Juan Morera de Silva, Escribano del Rey y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder general a don Juan de Ureña, vecino de la ciudad de México, Contador y Ordenador del Tribunal y Real Audiencia de Cuentas de esta Nueva España, para todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales, especialmente ante el Rey y en su Real Sala del Crimen, donde pida se sirva declararlo haber cumplido con el tenor de la sentencia que fue servido pronunciar contra él, de la suspensión de dicho oficio por dos años. Para lo cual ofrezca los pedimentos, requerimientos, suplicas, autos y demás diligencias que convengan, y conseguido que sea, saque las escrituras necesarias para el uso y ejercicio de dicho oficio, de manera que por falta de poder, requisito, circunstancia y lo dependiente, se le da éste con libre y general administración con facultad de enjuiciar, jurar y sustituir.
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Los comerciantes y vecinos de los pueblos de Jalapa y Coatepec, informan que el Capitán Gaspar de Olavarrieta, desea permanecer en el empleo de Alcalde Mayor por espacio de 5 años o más, por lo que otorgaron poder a don Baltazar de Vidaurre, Procurador de la Real Audiencia de México, para que los represente y los obligue como fiadores y principales pagadores de dicho Gaspar, asignándoles éste a cada uno el siguiente Ramo: don Matías de la Mora Castañeda, de juzgado y sentenciado, don Antonio del Camino y Velasco, para la paga de la media Anata, don Antonio Ribot para el papel sellado, don Pedro Gorrindo Palomino, para el Ramo de Reales Alcabalas, don Alonso Fernández para la renta de los pulques, don Antonio Meinar, para los intestados, don José Antonio de la Pedreguera, para las penas de Cámara, don Félix Ruiz, permitirá el testimonio de haber tomado posesión dentro del tiempo asignado, don Francisco de Ochoa, para el medio real de Ministros, y don Agustín Díaz de la Cueva, para el medio real del hospital.
Don Francisco Gutiérrez Bracho, Juan José Navarrete, Juan García y Gabriel de Ochoa, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Manuel Caro del Castillo, Procurador del Número de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que mejore la apelación que tiene interpuesta por la sentencia dictada en su contra, por el señor Alcalde Mayor de este pueblo, en la causa seguida por don Juan de Orizaba y Consortes, contra don Juan Antonio de Lagos y Arbide, a quien los otorgantes le prestaron auxilio.
El licenciado don Alejandro Medina, vecino de la ciudad de México, residente en esta, otorga poder especial a don José María Ruiz, de esta vecindad, para que en su representación, se presente en el Tribunal Superior de Justicia de este departamento, a oír la sentencia para la que fue llamado hace más de medio año, por el ocurso que contra él dirigió don Pascual Campomanes, apoderado del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, la cual no ha podido darse hasta la fecha, siguiéndole demora y perjuicio que en parte trata de evitar con regresarse a dicha ciudad de México. Y oída dicha sentencia, consienta lo favorable y de lo perjudicial apele y suplique. Para cuyo efecto haga, promueva y practique cuantos actos, asuntos, agencias y diligencias importen.
Sans titreDon Julián Domínguez, vecino del pueblo de Naolinco, otorga poder especial a don José María Quijano y Álvarez, vecino de la Capital de México, para que en su representación comparezca en la Audiencia Nacional a representar y deducir sus derechos en el juicio de apelación que ha interpuesto y existe sentencia definitiva que en su contra promovió Miguel Barradas, de esa misma vecindad, en representación de su esposa María Josefa Librado, sobre anular la venta que a su padre le fue hecha por Pedro Romero de una huerta.