El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Alonso Gómez Dávila, dueño de trapiche de hacer azúcar y vecino de esta villa, una negra pieza con una cría de pecho negrito, calimbada con una CR en el brazo izquierdo, de los que fueron conducidos a la ciudad y puerto de la Veracruz por el Capitán Antonio Francisco de Seiva, en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José]. Los vende por esclavos cautivos, sujetos a servidumbre, libres de empeño y sin asegurar de vicio, tacha, ni enfermedad pública ni secreta, y con todas sus mañas y costumbres buenas o malas, almas en boca huesos en costal, excepto las enfermedades de mal de corazón o gota coral, según se expresa en la condición duodécima de dicho asiento; en precio de 380 pesos de oro común, dicha negra con su cría, que ha de pagar en los plazos y tiempos establecidos en el acta.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOREAL COMPAÑÍA DE GUINEA
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El Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros, otorga que vende a Manuel de Calsinas, vecino de esta villa, una negra pieza calimbada con una CR en el brazo izquierdo, que es de los conducidos para dicho asiento al puerto y ciudad de la Veracruz por el Capitán don Antonio Francisco de Seiva en la urca nombrada Nuestra Señora de las Necesidades y San Joseph [José], la vende por esclava cautiva sujeta a perpetua servidumbre, libre de empeño, por precio de 350 pesos de oro común que se obliga de pagar en los plazos y tiempos expresados en la escritura.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOAlonso Gómez Dávila, vecino de esta villa de Córdoba, dueño de hacienda del beneficio de hacer azúcar en su jurisdicción, otorga que vende al Secretario Juan de Espinosa, Escribano de Su Majestad, vecino del pueblo de Orizaba, un negrito esclavo, criollo nombrado Domingo, que será edad de nueve años, que es el mismo que hubo y compró, entre otros, del armazón que condujo a esta villa don Lucas de Acosta, Factor que fue del Asiento de Negros Esclavos en este reino por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, el cual lo vende por esclavo cautivo, sujeto a perpetuo cautiverio y servidumbre, en precio de 200 pesos de oro común.
JUAN MORERA DE SILVA, ESCRIBANO PÚBLICO Y DE CABILDOEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos en las Indias, testimonios e instrumentos que comprueban su nombramiento, fueron presentados para el otorgamiento de esta acta. Dijo que por cuanto entre los esclavos negros que trajo a esta villa hay una esclava muleca, calimbada con una CR en el brazo izquierdo, que es de los conducidos al puerto de la ciudad de la Veracruz, la cual está enferma de diferentes achaques, especialmente, padeciendo demencia, y aunque se le han hecho diferentes medicamentos no ha podido conseguir por entero sanidad. Y respecto de tener muchos meses que la tiene curando en su casa Josefa Pérez, mujer legítima de Francisco Fernández de la Fuente, vecinos de esta villa, además, de que la susodicha Josefa les ha asistido al otorgante y a la gente de su familia en todo lo necesario de la casa de su morada. Por cuya razón y por hacerles a los susodichos alguna remuneración de lo referido, otorga que hace gracia y donación a Antonia Rosa Fernández, vecina de esta villa, hija legítima de Francisco Fernández de la Fuente y de Josefa Pérez, de la dicha muleca, que se haya ya bautizada con el nombre de María Teresa.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOJuan de Piña, vecino de esta villa de Córdoba, otorga que vende al Señor Doctor don Diego Peláez Sánchez, Canónigo de la santa iglesia catedral de la ciudad de Puebla de los Ángeles, una negra volas (sic) casta mondongo, nombrada Antonia, de edad de treinta años poco más o menos, que es la misma que con otro esclavo compró a don Lucas de Acosta, Administrador General en este reino del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de esclavos a las Indias, en esta villa el 17 de marzo pasado; la vende en precio de 300 pesos de oro común en reales de contado.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, para la introducción de negros esclavos en las Indias; otorga que ha recibido de Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa, 2 005 pesos de oro común en reales, los mismos que el susodicho se obligó a pagarle por el valor de cinco esclavos piezas y un mulecón de diferentes castas, de los del armazón de su cargo, en la escritura de venta que de ellos se hizo; por lo tanto, da por rota, nula y cancelada y de ningún valor ni efecto dicha escritura de obligación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal, para la introducción de negros esclavos en las Indias; otorga que ha recibido de Alonso Gómez Dávila, vecino de esta villa, 380 pesos de oro común en reales, los mismos que el susodicho se obligó a pagarle por el valor de una negra pieza con una cría negrito, del armazón de su cargo, en la escritura de venta que de ellos se hizo; por lo tanto, da por rota, nula y cancelada y de ningún valor ni efecto dicha escritura de obligación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Administrador General de este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos a las Indias; otorga que ha recibido de Diego de Rojas, vecino de esta villa, 140 pesos de oro común en reales, los mismos que el Rojas se obligó a pagarle por el valor de un muleque esclavo de los del armazón de su cargo, como consta en escritura con fecha en esta villa a 16 de diciembre de 1700; por lo cual, da por rota y cancelada dicha escritura de obligación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICOEl Capitán don Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, como Administrador General en este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de negros esclavos en las indias; otorga que ha recibido del Bachiller don Pedro Rubio de Gaviria, Presbítero, vecino de esta villa, 350 pesos de oro común en reales, los mismos que el bachiller se obligó a apagarle por el valor de una negra esclava del armazón de su cargo, por escritura de obligación que otorgó en esta villa; por lo cual, da por rota, nula y cancelada dicha escritura de obligación.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL Y PÚBLICODon Lucas de Acosta, residente en esta villa de Córdoba, Factor, Administrador que ha sido de este reino de la Nueva España del asiento hecho con Su Majestad por la Real Compañía de Guinea del reino de Portugal para la introducción de esclavos; y en virtud de escrituras, poderes, nombramientos y reales cédulas expedidas y suministradas a él para dicho efecto, de que usó en el tiempo de dicho asiento y usando de dichas facultades procedió a hacer diferentes escrituras de ventas de distintos esclavos de los del armazón a diversas personas, de contado como de fiado, y que hoy le restan algunas cantidades de pesos de la ciudad de la Puebla de los Ángeles, y debido a que no puede asistir a la cobranza de todas éstas, otorga poder al Capitán don Juan de Aramburu y al Capitán Martín de Aranguti, vecinos de la ciudad de los Ángeles, para que en su nombre y representando su persona, hallen, demanden, reciban y cobren de todas las personas que le estuvieran debiendo por razón de venta de esclavos o por otro recibo que le puedan deber, y de lo que recibieren otorguen en su nombre carta o cartas de pago en forma que le fueren pedidas.
JUAN JIMÉNEZ, ESCRIBANO REAL