Real provisión compulsoria emitida por el Rey para trasladar a la Real Audiencia el proceso que se sigue contra Manuel [de] Herrera, vecino del partido de Huatusco, sus hijos y criados, por la muerte de dos bueyes y dos vacas y ser hombre de mala lengua, cuya sentencia emitida por Juan de Orfanel, Corregidor que fue de este partido, ha apelado el dicho Herrera por medio de Diego de Aro, Procurador, solicitando al rey esta compulsoria debido a agravios en su persona y bienes que les ha ocasionado el mencionado Orfanel.
SENTENCIAS
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Ejecución contra Roque Martín Jiménez, vecino de la villa de Córdoba, de cuantía de 450 pesos de oro común, a favor de don Pedro Sarmiento, vecino de la Veracruz, procedidos de la venta de un negro esclavo llamado Pedro, de tierra Angola.
Ejecución de bienes hecho a Hernando de Vega y Diego de Herrera, a favor de Lorenzo de Lara, por 363 pesos de oro común, los cuales son de resto de cuentas que los susodichos salen a pagar por Agustín de Alcalá.
Don Francisco Gutiérrez Bracho, Juan José Navarrete, Juan García y Gabriel de Ochoa, vecinos del pueblo de Jalapa, otorgan poder especial a don Manuel Caro del Castillo, Procurador del Número de la Real Audiencia de la Ciudad de México, para que mejore la apelación que tiene interpuesta por la sentencia dictada en su contra, por el señor Alcalde Mayor de este pueblo, en la causa seguida por don Juan de Orizaba y Consortes, contra don Juan Antonio de Lagos y Arbide, a quien los otorgantes le prestaron auxilio.
El Alcalde Mayor Juan Alonso Múxica[Juan Alonso de Mújica], falló condenando a Bartolomé Pérez, tendero por haber vendido vino al menudeo a indios en 9 pesos de oro común, que aplicó por tercias partes: Cámara de Su Majestad, Juez y denunciante, y se le notificó no venda más vino a los indios.
El Escribano Juan Bautista Ordóñez, leyó y notificó la sentencia pronunciada a Juan Martín de Abreo[Abreu], tendero de Jalapa, el cual consistió en su cumplimiento y exhibió los 9 pesos de la condenación.
El licenciado don Alejandro Medina, vecino de la ciudad de México, residente en esta, otorga poder especial a don José María Ruiz, de esta vecindad, para que en su representación, se presente en el Tribunal Superior de Justicia de este departamento, a oír la sentencia para la que fue llamado hace más de medio año, por el ocurso que contra él dirigió don Pascual Campomanes, apoderado del presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, la cual no ha podido darse hasta la fecha, siguiéndole demora y perjuicio que en parte trata de evitar con regresarse a dicha ciudad de México. Y oída dicha sentencia, consienta lo favorable y de lo perjudicial apele y suplique. Para cuyo efecto haga, promueva y practique cuantos actos, asuntos, agencias y diligencias importen.
ÁNGEL DE OCHOA, ESCRIBANO NACIONALEl Bachiller don José García de Zepeda, Presbítero, Vicario de la doctrina del pueblo de San Pedro de Ysguatlan [Ixhuatlán] de la jurisdicción de la villa de Córdoba, en voz y nombre del común y naturales del pueblo de San Francisco Chocamán de dicha doctrina, en virtud del poder general que le otorgaron; y el Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de la villa de Córdoba y dueño de haciendas del beneficio de hacer azúcar, de labor y de ganado mayor en jurisdicción de dicha villa; dijeron que están siguiendo pleito ante los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, sobre tierras que pertenecen a dicho pueblo, y habiendo personas cristianas deseosas de la paz y porque de los pleitos se originan malas consecuencias, odios y discordias, han tenido a bien hacer composición, para lo cual les han pedido otorgar escritura de compromiso y nombrar jueces arbitrios, arbitradores y amigables componedores, para que éstos determinen en vista de los instrumentos y papeles que dicho capitán entregue, por haberse quemado los papeles que tenía el bachiller. Por lo tanto, el Bachiller don José García, en nombre de los naturales de San Francisco Chocamán, nombra por juez árbitro a don Baltazar González de Velilla Blanco, Depositario General y Regidor Perpetuo de esta villa; y el dicho Capitán don Antonio de Leiva nombra por su parte al Capitán Francisco Pibot y Tapia; para que cada uno enterados de su derechos y acciones, procedan a dar su parecer y sentencia. Y en caso de discordia nombran por amigable componedor al Factor don Lorenzo de la Torre, Gentilhombre de la Boca de Su Majestad, del Orden de Calatrava, Factor, Veedor, Juez, Oficial Real de la Real Audiencia y Caja de la ciudad de la Veracruz y puerto de San Juan de Ulúa por Su Majestad, para que los tres den su sentencia, la cual harán y pasaran por ella, con pena convencional de 500 pesos al que a ella falte.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO REAL, PÚBLICO Y DE CABILDODon Francisco Ignacio de Herrasti, vecino de España y residente en el pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Domingo Ignacio de Lardizabal, vecino de España y residente en la Corte de México, para que haga constar en el Real Tribunal del Consulado de México, la excepción que goza para inhibirse de su jurisdicción; de no ser así, para que lo defienda de pagar lo que han mandado aquellos señores por la sentencia de los autos que se han seguido contra el otorgante, por parte de don Pedro Lorenzo Rodríguez, sobre la falta de una porción de canela que le vendió.
Don Julián Domínguez, vecino del pueblo de Naolinco, otorga poder especial a don José María Quijano y Álvarez, vecino de la Capital de México, para que en su representación comparezca en la Audiencia Nacional a representar y deducir sus derechos en el juicio de apelación que ha interpuesto y existe sentencia definitiva que en su contra promovió Miguel Barradas, de esa misma vecindad, en representación de su esposa María Josefa Librado, sobre anular la venta que a su padre le fue hecha por Pedro Romero de una huerta.