Juan Ximénez [Jiménez], vecino de la ciudad de Cádiz, residente en esta villa de Córdoba, soldado de la capitana de flota surta en San Juan de Ulúa del cargo del Conde de Villanueva, en voz y en nombre de don Luis de Aranda, Capitán de dicha capitana, otorga que vende al Regidor Joseph [José] de Leiva, un esclavo nombrado Juan Andrés Márquez de nación Congo, que es del Capitán don Joseph [José] Márquez de Luna, vecino de Cádiz, uno de dos muleques que don Juan Herrera, vecino de Veracruz, le vendió en dicha ciudad. Lo vende en 345 pesos de oro común, y para seguridad de la venta nombra como fiador a [Francisco] de Arévalo, dueño de recua, vecino de San Juan Coscomatepec.
Sem títuloRECUAS
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El Bachiller don Juan Crisóstomo de Aranda, Presbítero de este obispado de la Puebla de los Ángeles y vecino de esta villa de Córdoba, otorga poder especial a Martín Romero, vecino de la Nueva ciudad de la Veracruz, para que en su nombre pida cuentas ciertas y verdaderas a Francisco Carrión, mayordomo de su recua, del tiempo que la ha administrado, para lo cual nombre contadores, jueces árbitros y componedores, y en su rebeldía la justicia de oficio le embargue los fletes que lleve dicha recua y los pase a su poder.
Sem títuloAntonio de Altamirano, dueño de recua, residente en esta villa y vecino de la ciudad de México, como apoderado de María de la Candelaria, parda libre y soltera, vecina de la Nueva ciudad de la Veracruz, vende al Licenciado don Juan Antonio de la Veguellina y Sandoval, vecino de esta villa y Abogado de la Real Audiencia de esta Nueva España, electo [Alcalde de la Sala del Crimen] de dicha Real Audiencia; una esclava negra nombrada Ana Rodríguez, natural de la ciudad de San Cristóbal de la Habana, de treinta años de edad más o menos, que hubo y compró de José Alejo del Río, vecino de la Nueva Veracruz, por escritura con fecha de 17 de mayo de 1710. La vende en precio de 350 pesos de horros de alcabala, con la condición de que cuando dicha esclava pague los 350 pesos se le otorgue su libertad.
Sem títuloSebastián Barradas, vecino de este pueblo de Jalapa y dueño de recua, con poder especial de doña Antonia de Herrera, viuda de don Jacinto Méndez, vecina del pueblo de Apan, vende a Felipe de Acosta, vecino de este pueblo y dueño de recua, un esclavo nombrado José Joaquín de la Cruz de 23 años, en la cantidad de 170 pesos.
Matheo [Mateo] de la Serna, dueño de recua y vecino de la ciudad de México, residente en esta villa, dijo que habiéndole faltado diferentes mulas de carga con el hierro que está al margen, unas que se le han perdido y otras que le han hurtado, encontró una de ellas color retinto en poder de Joseph [José] Flores, vecino de esta villa, y queriéndosela pedir judicialmente se convinieron para excusar gastos y dilaciones. Por lo cual, otorga que ha recibido dicha mula de Joseph [José] Flores, a quien otorga poder y lasto para que por sí y para sí cobre a la persona que se la vendió la cantidad que por ella pagó.
Sem títuloManuel de Calsinas, vecino de esta villa, otorga por la presente carta que debe y se obliga de dar y pagar a Francisco Gómez, vecino del pueblo de Acayucan, jurisdicción de Guasacualco [Coatzacoalcos], 400 pesos de oro común en reales por otros tantos que por hacerle buena obra le ha prestado en reales de contado. Dicha cantidad la pagará para el despacho de la presente flota que se halla surta en el puerto de San Juan de Ulúa del cargo del señor General don Luis de Egues; para seguridad del pago hipoteca su recua aparejada de lazo y reata con veinte mulas y machos.
Sem títuloJosé Miguel Carrión, dueño de recua, vecino del pueblo de San Juan de los Llanos y de transito en este pueblo de Jalapa, otorga poder a don Francisco Flores, vecino de este pueblo, para que en su nombre cobre judicial o extrajudicialmente a don José de Vega, Administrador de la Hacienda de Tortugas, los cortos, atrasos y menoscabos que se le han erogado y seguido por la venta que hizo sin su voluntad ni noticia a don Ignacio de Guevara, de esta vecindad, de una mula marcada con los fierros que están al margen de esta escritura.
Don Juan de Bárcena, vecino y del comercio de Jalapa, como albacea testamentaria del difunto don Manuel de Boza, vecino de este pueblo, otorga que hace imposición y fundación de 500 pesos con anuencia y consentimiento de don Francisco González, dueño de recua y vecino de Jalapa, sobre su casa ubicada en la calle que de la Real sale para los ingenios, cuya imposición hace a favor del Convento de San Francisco de este pueblo, para que con los réditos que perciba el patrono de las obras pías de dicho convento se apliquen perpetuamente todos los años 3 misas rezadas por el alma de don Manuel de Boza.
Don Luis García Teruel y don Diego Briseño, dueños de recuas, actualmente residentes de esta villa, otorgan poder especial a don Manuel Zapiain y a don Tirso Conde, vecinos y del comercio de la capital de la República, para que en su representación, obtenido que sea el permiso del Excelentísimo Señor Presidente de la Federación, procedan con aquel vecindario a celebrar contratos para formar la próxima conducta de caudales desde aquella capital hasta la Nueva Veracruz, por el precio, modo y orden que les tienen insinuado. Percibiendo los caudales de que aquella se ha de componer y firmando en su virtud los conocimientos de estilo, haciendo, asimismo, las demás operaciones y preparativos que son consiguientes para ponerse a la carga, pues para la salida en el día que se señale ha de estar presente y acompañar el viaje uno de los otorgantes. Haciendo para ello todos los actos, agencias y diligencias que convengan.
Sem títuloDon Manuel González Ruiz, vecino de Ixtlahuaca y transeúnte en esta ciudad, dijo que extravió varias mulas de su recua en el viaje que actualmente hizo, de lo que no pudo gestionar la solicitud de ella, por lo que, a través de la presente otorga poder a don José Pensado, vecino de las inmediaciones de esta ciudad, para que en nombre y en representación de su persona y derechos, practique cuantas solicitudes estén a su alcance a fin de que descubra el paradero de las mencionadas mulas.