Don Manuel del Moral, Ayudante del Regimiento de Infantería de Milicias de las 3 villas, otorga poder general a don José Domingo Rodríguez, vecino de Tehuacán, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre de manera judicial o extrajudicial a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban, así para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga con cualquier persona, lo defienda y demande, para lo cual comparezca ante el Rey, sus reales audiencias, superior gobierno, chancillerías, consejos, jueces, justicias y tribunales, superiores e inferiores, seculares y eclesiásticos.
TEHUACÁN, PUEBLO DE
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Don José Francisco de Soria, Administrador de la Hacienda de la Orduña, en términos de esta jurisdicción, otorga poder general a don Manuel del Moral, Teniente de las Compañías Provinciales de las Tres Villas y vecino de Tehuacán de las Granadas, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías, frutos, géneros, bienes y efectos que le deban.\t
El Bachiller Antonio Mateo Ortiz de Zárate, Clérigo Presbítero Domiciliario del Obispado de la Puebla y vecino de Jalapa, como albacea y heredero de su difunto hermano don Mateo Antonio Ortiz de Zárate, Cura que fue de San Juan de la Punta, dice que en dicha doctrina y villas de Córdoba, Orizaba y Tehuacan, le quedaron debiendo a su difunto hermano varias cantidades de dinero, por lo que hace gracia y donación a don Marcelino García, español vecino de Jalapa, de todas y cada una de dichas dependencias que deben a su difunto hermano en los expresados lugares.
Francisco Díaz, mercader viandante residente en Tehuacán, manifestó tener 200 pesos de mercaderías puestas para vender, asimismo el escribano le notificó pague la alcabala que causa con el Alférez Agustín Sierra o a Juan Rangel, a cuyo cargo está su cobranza.
Francisco Borjes Pacheco, mercader y vecino de este pueblo, manifestó tener al presente en su tienda de resto y rezago de las mercaderías que tiene manifestadas y de las cuales tiene pagada la alcabala y de las que no ha pagado, tanto de la tierra como de Castilla: cacao, jabón, candelas de cera y cebo, vino, aceite y vinagre, sal de Tehuacán y de la mar, lasos, reatas, petates, losas, tabaco, anís y otras especerías y mercerías, plomo y munición, camarones, pescado, aguardiente, colación, cebollas y ajos. Cuyas mercaderías vendidas montan aproximadamente 300 pesos. Asimismo, solicitó al corregidor le diera postura de las mercaderías comestibles, vino, vinagre y aceite, a lo que el corregidor ordenó que el camarón limpio lo venda a 3 reales la libra y el pescado a tomín y medio, el vino a 3 reales y el vinagre a 2, el aguardiente a 6 reales y la medida de aceite por 1 real, y el vino lo venda a españoles y no a personas prohibidas.
Diego Millán, dueño de recua, vecino de Tehuacán, manifestó lleva su recua cargada de harina proveniente de Tehuacán para la Nueva Veracruz, con dos indios a su servicio. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz, ni pasar con ellos de este pueblo, a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco; también le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento, no servirse de ellos contra su voluntad y pagarles por su trabajo en conformidad de la ordenanza que se les dio a entender.
Marcos de Arana, dueño de recua, vecino de Tehuacán, manifestó llevar en avío de la dicha recua con bizcocho para el despacho de flota, dos indios nombrados Sebastián y Juan. Asimismo, el corregidor le notificó que en conformidad a la ordenanza y proveído por Su Majestad, a los indios les haga buen tratamiento y no se sirva de ellos contra su voluntad; así como también, no los baje a tierra caliente por el riesgo que corren por ser tiempo de aguas.
Pedro Millán, dueño de recua, vecino de Tehuacán, manifestó dirigirse con su recua para la Nueva Veracruz y llevar en servicio de ella un indio nombrado Diego. Asimismo, el corregidor le notificó de la ordenanza que prohíbe bajar con indios a la Nueva Veracruz a partir del 1 de junio de cada año hasta el otro día después de San Francisco, por la mucha agua que en estos meses llueve y con la que muchos naturales enferman, condolecen y mueren; también se le informó que a los indios debe dársele buen tratamiento y no servirse de ellos contra su voluntad.
Ante el corregidor compareció Alonso Gómez, dueño de recua, quien manifestó llevar en ella 50 botijas de vino, en virtud de una certificación firmada por los oficiales reales en la Nueva Veracruz, el 6 de noviembre de este año, para entregar en Tehuacán a Hernando Nieto, cuya imposición monta cincuenta pesos que quedaron metidos en la Real Caja del dicho corregidor.\n
Gabriel Duarte, vecino del pueblo de Tehuacán, exhibió un testimonio de Gaspar Estévez Pardo, en razón de 50 barriles de vino que Juan de Molina había sacado de la Veracruz, sin despacho, “por decir era de vino dañado y avinagrado, de que se denunció de ellos, y los dieron por perdidos; y se fulminó causa y salió por sentencia pagar la imposición de dichos barriles”, y para que conste se tomó la razón.