo la cantidad líquida de 1 000 pesos y se obligó a satisfacerlos a los citados tres herederos interesados, y en el ínterin no se verifica la paga darán el correspondiente 5 por ciento, entendiéndose corren éstos desde el citado 20 de julio de 1770, y para su mayor seguro hipotecó la expresada hacienda.
Sans titreDon Toribio Rodríguez Cabanzón, de esta nueva vecindad y comercio, hizo exhibición de un testimonio de una escritura para que se registre en este libro, y de él consta que en esta villa en 6 del corriente el Teniente Marcos José de Hería, de esta vecindad, confesó haber recibido de doña Ana Francisca Margarita de Iribas Dávila, viuda del Factor don Lorenzo de la Torre, igual vecina de ésta, 500 pesos para reconocerlos por vía de depósito irregular, con obligación de rédito sobre una casa de cal y canto, cubierta de madera y teja, edificada en un solar de su pertenencia de 50 varas en cuadro, situado en el barrio que llaman la Lagunilla, en la calle que baja del convento de Nuestro Señor San Antonio de Padua para el camino Real que baja a la Nueva ciudad de la Veracruz, a favor del Venerable Orden Tercero de Nuestro Padre San Francisco de Asís, sita en el referido convento de religiosos del citado orden, para que sus réditos se conviertan en sufragar en partes los costos de la festividad de Cristo Señor Nuestro que se celebra anualmente en su capilla. Y se obligó a tenerlos en la forma referida y a entregarlos dentro de cinco años, con hipoteca de la casa y el expresado solar.
Sans titreFrancisca Hernández y Francisca Nares, hermanas, solteras, mayores de veinticinco años, vecinas de esta villa de Córdoba, venden al Teniente Esteban de Naval y Pintos, vecino de esta villa, 8 varas y media de solar de frente y 50 varas de fondo, donde tiene fabricada su casa el dicho teniente, cuyo solar hace esquina, calle en medio, con solar de Domingo Merodio; y por otro lado linda con casa y solar de Nicolás Díaz de Haro. Las venden en precio de 28 pesos de oro común en reales.
Sans titreDoña Josefa de Acosta, viuda del Capitán don Nicolás de Guevara, ha recibido del Teniente don Bartolomé Salvo, Síndico actual del Convento de San Francisco del pueblo de Jalapa, la cantidad de 250 pesos a censo redimible, con rédito de 5% anual, por tiempo de 5 años en plazos de 2 pagos cada 6 meses desde la presente fecha, a favor del Síndico de dicho Convento, cantidad que estuvo impuesta bajo el mismo gravamen sobre la casa que poseía Bartolomé García y posteriormente don Francisco Munguía, quien la redimió, como seguro de la deuda hace hipoteca de unas casas de cal y piedra, cubiertas de madera y teja en la Calle Real de este pueblo.