SECRETARIOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0079 · Item · 1720/08/01
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Fernando de Carvajal, vecino del pueblo de Orizaba y residente en esta villa de Córdoba, vende a don Miguel de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa y dueño de trapiche de hacer azúcar en su jurisdicción, una casa de piedra y madera, baja, cubierta de teja, de 50 varas de frente y 25 de fondo, con esquina y cuatro accesorias en la calle que sale de la plaza Pública de esta villa para el mesón; por una parte linda con solar de doña Gertrudis de Gatica; y por el otro lado, calle en medio, con solar del presente escribano; hace frente, calle en medio, con casa de Francisco Rodríguez y de María Espina; y por el fondo con casa de doña María de Pedraza, viuda de Pedro Trillo de Figueroa, y de Antonio Hernández. La vende en precio de 3 800 pesos, de los cuales 3 262 pesos 4 reales de principal son de una capellanía a favor de los capellanes propietarios interinos que constan en la escritura de su fundación, la cual [sirve] hoy en ínterin el Licenciado don Juan de Godoy, Secretario del Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, Obispo de la Puebla de los Ángeles; y los 537 pesos 4 reales restantes que le ha de pagar Esparragosa dentro de tres años.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0038-PC_0038_0125 · Item · 1703/08/14
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Licenciado don José Rodríguez de la Peña, Clérigo Presbítero Domiciliario de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial al Secretario Juan Morera de Silva, Escribano de Su Majestad y vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre pida, demande, reciba, y cobre de los bienes, albaceas y herederos del Capitán Esteban de Vértiz, vecino de dicha ciudad, 398 pesos y 5 reales que el susodicho le quedó debiendo de los intereses corridos de un censo que sobre la casa que fue de su morada impuso doña Leonor Casados, difunta y vecina que fue de dicha ciudad, de quien el otorgante es capellán propietario. Asimismo, le da poder para que cobre de doña Dominga de Villalba, vecina de la dicha ciudad, lo que conste, por la cuenta que le remite, estarle debiendo de otra capellanía de misas rezadas de le cual paga cada año 100 pesos de réditos, como capellán propietario que es de ella.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0045-PC_0045_0084 · Item · 1709/07/16
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa de Córdoba, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, otorga poder al Licenciado don José Venegas de Espinosa, Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España y Colegial de Nuestra Señora de Todos los Santos; al Licenciado don José Roldán, asimismo Colegial de Santos; a don Pedro de Vargas Zapata y Luján; y a don José Díez Ortuño, Escribano de Provincia, vecinos de la ciudad de México; para que en su nombre puedan parecer en dicha Real Universidad, ante el secretario de ella, y pidan les dé testimonio de las lecciones, actos y grados, funciones y méritos que en dicha Real Universidad ha tenido el otorgante, y se los envíen autorizados en pública forma y manera que hagan fe.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0030 · Item · 1710/03/31
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán Diego de Altamirano y el Secretario Juan de Espinosa, dueños de haciendas de beneficio de hacer azúcar en jurisdicción de esta villa de Córdoba, dijeron que Juan de Espinosa tuvo pleito pendiente en la Real Audiencia de este reino con el Capitán Diego de Altamirano, sobre el principal de 600 pesos que están cargados a censo redimible sobre un rancho de labor que posee el susodicho, nombrado San Isidro, en el pago del pueblo de Aculsingo [Acultzingo], en los altos de los cerros que corren entre el camino de dicho pueblo y el de Maltrata, compuesto de un sitio de estancia de ganado menor y 7 y media caballerías de tierra; y por los réditos de veinticinco años corridos. Y por cuanto han convenido que el Capitán Diego de Altamirano, de su libre voluntad, le venda a dicho Secretario Juan de Espinosa el referido sitio, con una casa cubierta de zacate y paredes de adobe, un jacal y tres vacas con su cría cada una, en precio de 400 pesos de contado y el dicho censo; por la presente el Capitán Altamirano se lo vende a Juan de Espinosa en el precio referido, asimismo, declara dicho capitán que el sitio lo compró a don Alonso Montalvo y Pacheco y Azorero, vecino de dicho pueblo de Aculsingo [Acultzingo], por escritura hecha en Orizaba el [dos] de septiembre de 1687, por ante dicho Secretario Juan de Espinosa, Escribano Público que fue de dicho pueblo.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0017 · Item · 1711/02/04
