El Capitán Manuel Martín y don Diego Perdomo, vecinos del pueblo de Jalacingo, dijeron que el primero le compró al Capitán Manuel Martín un trapiche nombrado San Francisco Javier, ubicado en Tlapacoya, en 5, 727 pesos un real en que se ajustaron que había de pagar por su valor bajo ciertas condiciones y plazos, pero después tuvieron nuevo ajuste por haberle dado el primero 1,517 pesos 3 reales y medio al segundo, para avíos del trapiche y para la manutención de su familia, para cuya paga se otorgó otra escritura con diferentes condiciones pero al no haber dado cumplimiento a ella se siguieron varios autos, por lo que ahora han convenido y concordado en que por razón del pleito, Diego Perdomo pague a Manuel Martín, la cantidad de 6,418 pesos 4 reales en la forma y condiciones que se suscriben.
SANTA MARÍA TLAPACOYAN, PUEBLO DE
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Simón José de Vives, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de esta jurisdicción y de Jalacingo, nombra por Teniente General a Bernardo Antonio de Munguía, para que se haga cargo, abarcando desde la punta de Nautla hasta la punta del Malpaís, molino de río frío incluyendo Santa María Tlapacoyan y Perote.
Los diputados encargados para la administración y recaudación de las reales alcabalas de la provincia de Jalapa, su jurisdicción y la de Jalacingo, los Capitanes Alonso de Alba y Gaspar de Olavarrieta, subarriendan a don Salvador Rincón y a don Francisco Villa, vecinos del pueblo de Perote, jurisdicción de Jalacingo, el cobro y recaudación de las Reales Alcabalas que causaren en dicha jurisdicción, la que comprende el pueblo y cabecera de Jalacingo, San Andrés Atzalan, Altotonga, Santa María Tlapacoyan, Perote, Las Vigas, Cruz Blanca, Minas de Someloguacan y demás parajes, ranchos y haciendas que tocan y pertenecen, dando cada año 1, 650 pesos durante cinco años.
Don Gaspar Sánchez, Gobernador; don Manuel Cayetano y don Diego Vergara, Alcaldes; don Francisco Hernández, Martín de Guzmán, Francisco Cortés y Alonso Pascual, Regidores; Fernando Francisco, Alguacil Mayor; y Martín Pérez, Escribano; oficiales de gobierno del pueblo de Santa María Tlapacoya, jurisdicción de Jalacingo, otorgan poder especial a don Ignacio Antonio Morales, español, vecino de Jalapa, para que en sus nombres defienda sus tierras, en virtud de sus títulos, propiedad y posesión.
Don Juan de la Cruz, Gobernador; Manuel Pascual, Alcalde y demás Oficiales actuales y pasados del pueblo de Santa María Tlapacoya, otorgan poder general a Nicolás Herrera Lobato, Procurador del Numero de la Real Audiencia de México, para que en los represente en todos sus pleitos, causas y negocios civiles y criminales.
Cristóbal Ruiz de Castañeda vende a don Alonso Soltero, vecino de la Puebla de los Ángeles, un sitio de ganado mayor en términos de Tlapacoya, que es entre el arroyo que llaman de Guzmán y estancia de los Arguetas, por el precio de 116 pesos de oro común y cinco reales.
El Capitán Don Nicolás Alejandro de Meza, Alcalde Mayor de Jalapa y de Jalacingo, nombró como Teniente del pueblo de Santa María Tlapacoyan a Don Juan Durán, vecino de la ciudad de Los Ángeles, en quien concurren las partes y calidades necesarias para la administración de la justicias.
Doña Isabel de Medina y Landa, vecina de Jalacingo, hizo gracia y donación a su hijo el Alférez Don Sebastián Ruiz Fernández, de 7 caballerías y medio cuarterón de tierra que tiene en un sitio de ganado mayor que posee junto a otro, en que está fundado el trapiche de San Juan, que ella y su marido levantaron en términos de Tlapacoya.
El Capitán Don José Ventura del Pedredo Salazar, Alcalde Mayor de Jalapa y Jalacingo, usando de la facultad que su Majestad le concede para nombrar tenientes que administren la real justicia, nombró a Don Juan Eugenio Hernández, por Teniente del pueblo de Santa María Tlapacoya, jurisdicción de Jalacingo.
Francisco Ruiz Fernández, vecino de la jurisdicción de Jalacingo, hijo legítimo del Alférez Juan Ruiz Fernández y de doña Isabel de Medina y Landa, propietaria del trapiche de fabricar azúcar nombrado San Juan, en términos de Santa María Tlapacoyan, dijeron que fundaron una capellanía de misas rezadas por 3 mil pesos de dote principal y 150 de renta, y como dueño de dicho trapiche, otorga que reconoce a favor de la capellanía sus patronos y capellanes propietarios, interinos y quien por ella fuera parte legítima.\r\n