RELIGIOSAS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0042-PC_0042_0097 · Pièce · 1707/07/06
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Juan Álvarez de Rivera, vecino de esta villa de Córdoba, dijo que por cuanto Juan de Miranda y Leiva, vecino que fue de esta villa, otorgó escritura de venta a favor de Pedro García de Meza, su suegro, vecinos que fueron de esta villa, de una hacienda de hacer azúcar en esta jurisdicción en el paraje que llaman la Piedra Gorda, en cantidad 5 000 pesos, los 1 300 que quedaron impuestos a censo redimible sobre dicha hacienda, otros 1 000 a favor de don José Gómez Dávila y los 300 a favor de los herederos de doña Ana González de Velilla Blanco y la restante cantidad [roto] a diferentes plazos. Asimismo, declara que por remate público le fue otorgada la citada hacienda con el cargo de dichos censos y los 1 000 pesos en la hijuela de partición que se hizo de los bienes que quedaron del Regidor don José Gómez Dávila, los cuales le tocaron a la Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, cuyos réditos ha pagado a don Juan Gómez Dávila, tío de la dicha religiosa y albacea que fue del difunto. Por otra parte, señala que Juan Gómez Dávila le ha solicitado otorgue reconocimiento del censo, por lo que en aquella vía y forma otorga que reconoce como dueño de los 1 000 pesos a la Madre Catalina de San José y se obliga de pagar los réditos desde hoy día de la fecha.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0022 · Pièce · 1716/11/25
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              José de Olaso y Salgado, poderhabiente de la Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa de Velo y Coro del convento de [ilegible] de la ciudad de los Ángeles, exhibió una escritura otorgada por el Capitán don Juan Gómez Dávila, difunto, vecino que fue de esta villa, dueño de trapiche de hacer azúcar en esta jurisdicción, de traspaso de censo de 1 000 pesos de principal a favor de dicha religiosa, los cuales tenía sobre su casa que poseía en esta villa, y porque la tenía muy deteriorada y para tenerlos más asegurados los traspasó sobre su hacienda Santa Teresa y en el ínterin que no los redimiera se obligó y obligó a sus herederos a pagar sus réditos a la dicha Madre Catalina, y para que conste hace el presente registro. La escritura fue otorgada el 22 de mayo de este presente año.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0027 · Pièce · 1717/06/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don José de Olaso y Salgado, curador ad lítem de doña Juana María y doña María Teresa Gómez Dávila, recluidas en el convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, hijas y herederas del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, exhibió una escritura de reconocimiento de 2 500 pesos que otorgó don Diego de Altamirano, vecino de esta villa, a los 12 de febrero de este presente año, dueño de hacienda de trapiche de hacer azúcar, por la cual consta y parece habérsele rematado en Manuel Francisco de Urquía, una casa de piedra y madera, cubierta de teja, y medio solar eriazo, que quedó por bienes del Regidor don José Gómez Dávila, difunto, en 3 000 pesos, los 500 de contado para el vestuario de dichas menores y los 2 500 pesos restantes que quedaron sobre dicha casa a favor de las citadas herederas, para seguridad del principal hipotecó dicha casa y su hacienda, y para que conste dicha escritura la firmó.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0044 · Pièce · 1732/03/22
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Lope Antonio de Iribas, Regidor de esta villa por Su Majestad y Depositario General, exhibió una escritura de obligación otorgada por el Capitán don Miguel de Guevara, vecino y del comercio de la Nobilísima ciudad de los Ángeles, en nombre y con poder de dicho Lope y de doña Agustina Jaimes Dávila Barrientos, su esposa, por la cantidad de 25 000 pesos de principal a favor de la obra pía que para dote de religiosas fundó el Señor Maestre de escuela don Diego Peláez Sánchez, para pagarlos dentro de nueve años y en el ínterin sus réditos de 5 por ciento en cada un año, para cuyo seguro obligó el dicho Capitán don Miguel de Guevara generalmente los bienes de sus partes e hipoteca especial y expresamente dos haciendas del beneficio de hacer azúcar que en esta jurisdicción poseen ambos, una nombrada San Joseph [José] de Omealca perteneciente a dicho don Lope y de cuya venta procede este débito; y la otra nombrada San Miguel Guegueapa [Huehueapa] perteneciente a doña Agustina; siendo de advertir que estos réditos se han de pagar adelantados; y de su pedimento puso este registro en el libro del