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María de Leiva Esparragosa, vecina y natural de esta villa de Córdoba, hija natural del Capitán don José de Leiva Esparragosa, difunto, vecino que fue de esta villa, otorga poder al Secretario Juan Morera de Silva, su marido, vecino de esta villa, para que después de su fallecimiento haga y ordene su testamento como se lo tiene comunicado. Declara estar casada con dicho Juan Morera de Silva, y cuando contrajeron matrimonio trajo de dote 1 200 y más pesos. Nombra como albacea testamentario, tenedor de bienes y heredero universal a su marido.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0051 · Item · 1712/06/07
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel Gómez Dávila, vecino y natural de esta villa de Córdoba, hijo legítimo del Secretario Domingo Antonio Gómez y de doña Juana Dávila Valero, difuntos, otorga poder a doña Juana Ramón y Espinosa, su mujer, a don Francisco Valero y Espinosa, su yerno, y al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, su compadre, para que después de su fallecimiento hagan y ordenen su testamento como se los tiene comunicado. Ordena se digan doscientas misas rezadas por el alma de doña Juana de Gatica Padrón y doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, sus mujeres difuntas, asimismo, doscientas misas rezadas por el alma de sus esclavos difuntos, entre otras misas. Ordena se den de sus bienes 100 pesos al convento de Señor San Antonio de esta villa, para que el padre guardián los distribuya en ornamentos del altar de San Pedro Alcántara. Declara que hace más o menos treinta años contrajo matrimonio con Juana de Gatica, la cual llevó por dote 1 000 pesos y él tendría otros 1 000 pesos, y durante dicho matrimonio procrearon a doña Estefanía Gómez Dávila, mujer legítima de don Francisco Valero y Espinosa, y que dicha Juana de Gatica no hizo testamento y que cuando falleció tenían de caudal los mismos 2 000 pesos. Declara que pasó a segundas nupcias con doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, la cual no trajo nada de dote, y él tenía de caudal como 12 000 pesos, y durante dicho matrimonio procrearon a don José Gómez, de dieciséis años de edad, y a don Pedro Gómez, de trece años. Declara que pasó a terceras nupcias con doña Juana Ramón y Espinosa, la cual trajo de dote como 1 600 pesos y él tenía de capital como 60 000 pesos, y durante dicho matrimonio han procreado a Manuel José, de cuatro años de edad; a Juan, de tres años; y a doña Mariana Gómez Dávila, de un año. Ordena que del remanente del quinto de sus bienes lo lleve para si la dicha doña Mariana Gómez Dávila, del que le hace manda graciosa. Manda que cabiendo en el tercio del remanente de sus bienes, le hace manda y legado de 1 000 pesos a doña Juana Ramón, además de lo que le corresponde de los gananciales. Declara que cuando se casó su hija Estefanía, hace seis años, le entregó por cuenta de su legítima 1 220 pesos, una negra nombrada Cecilia, en 350 pesos; otra esclava nombrada María Josefa, en 150 pesos, entre otras cosas que no recuerda. Nombra como albaceas testamentarios a doña Juana Ramón y Espinosa, a don Francisco Valero y Espinosa y al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar; y por tenedora de bienes a doña Juana Ramón. Nombra como herederos universales a sus hijos, y como tutor y curador ad bona de los menores a don Francisco Valero y Espinosa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0088 · Item · 1712/10/05
