Juan Morera de Silva, Escribano del Rey, vecino de esta villa de Córdoba, como principal, el Capitán Lope Antonio de Iribas y Gaspar Rendón, vecinos de esta villa, como sus fiadores y principales pagadores, otorgan que se obligan de dar y pagar al Secretario Juan de Espinosa, Escribano de Su Majestad, vecino del pueblo de Orizaba, 780 pesos los mismos que tuvieron de costo la Real Cédula de Su Majestad de la segregación del oficio público de esta villa de Córdoba y del pueblo de Orizaba, cuya propiedad de dicha cédula ha de recaer en el Capitán Juan Jiménez, Escribano, propietario de ellos, quedando a cargo del dicho secretario Juan de Espinosa darle el paso ante los señores presidentes y oidores de la Real Audiencia de esta Nueva España, a favor del dicho secretario Juan Jiménez, para que en ningún tiempo pueda haber duda ni diferencia, cuyos costos como no pasen de 20 pesos; en consecuencia se obligan de pagar como el principal de esta escritura de que a mayor abundamiento se dan por contentos y entregados a su voluntad; los cuales dichos 800 pesos que incluyen los 20, los darán y pagarán de la fecha de esta escritura en un año.
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MX UV.USBIX ANC-P-0044-PC_0044_0056
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Pièce
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1708/05/29
Fait partie de Archivo Notarial de Córdoba