becerro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0050 · Pièce · 1733/01/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Teniente de Infantería española don José Mateos Navarro, vecino de esta villa, en nombre del Capitán don Francisco de Meza y Mendoza, vecino y labrador en provincia de la ciudad de Tehuacán, registró una escritura otorgada por don Juan de Briones, dueño de la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Teresa y Panzacola, que se halla en esta jurisdicción, por la cual parece que dicho don Juan de Briones se obligó a pagar a dicho Capitán don Francisco de Meza y Mendoza 1 000 pesos de oro común, por los mismos que por hacerle buena obra le había prestado en reales de contado y para asegurar el pago hipotecó la dicha hacienda, la cual está grabada a 1 000 pesos de censo redimible en favor de la Reverenda Madre Catalina de San José, Religiosa Profesa del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles [roto].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0046-PC_0046_0055 · Pièce · 1710/06/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Domingo Mucio, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Señor San José [alias Panzacola], en jurisdicción de esta villa, dijo deber al Doctor don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario de esta villa y Juez Eclesiástico, 1 470 pesos de oro común, los cuales dicho cura tiene destinados para la dote de su sobrina doña Josefa de Origuela, niña doncella, novicia del convento de la Santísima Trinidad. Y por cuanto Mucio no ha podido pagar dicha cantidad por los gastos que ha hecho para poner al corriente a su hacienda y por el poco precio que ha tenido el azúcar. Y para que no se detenga la profesión de dicha novicia, ha suplicado al Ilustrísimo Señor don Pedro de Nogales Dávila, del Consejo de Su Majestad, Obispo de dicha ciudad, se sirva mandar un plazo para el entero pago de dicha cantidad y réditos, con obligación de pago a favor de dicho convento. Y por cuanto dicho Señor Obispo ha decretado el plazo de un año para el pago del principal, por la presente, Domingo Mucio, se obliga a pagar al convento de señoras religiosas de la Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, la cantidad de 1 470 pesos de oro común en reales dentro de un año a partir de esta fecha y con hipoteca de su hacienda.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0047-PC_0047_0126 · Pièce · 1711/10/07
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Capitán don Antonio de Leiva Esparragosa, Alcalde Ordinario de esta villa de Córdoba por Su Majestad; don Nicolás Rodríguez Dávila, Capitán de una de las compañías milicianas española de ella; y el Capitán Juan de los Santos Cubillos, vecino de esta villa y dueños de haciendas del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción; otorgan poder especial al Alférez don José Gómez Dávila, residente en la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa, para que en sus nombres los obligue como sus fiadores en la compra del trapiche del beneficio de hacer azúcar nombrado San José de Omealca, hasta en cantidad de 31 000 ciento y más pesos y obligándolos al reconocimiento de ellos, quedando sobre dicho trapiche impuestos a favor del Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles y Maestrescuela de ella. Para seguridad de dicho débito, don Antonio de Leiva hipoteca su hacienda nombrada San Juan Bautista que posee en esta villa y vale más de 28 000 pesos, sobre la cual tiene 2 000 pesos de censo a favor de la Madre Gertrudis de San Miguel, su hermana, Religiosa del convento de Santa Clara de dicha ciudad, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Regidor don Francisco de Aguilar y por otro lado con tierras del Bachiller don Andrés de Meza y Mendoza, y por el frente y fondo con tierras de los propios de esta villa; don Nicolás Rodríguez hipoteca su hacienda nombrada San José que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están 2 000 pesos de capellanía favor del Bachiller don Nicolás de Barrios, Presbítero, y como 4 000 pesos de algunas hipotecas, cuya hacienda linda por un lado con tierras del Tesorero don Amaro José Bocarando, por otro lado con tierras del Capitán don Manuel Gómez Dávila, y hace frente con la sierra de Tepexilotepeq [Tepexilotepec]; y Juan de los Santos hipoteca su hacienda nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora que vale más de 30 000 pesos, sobre la cual están como 17 000 pesos de principal a favor de diferentes censualistas, y se compone de cinco sitios y 6 caballerías de tierra, linda por una parte con tierras del pueblo de San Francisco Chocamán, y por otro lado con tierras de esta villa, el río de Metlac y el de Tlapa [Tleapa].