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, Presbítero; don Francisco Valero y Espinosa y doña Juana Ramón y Espinosa, vecinos de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don Manuel Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que les confirió, por la presente otorgan su testamento de la siguiente manera: Declaran que el difunto dejó los siguientes débitos: 1 029 pesos que debía al Bachiller don José Gutiérrez de Aguilar, de cuentas de capellán de la capilla por doce años; 9 200 pesos de principal que está sobre la hacienda de hacer azúcar nombrada San Antonio de Padua, y los debía a los menores hijos del difunto Capitán don Antonio de Brito Lomelín, y un año de sus réditos; debía de una capellanía que esta impuesta sobre dicha hacienda, de 2 000 pesos de principal a favor del Bachiller don Juan de Aranda Gómez, difunto; le debía a don Juan de Godoy, Secretario del Ilustrísimo Señor Obispo de este obispado, 100 pesos de réditos de dicha capellanía; al Bachiller don José López de Sagade Bugueiro, Comisario del Santo Oficio de la Inquisición, 2 000 pesos de principal que están sobre dicho trapiche, y sus réditos; a la cofradía del Santísimo Sacramento, sita en la parroquia de esta villa, 1 000 pesos de principal situados sobre dicho trapiche y un año de réditos; a los herederos del Capitán don Diego Salgado, difunto, vecino que fue de la ciudad de los Ángeles, 1 379 pesos 7 reales y medio de resto de cuentas como encomendero que fue de dicho difunto; al Capitán don Pedro Fernández de Ves y Segura, 1 240 pesos de avíos para dicha hacienda; al Conde del Valle, don José Hurtado, 1 500 pesos; al Bachiller don Ambrosio Sarmiento de Figueroa, Presbítero, vecino de la ciudad de los Ángeles, del diezmo del tiempo de su administración; al maestro José de Rivera, del arte de barbero, vecino de esta villa 100 pesos de una libranza; a don Miguel García de Monzaval, maestro de boticario, vecino de esta villa, por medicinas de su botica a dicha hacienda y gasto de casa; a Juan de Dios, maestro calderero, vecino de Orizaba, 16 pesos; entre otros débitos que se mencionan. Asimismo, declaran que al difunto le debían las siguientes personas: el Capitán Juan de Piña le debe 2 180 pesos procedidos del valor de la hacienda San José de Omealca, en la jurisdicción de la Antigua Veracruz, que le vendió el difunto; Antonio Riveron, vecino del pueblo de Orizaba, 500 pesos que quedaron debiendo los indios gañanes de la hacienda de Tecamaluca, que fue del dicho difunto; Diego Ventura Márquez, maestro calderero, vecino de esta villa; entre otros que se mencionan. Declaran que dicho difunto contrajo terceras nupcias con doña Juana Ramón y Espinosa, la cual declara haber llevado por dote 1 663 pesos como consta en recibo, más 300 pesos que le entregó el Marqués de Sierra Nevada, vecino del pueblo de Orizaba, albacea y heredero que fue de doña Clara de Mora y Medrano, de la obra pía que fundó la madre del Capitán don Juan González de Olmedo. Declaran que dicho difunto contrajo primeras nupcias con Juana de Gatica Padrón, y durante dicho matrimonio procrearon a doña Estefanía Gómez Dávila, mujer legítima de don Francisco Valero y Espinosa; y que también pasó a segundas nupcias con doña Gertrudis de Guzmán y Picasso, con quien procreó a don José Gómez, de dieciséis años de edad, y a don Pedro Gómez, de trece años. Declaran que procreó con doña Juana Ramón y Espinosa, su tercera esposa, a Manuel José, de cuatro años de edad; a Juan, de tres años; a doña Mariana Gómez Dávila, de un año; y al póstumo o póstuma de que se halla encinta. Declaran que, a dicho difunto, por ante Real Justicia de esta villa, le hizo cesión doña Marina Gómez Dávila, su difunta hermana, viuda del Capitán Juan Rodríguez Durán, de la hacienda de trapiche nombrada Señor San Antonio, que quedó por bienes del Capitán don Antonio de Brito Lomelín, difunto, habiendo reconocido las tutelas que sobre dicha hacienda estaban a favor de los hijos y herederos de dicho capitán y las dotes de doña Gertrudis García y acreedores que había sobre dicha hacienda. Declaran por bienes de dicho difunto la hacienda nombrada San Antonio y una casa principal en esta villa. Los otorgantes se nombran como albaceas testamentarios; y por tenedora de bienes a doña Juana Ramón. Nombran como herederos universales a los hijos del difunto, y como tutor y curador ad bona de los menores a don Francisco Valero y Espinosa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0031-PC_0031_0051 · Item · 1696/06/12
