RELIGIOSAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0051-PC_0051_0049 · Pièce · 1715/04/10
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Pibot y Tapia vecino de esta villa, dijo que en febrero pasado del presente año, se le otorgó escritura de venta de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada San Joseph y San Juan [San José y San Juan Bautista] por el Capitán don Juan Valero Grajeda, en virtud de despacho de los señores del Santo Tribunal de la Inquisición de este reino. Asimismo, dijo que sobre dichas tierras y haciendas estaban cargados 2 000 pesos de principal y por ellos 100 pesos de réditos anuales a favor de la Madre Isabel de Jesús de Nazareno, Religiosa Profesa del convento de San Jerónimo de la ciudad de los Ángeles; y aunque en la escritura de venta que otorgó don Juan Valero Grajeda, éste subrogaba en su lugar 2 000 pesos que tiene a censo sobre una casa suya a favor de la capellanía de misa de once sita en la parroquia de esta villa; sin embargo, la madre Isabel de Jesús de Nazareno no prestó su consentimiento para el traspaso, prefiriendo que se mantenga el censo sobre la hacienda de San Juan y San Joseph [José] como ha estado siempre; y poniéndolo en efecto, otorga que reconoce por dueña y señora del principal de los 2 000 pesos a la Madre Isabel de Jesús y se obliga a pagar sus réditos a razón del 5 por ciento anuales desde principios del presente año y cumplirá sus condiciones de dicha escritura.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0003 · Pièce · 1716/01/13
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              José García Valero, Francisco García Valero y Micaela de la Rosa, vecinos de esta villa de Córdoba, albaceas testamentarios del Alférez Mayor don Diego Valero Grajeda, difunto, y la susodicha como tenedora de bienes, tutora y curadora de los menores hijos suyos naturales, por poder que tienen otorgado del difunto, otorgan que venden a don Gaspar Rendón, vecino de esta villa, el rancho nombrado Quichapa [Cuichapa], con todas sus entradas y salidas, usos y costumbres, derechos y servidumbres, y lo demás de que de ello y sus aprecios se hacen mención en la forma siguiente: primeramente, las 27 caballerías de tierra en donde está fundado el rancho y avaluadas en 250 pesos cada caballería, de lo que el comprador adelantó 50 pesos de cada una de ellas, que las viene a pagar a 300 pesos que montan 8 100 pesos. Una casa de vivienda cubierta de teja fundada sobre horcones. Una pared y media de casa de calderas con un poco de piedra y arena. Una cocina cubierta de teja. Cuatro casillas de zacate de vivienda de los esclavos. Una suerte de caña nombrada la Asunción, plantas de cinco meses. Suerte de la Ceiba de cuatro meses con 170 surcos. Suerte de Santa Anna con 103 surcos, planta de seis meses. Otra, nombrada del Rosario con 320 surcos, la mitad seca y la otra mitad planta recién sembrada. Otra suerte nombrada San Blas de nueve meses con 180 surcos. Un esclavo negro nombrado Nicolás; otro nombrado Juan José; otro nombrado José, casta mandinga; otro nombrado Cristóbal, mandinga, lisiado de una mano. Sumando todas las partidas 11 610 pesos, con la advertencia de que, aunque en el inventario y avalúo del rancho se hayan otros 4 esclavos más, 17 bueyes, 4 caballos y 2 machos, de esto los otorgantes dijeron que han resuelto separarlo y aplicarlo a la hacienda nombrada Nuestra Señora de Guadalupe, por lo que especifican que solo venden las partidas antes mencionadas. Con la condición de que el Capitán Gaspar Rendón debe pagar con los 11 610 pesos del valor del rancho y sus aperos, las cantidades y personas siguientes: se le han de pasar en cuenta al comprador 1 100 pesos que se le están debiendo por cláusula de testamento; se pagará 1 500 pesos al Licenciado don José Valero Grajeda, Presbítero de la ciudad de Los Ángeles; 1 100 pesos a la Madre Isabel de Jesús de Nazareno del convento de San Jerónimo que se le están debiendo de réditos; 5 000 pesos al Tribunal de Santo Oficio de la Inquisición, que debía por escritura el Alférez Mayor don Diego Valero; pagar al Licenciado don José Ruiz de Morales 1 125 pesos que se le están debiendo de réditos; 500 pesos a la iglesia catedral de la Puebla; 370 pesos al convento de Santa Catarina de Sena de religiosas de la ciudad de Oaxaca, que se le deben de réditos; al convento de Nuestra Señora de la Merced de la Puebla, 200 pesos que se le deben de réditos; al Capitán don Pedro de Bárcena, 200 pesos; al Capitán don Jerónimo de Acosta, Alcalde Mayor de esta villa, 200 pesos que se le están debiendo; a Juan Marcos Rendón, 200 pesos que se le están debiendo; al Veedor don Antonio Lorenzo de Riascos, vecino de Orizaba, 96 pesos. Cuyas partidas suman la cantidad de 11 591 pesos, que con 19 pesos que les ha dado y pagado en reales de contado, resulta la cantidad de los 11 610 pesos que es el valor del rancho y que se dan por entregados.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0006 · Pièce · 1716/01/31
