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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0107 · Item · 1836/09/03
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Comparecieron dos ciudadanos que expresaron llamarse José Jerónimo García y Miguel de la Cruz, alcalde el primero y síndico el segundo del pueblo de San Salvador, dijeron que en representación del común de su citado pueblo otorgan que dan todo su poder al licenciado don Sebastián Camacho, de esta vecindad, para que a nombre de dicha comunidad solicite se les consigne el terreno que les corresponde en las tierras que disfrutan los de Tlacolulan en comunidad con el referido pueblo y con otros, supuesto que los de San Salvador han contribuido para la conservación y defensa de las mismas tierras. Y se lo otorgan general para todos los pleitos, causas y negocios que al presente tiene y adelante tuviere.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0084-PX_0084_0027 · Item · 1827/08/27
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Lucas de la Cruz y Domingo Juan, síndicos procuradores de los pueblos de San Juan Chapultepec y Paxtepec, en jurisdicción de este cantón, dijeron que una de las facultades de que se hayan investidos, por sus respectivas representaciones para defender los intereses de sus pueblos y promover cuanto a ello pueda serles útil, han deliberado conferirle sus poderes general a don Manuel Patiño de esta vecindad, para que en representación de los pueblos demande y cobre de todas personas las cantidades de dinero, oro, plata, bienes muebles. Asimismo, se lo confieren especial para que continúe el artículo que dichos pueblos [tienen] sobre tierras y linderos con los de Tlacolulan, Coacoatzintla y San Salvador, y para ello practique lo conducente hasta su conclusión.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0088-PX_0088_0032 · Item · 1831/02/17
              Parte de Archivo Notarial de Xalapa

              Los ciudadanos José Sánchez y José Antonio Francisco, alcalde el primero, y síndico el segundo, en el pueblo de Tlacolulan de este cantón, dijeron que en este pueblo tienen en propiedad las tierras que comprenden los linderos siguientes: tomando desde el punto de Tlatepanoya, que es por el oriente, se toma para el sur hasta el paso de Sedeño, donde se da vuelta para el poniente, por los linderos nombrados Tacotomaloyan, Paderones, Huilotepec, Atopan, y Pescadillos hasta el Cofre, donde da vuelta, tomando la línea de sur a norte, por Cruz Blanca hasta el punto de Atzalan, y de ahí, dando vuelta hacia al oriente por los linderos de Misantla el viejo y Chapultepeque [Chapultepec] hasta el punto de Cuacuazintla [Coacoatzintla], donde da vuelta por Ixcatlan, a cerrar en el punto Tlatepanoyan, de donde se partió. Cuyas tierras deslindadas, dan en arrendamiento al ciudadano Mateo Sayas, bajo las siguientes condiciones: 1°, dicho arrendamiento será por tiempo de cuatro años forzosos, que empiezan a contarse desde esta fecha y concluirá en igual día del año de 1835. 2°, Sayas, pagará 300 pesos anuales. 3°, en el arrendamiento se excluyen las tierras que ocupan los pueblos de Cuacuatzintla [Coacoatzintla], San Salvador y San Pedro Tlatatila, un pedazo que está en el paraje de Atzalan, otro en Pastepeque, y otro en Chapultepec. 4°, Sayas, podrá cobrar y quedarse con lo que actualmente adeudan los anteriores arrendatarios, con arreglo a la lista que le ministrarán, sin que por ello se le descuente de los 300 pesos que debe pagar integro, cobre o no las expresadas deudas. 5°, Sayas podrá celebrar contratos de subarrendamientos a su cuenta y riesgo, sin exceder el tiempo que se le ha prefijado, procurando que quienes lo tengan en posesión no los destruyan, y sólo lo utilicen para cultivos. Ambas partes, señalan que se obligan a cumplir y pagar la presente escritura.

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