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Diego Alonso de Salinas, vecino de la ciudad de Antequera Valle de Oaxaca, residente [en este] pueblo, otorga poder especial, en primer lugar, al Capitán Joseph [José] de Ibaeta, vecino de dicha ciudad de Antequera y al presente estante en la Nueva Veracruz, y en segundo lugar, al secretario Juan López de Benavides, vecino de la ciudad de la Nueva Veracruz, para que en su nombre vendan la grana que el otorgante tiene de su cuenta en la Nueva Veracruz, en poder de dicho secretario Benavides, y a los precios que se concretaran en cartas misivas [roto], recibiendo en si la cantidad que importasen 53 zurrones de grana, resto de los 93 zurrones que posee en Veracruz. Asimismo, para que remitan los 40 zurrones de grana restantes a los Reinos de Castilla, al Capitán don Andrés Martínez de Murguía y por su muerte u otro impedimento al Capitán don Pedro Martínez de Murguía, su hermano, Caballero de la Orden de Santiago y vecino de la ciudad de [roto], y por la falta de ambos al Capitán don Francisco Suaso [Suazo] [roto] vecino de dicha ciudad, cuya grana enviarán en la presente flota surta en el puerto de San Juan de Ulúa a cargo del General don Ignacio de Barrios, Caballero del Orden de Santiago. Y lo procedido de la venta lo remitan al otorgante, cuyos géneros constarán en una factura que también le han de remitir en la primera flota que venga a estos reinos. Y en caso de que ocurriera la muerte del otorgante podrán hacer los mencionados Capitanes Andrés Martínez de Murguía, don Pedro [Martínez] de Murguía, y don Francisco Suaso [Suazo], la remisión de dichos géneros al Capitán Rodrigo de la Chica y al Capitán Manuel Fiallo, vecinos de dicha ciudad de Antequera, como herederos y albaceas del otorgante.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0049-PC_0049_0057 · Item · 1713/07/15
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Morera de Silva, Escribano del Rey y vecino de esta villa de Córdoba, y doña María Francisca de Leiva y Esparragosa, su legítima mujer, otorgan que dan en empeño al Secretario don Miguel de Orue, dos esclavos nombrados Pedro Javier, mulato, de quince años de edad, y Juana María, negra, de treinta y seis años de edad; por cantidad de 500 pesos, los mismos que Juan Morera le debe a don Miguel de Orue de resto de las cuentas que ajustaron el día de hoy, de los emolumentos del oficio público de esta villa que está a su cargo. Dicho empeño lo hacen por tiempo de dos meses que comienzan a partir de este día y con las condiciones siguientes: en caso de no pagar dicha cantidad en el tiempo estipulado, don Miguel de Orue se quedará con los dos esclavos; si durante el referido tiempo los esclavos mueren o huyen, ha de ser a cuenta y riesgo de los otorgantes; y en caso de que don Miguel de Orue se quede con los esclavos como pago de los 500 pesos, se obligan a otorgar la escritura correspondiente.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0050-PC_0050_0007 · Item · 1714/01/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Doña María de Barrios, hija de don Francisco de Barrios y de doña Isabel Rodríguez, difunta, mujer de Juan José de Cuevas, otorga haber recibido del Secretario Juan de Espinosa, vecino del pueblo de Orizaba, a saber 300 pesos de oro común en reales, como patrón que es de la obra pía que instituyó y fundó el Licenciado Juan Sánchez Niño, para la dote de una niña de sus parientes que mandó saliese el día de los Desposorios de Señor San José en su procesión, y que se le diese dicha cantidad para ayuda de tomar estado, respecto de haber sido nombrada la otorgante por dicho patrón y haber salido de huérfana el año pasado de 171, el día asignado, y estar casada con el otorgante y tener recibida dicha cantidad, de ella se dieron por entregada a su voluntad, y entregaron carta de pago y recibo en forma.

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