Juan de Soto Noguera, vecino de esta villa, Alguacil Mayor del Santo Oficio de la Inquisición, natural de Santiago de Cangas, arzobispado de Santiago en el Reino de Galicia, hijo legítimo de don Juan Noguera y de Marta de Avendano [Avendaño], difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Manda se digan doscientas misas rezadas por su intención, cargos de conciencia que pueda tener, y otras cien misas rezadas de que pueda ser encargo. Ítem manda se digan otras cien misas rezadas por su alma. Declara que debe a Benito Rendón 139 pesos, de los cuales manda se paguen; debe también a los bienes de Juan Sánchez Niño de Guevara 90 pesos; debe a Nicolás del Castillo 25 pesos; debe a Pedro Trillo [de Figueroa] 25 pesos; debe a Martín Gómez 50 pesos; debe a Joseph Gómez Dávila 100 pesos; debe a Antonio Fernández de Obregón 150 pesos. Por otra parte, señala que Juan García de Miranda, vecino de esta villa, le adeuda 1 766 pesos 6 reales procedidos y causados de la hacienda que le compró. Declara por sus bienes la casa de su morada, de piedra y madera, la cual es realenga y libre de todo gravamen; un negro esclavo nombrado Francisco y una negra nombrada Dominga. También declara por sus bienes un rancho en esta jurisdicción, que cuenta con 12 caballerías de tierra; en él tiene fundado casas y sembrado caña. Ítem declara se halla con una merced de 5 sitios de tierra de la otra banda del río Blanco, otorgada por el Virrey de esta Nueva España, de la que no ha hecho posesión ni diligencia por sus cortedades. Ítem declara tener una casa y dos molinos en su lugar y Reino de Galicia. Ítem declara que fue casado con Thomasa [Tomasa] Rodríguez, difunta, natural de esta villa, con quien procreó a Gertrudis, Margarita, Catalina, María, Juana Teresa y Juan de Soto. Nombra como albaceas testamentarios a don Joseph [José] Gómez Dávila, a Miguel de Prado y a Pedro García de Miranda, vecinos de esta villa, y a Joseph [José] Gómez, por tenedor de bienes. Nombra como herederos universales a sus hijos y por curador y tenedor de sus personas y bienes a dicho don Joseph [José Gómez].
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Don Diego Valero Grageda, Regidor Perpetuo de esta villa de Córdoba por Su Majestad, dueño de hacienda de beneficio de hacer azúcar en esta jurisdicción, dijo que por el mucho amor y voluntad que le tiene a José García, María, Rafaela, Gertrudis, Tomás, Ana María y Miguel, hermanos, hijos de Micaela de Soto, mujer soltera, por la presente, les hace donación de 27 caballerías de tierra en esta jurisdicción, que lindan por una parte con el Río Blanco y por la otra con tierras suyas; de las cuales, 17 caballerías heredó de sus padres y las restantes las compró a Su Majestad; además, ocho negros nombrados Cristóbal, José, Nicolás, Agustín, Francisco, Ignacio, Juan José y Sebastián, mulato; y todos los ganados mulares, caballares y vacunos que están herrados con el fierro de Matlatengo. Es condición de dicha donación que han de fructificar dichas tierras, haciendo un rancho o hacienda de trapiche con los esclavos y todo lo que fructifique sea partible entre los susodichos y los demás hermanos que les sucediesen. Asimismo, si alguna de las hijas tomara estado, han de dividir los bienes entre todos y entregarle lo que cupiere, o bien el marido trabajar las tierras y mantener y alimentar a su mujer hasta su fallecimiento.
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