Don Diego Dávila Barrientos, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que el Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, Cura que fue del partido de Tlacotepeque [Tlacotepec], difunto, dispuso instituir cierta obra pía [para huérfanas] con gravamen sobre una porción de la hacienda nombrada San Isidro, que posee el otorgante junto con un rancho al pago de Quichula [Quechula], San Bartolomé y Coyotepeque [Coyotepec], en la jurisdicción de Tepeaca, y de cuyo gravamen debía el otorgante 1 612 pesos de los réditos corridos hasta fin de febrero del año de 1692, a razón de 240 pesos cada año, de lo que otorgó vale firmado a favor de dicha obra pía. De la mencionada cantidad, el Licenciado Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], como albacea que fue de dicho difunto y patrón de la capellanía, le relajó [53 pesos] que pagó el otorgante a Isidro [Hernández] de Seresero, vecino del partido de Quichula [Quechula], para el ajuste de la dote que se le dio a una huérfana de dicha obra pía; y 25 [pesos] que le libró Juan de [roto], como albacea del Licenciado don Diego Jaimes Ricardo, por haberlos dado a [Mariana], huérfana, viuda de don Francisco de Bistrayn [Bistrain]. Por lo cual resta debiendo sólo 1 534 pesos, que pertenecen a las dotes de doña Ana Dávila Jaimes, su hija [roto]; Gertrudis Jaimes, hija de Antonio [roto], difunto; y [roto] Jaimes, su mujer; doña Beatriz de Trejo, hija de Agustín [roto], vecino y labrador de dicho partido de Quichula; y doña Josepha [Josefa] Jaimes, [hija] de Pedro Jaimes Alfonso; a quienes pertenece dicha cantidad y a cada una le tocan 383 pesos 4 tomines. Por lo cual se obliga por la presente a pagar dichos 1 534 pesos, conforme vayan tomando [estado las susodichas].
Zonder titelSANTA CRUZ TLACOTEPEC, PARTIDO DE
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Nicolás de Ortega, vecino del pueblo de Orizaba, dijo que cuando contrajo matrimonio con María de Piña, hija legítima de Manuel de Piña, difunto, y de Josepha [Josefa] Román, recibió de su suegra 340 pesos de oro común, cantidad que le tocó por parte de la obra pía de casamiento [roto] fundada por el Licenciado Juan Francisco [Jaimes Ricardo Villavicencio], Cura Beneficiado por Su Majestad [roto] [en el partido de] Santa Cruz Tlacotepec, por haber sido la susodicha sobrina del fundador y la primera que fue nombrada y señalada en una de las dotes de dicha obra pía. Por lo tanto, otorga que ha recibido dicha cantidad del Licenciado Diego Jaimes Ricardo [Villavicencio], Cura Beneficiado por Su Majestad Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Santa Cruz Tlacotepec, tío de su esposa y primer patrón que es de dicha obra pía.
Zonder titelDon Diego Dabila Varrientos [Dávila Barrientos], residente en esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar, otorga que se obliga de dar y pagar a Diego Xaimes [Jaimes] Ricardo Villavicencio, Cura Beneficiado por Su Majestad del partido de Santa Cruz Tlacotepeque [Tlacotepec], 2 170 pesos dentro de dos años. Los 670 de ellos que le ha dado en calidad de préstamo; y los 1 150 por los mismo que Diego Xaimes [Jaimes] Ricardo Villavicencio se obligó a pagar por él a Juan Bauptista de Rioseco, por el primer plazo que le debe pagar de la cantidad de pesos [roto] de la hacienda de trapiche de hacer azúcar que posee nombrada [roto] Omealca.
Zonder titelDon Diego Dabila Varrientos [Diego Dávila Barrientos], residente en esta villa de Córdoba, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José de Omealca, situada en términos del pueblo de Cuesala [Coetzala], jurisdicción de la ciudad de Antigua Veracruz, otorga que vende al Licenciado Diego Xaimes [Jaimes] Ricardo Villavicencio, Cura Beneficiado, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Santa Cruz Tlacotepeque [Tlacotepec], 93 pesos de censo en cada un año, los cuales impone sobre todo sus bienes, en especial sobre su hacienda. Dicha cantidad la pagará por sus tercios corridos fin de cada cuatro meses, por precio de 1 860 pesos de a 8 reales cada uno, que recibe de contado para ajustar la cantidad de pesos en que compró el trapiche. Dicho otorgante se obliga a guardar las condiciones que se mencionan en la escritura. Y estando presente Miguel de Leiva [Esparragosa], vecino de esta villa, Alcalde Ordinario, en voz y en nombre del Licenciado Diego Xaimes [Jaimes] Ricardo Villavicencio, dijo que aceptaba según como en ella se expresa y declara la presente escritura.
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