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0101 · Pièce · 1712/10/29
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Francisco Mayorga Cervantes, Cura Beneficiado por Su Majestad, Vicario Foráneo y Juez Eclesiástico de esta villa, Comisario de la Santa Cruzada en ella, otorga haber recibido del Capitán don Lope Antonio de Iribas, vecino de esta villa, 2 000 pesos de oro común en reales, los mismos que recibió Iribas para la dote de Juana Sánchez Solano, su sobrina, Religiosa del convento de la Santísima Trinidad de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y se obligó a pagárselos por escritura hecha en esta villa a primero de junio de 1708.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0107 · Pièce · 1712/11/09
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              Don Manuel José de Rosas y Zorrilla, Caballero de la Orden de Calatrava, vecino de esta villa de Córdoba, en voz y nombre del Capitán don José de Segura y Ceballos, difunto, vecino que fue de esta villa, en virtud de poder para testar que le otorgó a él y al Licenciado don Antonio de Segura y Ceballos, su difunto hermano, otorga su testamento de la siguiente manera: Declara que dicho capitán falleció el 10 de abril de 1712; que fue natural de la ciudad de los Ángeles; y fue hijo legítimo del Capitán don Juan de Segura y de doña Florentina de Ceballos, difuntos. Dijo que fue voluntad del difunto que Juanilla, negra esclava de cinco años de edad, hija de José joyero, negro, también su esclavo, se la diesen a su hija, doña María de Segura y Ceballos, como manda graciosa. Declara que sobre la hacienda del beneficio de hacer azúcar nombrada Nuestra Señora de Candelaria, que quedó por bienes de dicho difunto, están cargados los siguientes censos y capellanías: 2 000 pesos a favor de Juan Cabezas; 14 500 a favor del convento de religiosos Carmelitas Descalzos de la ciudad de los Ángeles; 8 000 pesos a favor del convento se Señora Santa Clara de la ciudad de los Ángeles; 1 000 pesos a favor del convento de Santa Inés del Monte Polenciano [Montepulciano] de la ciudad de los Ángeles; 2 200 pesos de principal de una capellanía a favor del Licenciado don Alonso Berruecos; 1 000 pesos de una capellanía a favor del Licenciado don Lope de Cuello, Presbítero; 3 000 pesos a favor del Capitán don Diego Andrada, y hoy pertenecen al convento de Santa Clara por haber hecho sus herederos cesión de ellos; 1 000 pesos a favor de una hija de don Domingo José de Apresa Gándara Araujo y Moctezuma, Religiosa del convento de la Concepción de la ciudad de los Ángeles. Declara que dicho difunto debía lo siguiente: 1 000 pesos y sus réditos a favor del Licenciado Almonacid, Capellán del coro de la santa iglesia catedral de la ciudad de los Ángeles; 800 pesos a una cofradía de la ciudad de Cholula; 400 pesos a otra cofradía de Cholula o Guexosingo [Huejotzingo]; 2 000 pesos a la Venerable Concordia de la ciudad de la Puebla; 2 000 pesos que están cargados sobre una casa que quedó por bienes de dicho difunto en esta villa. Declara que dicho difunto estuvo casado con doña Gabriela Blanco, hija legítima del Capitán José Blanco y de doña Francisca Jiménez de Encinas, difuntos; y que cuando contrajeron matrimonio recibió de dote 6 100 pesos y 4 000 pesos que dio el difunto en arras, asimismo, por esos días él tendría como 10 000 o 12 000 pesos de capital. En dicho matrimonio procrearon a José de Segura y Ceballos, de veintiocho años de edad; a doña María de Segura y Ceballos, de veinticinco años; a doña Francisca Segura y Ceballos, difunta, mujer que fue de don Manuel José de Rosas y Zorrilla. Declara por bienes del difunto tres casas en esta villa; una casa principal en la ciudad de los Ángeles, frontero del Colegio de San Juan, la cual tiene cargados 4 200 pesos de principal de una capellanía; y la hacienda Nuestra Señora de Candelaria, en la jurisdicción de esta villa de Córdoba. Se nombra como albacea don Manuel José de Rosas y Zorrilla; nombra como herederos a don José de Segura y Ceballos y a doña María de Segura y Ceballos; y en representación de Francisca de Segura y Ceballos, difunta esposa del otorgante, a los hijos de ésta: don Manuel, doña María y doña Luisa de Rosas y Segura. Asimismo, Manuel José de Rosas y Zorrilla se nombra tutor y curador ad bona de los hijos menores del capitán.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0070 · Pièce · 1693/11/08
              Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba

              El Regidor Joseph [José] de Leiva, natural y vecino de la villa de Córdoba, hijo legítimo del Capitán Juan de Miranda y Leiva, y de Ana de Burgos [Durán], difuntos, otorga su testamento en la manera siguiente: Manda que llegado su fallecimiento se diga un novenario de misas. A las mandas forzosas y Casa Santa de Jerusalén manda a cada una un peso; y para la beatificación del “hermano Gregorio López” 2 pesos. Ítem manda se digan por su alma y las de sus padres quinientas misas rezadas; y cien más para las almas que “yo pueda ser encargo” y de aquellas personas que han muerto en su servicio. Ítem manda a las cofradías sitas en la iglesia parroquial una arroba de cera de Castilla. Declara que es hermano de todas ella. Ítem manda se den de sus bienes 1 000 pesos para la obra material de la santa iglesia parroquial de esta villa; y otros 1 000 pesos para la obra material del Convento de San Antonio. Ítem manda se le den a María de Pedraza, doncella, su sobrina, huérfana, 200 pesos; y a María García de Miranda, su sobrina, mujer legítima de Juan de Betancur [Letancur], 200 pesos. Ítem manda se den de sus bienes tres piezas de mantos a tres mujeres pobres. Ítem manda se den de sus bienes de limosna 100 pesos a Antonio Martín para los alimentos y vestuarios de sus hijos. Ítem manda que el [roto] de sus bienes se impongan a censo sobre fincas seguras [roto] a razón de cinco por ciento en cada año para que de la mitad de sus corridos se alimenten las madres Nicolasa Theresa [Teresa] de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, sus hijas, Monjas de velo y coro del convento de Santa Clara de la ciudad de los Ángeles, y la otra mitad se conviertan en misas rezadas por las Benditas Ánima del Purgatorio. Ítem declara estar casado con doña Catalina de Esparragosa, y al tiempo que contrajeron matrimonio la susodicha trajo 1 000 pesos en reales y otros bienes, con 1 000 pesos más que le mandó en arras. Declara que dentro de su matrimonio han tenido por hijos legítimos a Miguel de Leyva [Leiva Esparragosa], que al presente es alcalde ordinario; a Joseph de Leyba [José de Leiva Esparragosa], que al presente es mayor de veinticinco años; a Antonio de Leyba [Leiva Esparragosa], que será de edad de dieciséis años; a las dichas Nicolasa Theresa [Teresa] de la Concepción y a Gertrudis de San Miguel, Monjas; y a doña María de Leyba [Leiva Esparragosa], mujer legítima de Joseph Gomez Davila. Declara que cuando contrajo matrimonio la dicha María de Leiva le envió en dote 2 855 pesos. Ítem declara por sus bienes una hacienda de trapiche nombrada San Juan Bautista con caballería y media de tierra; otra casa en dicha hacienda, los esclavos, ganados, cañaverales, cobres y demás aperos que le pertenecen; treinta y cuatro machos de tiro de dicho trapiche y otras treinta cuatro mulas de recua; cinco caballos, dos mulas de silla; y cuatro yeguas. Declara por más bienes otra hacienda de hacer azúcar [roto], ubicada en el pago de Totutla, con 10 caballerías de tierra, una casa de vivienda, una casa de cal y canto, 15 suertes de caña, cuarenta y siete mulas y machos de tiro, quince esclavos varones y hembras, todo junto valuado en 16 911 pesos. Ítem declara por más bienes una hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San José ubicada en el pago que llaman de Totutla, con 8 caballerías de tierra, con sus casas de vivienda y de trapiche, una casa de cal y canto, 6 suertes de caña, cinco esclavos, veintiséis mulas y machos; sobre dicha hacienda están cargados a censo redimible a favor del Capitán don Gaspar Carlos de Rivadeneira, 1 352 y 4 reales. Ítem declara que sobre la hacienda nombrada San Miguel están situados y cargados a censo redimible 2 500 pesos a favor de don Domingo de [roto] y Gándara, vecino de la Puebla de los Ángeles. Nombra como sus albaceas testamentarios a doña Catalina de Esparragosa, a Miguel de Leiva [Esparragosa], a José de Leiva y a José Gómez Dávila; e instituye como sus universales herederos a Miguel de Leiva [Esparragosa], José de Leiva, Antonio de Leiva y a doña María de Leiva, en atención a que las dichas madres Nicolasa Teresa de la Concepción y Gertrudis de San Miguel, tienen sus dotes recibidas.

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