Juan Duarte, dueño de recua, vecino del pueblo de Tehuacán, otorga poder especial al Capitán Juan del Castillo, al Licenciado Juan de Carvajal Arteaga, y a Gabriel Jiménez, y a cualquiera de ellos, para que lo puedan obligar como fiador del Capitán Juan del Castillo, hasta en cantidad 4 000 pesos de oro común, a favor de los albaceas de Gil Dávila Montemayor, principalmente, o a quien pertenezca el valor de la hacienda de cabras.
TEHUACÁN, PUEBLO DE
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Juan Duarte, vecino del pueblo de Tehuacán, se obliga a pagar a Gabriel de Moscoso, Juez de este nuevo camino, 195 pesos de oro común 4 tomines, los cuales son y proceden por veintitrés novillos a 8 pesos y medio cada uno.
José de Campos, vecino de la ciudad de la Veracruz, como principal, y Rodrigo Buzón como fiador, se obligan a pagar al Licenciado Guillén de la Serna, vecino del pueblo de Tehuacán, 275 pesos de oro común, los cuales son por razón de 200 fanegas de trigo a razón de 11 reales la fanega.\n
Gabriel Bravo se obliga de pagar a Juan Briseño, vecino del pueblo de Tehuacán, 125 pesos de oro común, los cuales son por razón de 100 fanegas de trigo que del susodicho ha recibido compradas.\n\n
Pedro [Bri]seño Quijada, vecino del pueblo de Tehuacán, se obliga de pagar al Obispo de Tlaxcala y al deán de cabildo de la dicha iglesia 51 pesos y 7 tomines de oro común, los cuales son por razón de 80 fanegas de trigo y tres de maíz que recibió compradas del Canónigo Alonso Hernández de Santiago.\n\n