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, vecino de esta villa de Córdoba y dueño de hacienda de hacer azúcar en su jurisdicción, vende al Señor don Francisco Valero y Espinosa, Alcalde Ordinario por Su Majestad, una hacienda de dicho beneficio nombrada San Juan Baptista [Bautista] en esta jurisdicción, la cual linda por el oriente con ejidos del cabildo de esta villa; por el poniente con el comedero de Sacatepeq [Zacatepec]; por el norte con tierras del Licenciado don Andrés de Meza y Mendoza, Presbítero; y por el sur con tierras de Francisco Valero. Dicha hacienda la hubo y heredó del Regidor José de Leiva, su padre, asimismo, las tierras son las mismas que el Ilustre Cabildo de esta villa le repartió a Juan de Miranda y Leiva, su abuelo, como uno de los treinta primeros fundadores. La hacienda se compone media caballería de tierra, casa de vivienda de cal y canto, un asoleadero, una casa de calderas con su colgadizo, hornallas y pilares, trapiche con su molienda corriente, casa de purga, dos espumaderas, una bomba y un remillón, dos negros esclavos, nueve machos, doce suertes de cañas. La vende al precio de 7 300 pesos de oro común a censo sobre la hacienda y sus aperos, con la obligación de hipotecar y obligar al seguro de ellos 5 caballerías de tierra que posee el comprador por suyas a la linde de la citada hacienda. Asimismo, será obligado a pagar los réditos a razón de 5 por ciento anuales, por cuatrimestre y de la manera siguiente: 2 000 pesos que exhibirá de contado a Rafael y Miguel de Leiva, menores hijos y herederos del Regidor don Miguel de Leiva Esparragosa, su hermano, y entregará para cuando tengan la edad competente; 500 pesos de los que entregará reconocimiento en favor de la obra pía para casar huérfanas que mandó instituir el Licenciado Juan Francisco Álvarez Ricardo, Presbítero; 2 000 pesos que quedarán cargados sobre dicha hacienda a censo en favor de la Madre Nicolasa Teresa de la Concepción, su hermana, Religiosa del convento de Santa Clara de la ciudad de Los Ángeles; 1 800 pesos sobre dicha hacienda a censo en favor de las religiosas Madres Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, sus hermanas, Religiosas Profesas del convento de Santa Clara de los Ángeles, y por fallecimiento de ambas, volverá el principal a los herederos y sucesores del Regidor José de Leiva; y los 1 000 pesos restantes se reconocerán sobre la hacienda a censo en favor del Comisario don José de Sagade.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0013 · Pièce · 1716/02/08
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Gaspar Rendón, vecino de esta villa de Córdoba y mercader en ella, se obliga de pagar a la Madre Isabel de Jesús de Nazareno, Religiosa de Velo del convento de San Jerónimo de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 1 000 pesos en reales, cantidad que tiene recibida del Licenciado don José Valero Grajeda, Presbítero, en voz y en nombre de dicha religiosa, quien los donó a doña Josefa de los Dolores Valero, niña reclusa en su compañía en el convento, cuya cantidad tendrá en su poder por tiempo de cuatro años, que empiezan a correr y contarse desde hoy día de la fecha en adelante, y se obliga a pagar los réditos de 5 por ciento anuales.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0052-PC_0052_0127 · Pièce · 1716/11/21
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas y doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su mujer, vecinos de esta villa de Córdoba y dueños de haciendas de beneficios de hacer azúcar en su jurisdicción, ella con licencia del susodicho, ambos en mancomún ratifican el poder general que otorgaron al Capitán don Sebastián de Guevara y Lucio, su primo y compadre, vecino de la ciudad de los Ángeles. También, ratifican y aprueban el remate que hizo del trapiche nombrado San Joseph [San José] de Omealca, que está en jurisdicción de la Antigua Veracruz en términos y pueblo de San Antonio Tenexapa, que quedó por bienes del Alférez don José Gómez Dávila, en cantidad de 25 000 pesos pertenecientes a la obra pía que para dote de religiosas dejó fundada el Señor Maestre de escuela Licenciado don Diego Peláez Sánchez. Asimismo, para que con todas las calidades y condiciones en que se hizo el remate los obligue a que pagarán dentro de ocho años que empezarán a correr desde el día de la aprobación y confirmación del mismo, enviándose su mitad dentro de cuatro años, y la otra dentro de otros cuatro años, y en el ínterin pagará sus réditos anualmente adelantados, y el primero que son 1 200 más 50 pesos con las costas de su cobranza. Ambos otorgantes se obligan a que en el término de tres meses presentaran la tasación de sus haciendas para que se reconozca su importe y se rebajen los censos e hipotecas que sobre ellas están y se asegure la obra pía y sus réditos.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0056-PC_0056_0002 · Pièce · 1720/01/03
