Don Bernardo Sayago, vecino y del comercio de ella, dijo que a consecuencia de la venta que en el mes de junio último, celebró con don Joaquín Reyes, del comercio de la ciudad de Tehuacán, perteneciente al estado de Puebla, de varios géneros de ropa, en cantidad de 1 093 pesos, se formó expediente en aquel juzgado primero a virtud de denuncia dada por el administrador de la aduana, en el que se declararon caídos en la pena de comiso dichos efectos; y siéndole tal fallo gravoso en todas sus partes, así por la ilegalidad que envuelve, ha interpuesto el recurso de apelación y para que este y los demás remedios legales los haga valer en los tribunales superiores competentes, ha deliberado conferirle toda su representación al licenciado don José María Prieto, vecino de dicha ciudad; y reduciéndolo a escritura otorga poder especial al referido Prieto, para que en su legítima representación haga personería y agencias en los Tribunales Superiores del Estado Libre y Soberano de la Puebla de los Ángeles y en todos los demás que sean necesarios; y en su virtud interponiendo el recurso y todos en cuantos derechos convengan haga los alegatos, informaciones y probanzas.
Sem títuloTEHUACÁN, PUEBLO DE
19 Descrição arquivística resultados para TEHUACÁN, PUEBLO DE
Don José del Villar y Somoza, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, substituye el poder otorgado a su favor por Juana Barthélemy, a favor de don Juan Francisco de Almanza, vecino de la Ciudad de México, para que comparezca ante el Superior Gobierno de Nueva España, donde pida el libre despacho auxiliatorio para que la justicia de Tehuacan se la administre en razón de cobranzas.
Don José Francisco de Soria, Administrador de la Hacienda de la Orduña, en términos de esta jurisdicción, otorga poder general a don Manuel del Moral, Teniente de las Compañías Provinciales de las Tres Villas y vecino de Tehuacán de las Granadas, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, mercaderías, frutos, géneros, bienes y efectos que le deban.\t
Don Manuel del Moral, Ayudante del Regimiento de Infantería de Milicias de las 3 villas, otorga poder general a don José Domingo Rodríguez, vecino de Tehuacán, para que en su nombre pida, demande, reciba y cobre de manera judicial o extrajudicial a cualquier persona, todas las cantidades de pesos, oro, plata, joyas, esclavos y otros géneros que le deban, así para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales que tenga con cualquier persona, lo defienda y demande, para lo cual comparezca ante el Rey, sus reales audiencias, superior gobierno, chancillerías, consejos, jueces, justicias y tribunales, superiores e inferiores, seculares y eclesiásticos.
José del Villar y Somoza, vecino de España y residente del pueblo de Jalapa, con poder general otorgado a su favor por doña Juana Barthélemy, mismo que sustituye en don Agustín de Gándara, vecino de Tehuacan, para que pida, demande, reciba y cobre, judicial o extrajudicialmente a cualquier persona, todas las cantidades de dinero, frutos, mercaderías y demás géneros.
Antonio Maniller, de este comercio, otorga poder especial a Juan Nepomuceno Urquía, residente en Tehuacán de las Granadas, para que siguiendo el grado de apelación que ha interpuesto con legalidad de la declaratoria del camino de efectos mercantiles, dada en su contra en fines de julio anterior por el juez de Hacienda y de Primera Instancia de esta villa, comparezca ante el Superior de Circuito y demás que con derecho pueda y deba, para que rescindiendo tal sentencia vuelvan a su poder íntegros dichos efectos decomisados. A cuyo efecto haga todos los autos, agencias y diligencias que convengan y las mismas que el otorgante haría.
Juan Duarte, dueño de recua, vecino del pueblo de Tehuacán, otorga poder especial al Capitán Juan del Castillo, al Licenciado Juan de Carvajal Arteaga, y a Gabriel Jiménez, y a cualquiera de ellos, para que lo puedan obligar como fiador del Capitán Juan del Castillo, hasta en cantidad 4 000 pesos de oro común, a favor de los albaceas de Gil Dávila Montemayor, principalmente, o a quien pertenezca el valor de la hacienda de cabras.
[Alonso] de Paz, labrador, vecino del pueblo de Tehuacán, otorga su poder al Bachiller Guillén de la Serna, para que pueda cobrar de Alonso Gutiérrez, carretero, vecino de la ciudad de Tepeaca, 260 pesos de oro común que el susodicho le debe por escritura pública.
Alonso de Paz, residente en el pueblo de Tehuacán, estante al presente en el pueblo de Orizaba, otorga poder a Gonzalo Blanco, arriero y a Juan de Cuéllar, para que puedan comprar en la ciudad de la Veracruz, por el precio o precios de pesos de oro que montaren, ocho pipas de vino en reales de plata o en harina, puestos en una recua.
Don Juan Santiago Lobo, del Comercio de España y residente en este pueblo de Jalapa, otorga poder general a don Joaquín Francisco del Moral y Castillo de Altra, vecino de Tehuacán de las Granadas, para que lo represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.