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Alonso López de Sagade Bugueiro, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre de doña Antonia Clara de Rivadeneira, su legítima mujer, en virtud del poder para testar que le otorgó en la ciudad de los Ángeles, bajo el cual falleció, otorga por la presente el testamento de su mujer según y cómo se lo dejó comunicado: Declara que su cuerpo fue sepultado en la iglesia del convento de la Santísima Trinidad, debajo de la lámpara del Santísimo Sacramento. Ordena se dé una mantellina de tisú al Patriarca Señor San José de la parroquia de esta villa. Manda se imponga una renta sobre sus fincas para menesteres y chocolate de sus hijas, la Madre Antonia de San José y la Madre María de la Santísima Trinidad, Religiosas que son del convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de los Ángeles. Declara para que conste, que al tiempo que fundaron las capellanías de 3 000 pesos cada una, que gozan el Licenciado don José López de Sagade Bugueiro y don Gaspar López de Sagade Bugueiro, sus hijos, habían de ser del quinto de los bienes de cada uno y cinco del demás caudal o del remanente del tercio donde cupieran. Es su voluntad que la alfombra grande se le diese al dicho convento de la Santísima Trinidad para que sirviese en las funciones de su iglesia. Declara haber sido casada con el otorgante, quien recibió de dote 3 000 pesos y él tenía otros 3 000 pesos; y durante dicho matrimonio procrearon al Licenciado don José de Sagade, Presbítero, de veintisiete años de edad; a don Gaspar López de Sagade Bugueiro, Presbítero, de veintiséis años; a la Madre Antonia de San José y a la Madre María de la Santísima Trinidad, Religiosas Profesas de Velo y Coro de dicho convento, la primera de veintidós años y la segunda de veinte; a doña Gertrudis López de Sagade Bugueiro, de diecisiete años, mujer legítima de don José de Segura y Ceballos; a doña Clara [López de Sagade Bugueiro], de doce años; a doña Jerónima[López de Sagade Bugueiro], de diez años; y a doña Isabel López de Sagade Bugueiro, de ocho años. Nombra herederos a sus hijos don José, don Gaspar, doña Gertrudis, doña Clara, doña Jerónima y doña Isabel López de Sagade; declara que no instituye como herederas a sus dos hijas religiosas porque en los testamentos que otorgaron al tiempo de sus sagradas profesiones, hicieron renuncia de sus legítimas a favor de sus padres. Se nombra el otorgante como tutor y curador ad bona de sus menores hijas.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0065 · Pièce · 1711/06/02
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad de esta villa, Vicario Foráneo, Juez Eclesiástico y Comisario de la Santa Cruzada, se obliga a pagar al mayordomo que sea del convento de religiosas de la Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, 3 000 pesos de la dote de doña Luisa Sánchez Solano, su sobrina, que está para tomar el hábito de religiosa, cuya cantidad pagará ocho días antes de la profesión de la susodicha.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0054-PX_0054_0248 · Pièce · 31/10/1787
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña Lucrecia María Báez, viuda de segundas nupcias de don Fernando Antonio González, vecina de Jalapa, dijo que su hija Josefa Rafaela Rodríguez tuvo un solar en este pueblo y por haber profesado como religiosa recayó en la otorgante, en cuyo solar construyó una casa que después vendió a su hijo don Francisco Gerardo González, de la cual no otorgo escritura de venta, por lo que en la presente otorga que vende a dicho su hijo la referida casa ubicada en este pueblo y calle que sale para los ingenios, en precio de 700 pesos.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0007-PX_0007_0278 · Pièce · 30/04/1661
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Alonso Gutiérrez de Ceballos, albacea del Lic. Juan de Vera Betancurt, solicitó a las religiosas descalzas de la ciudad de Los Angeles, acepten el legado del Lic. Juan de Vera sobre que sirvan en su convento 2 mulatas esclavas llamadas Lucía [de Vergara] y Juana [Morán de Betancurt] y de lo que determinasen se les de testimonio.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0077-PX_0077_0049 · Pièce · 20/09/1815
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Doña María Josefa de Herrasti y Alba, viuda del finado don Carlos Díaz de la Serna y Herrero, Regidor Perpetuo y Alguacil Mayor que fue de este Ilustre Ayuntamiento, y don Joaquín de Herrasti y Alba, su hermano mayor, de 25 años de edad, albaceas y únicos herederos de doña María Ignacia de Alba Montañés de la Cueva, madre legítima de ambos, según su última disposición testamentaria con fecha de 28 de mayo de 1811, han convenido en adjudicarse las dos casas que dejó entre sus bienes su madre, ubicadas en la Calle de Belén, una chica, donde esta situada una tienda, y la otra grande. Siendo la primera propiedad de doña María Josefa y la segunda de don Joaquín. Obligándose este último a reconocer sobre dicha casa 3 000 pesos de principal, por una capellanía que sirvió el Doctor don Manuel, hermano de ambos, y 2 000 pesos que ha de cargar sobre ella a favor de sus hermanas monjas, Sor María Cayetana y Sor Manuela Herrasti y Alba.\t