RANCHOS

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              MX UV.USBIX ANC-P-0043-PC_0043_0037 · Item · 1727/12/24
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Don Miguel Navarro, vecino de esta villa, en nombre de doña Gertrudis María del Castillo de Altra, exhibió un testimonio de obligación de don Juan Antonio de Vera, vecino y mercader de la ciudad de los Ángeles, que en voz y nombre de dicha doña Gertrudis María del Castillo de Altra, viuda del Capitán José de Carvajal y Contreras, Alguacil Mayor que fue del Santo Oficio de la Inquisición de este reino, se obligó a favor del aniversario que mandó fundar el Señor Licenciado don Bartolomé [roto] y Olorsa, Prebendado que fue de la santa iglesia catedral de dicha ciudad de los Ángeles, de 2 000 pesos de principal que se obligó a pagar en tiempo de cuatro años, y para ello hipotecó su hacienda de hacer azúcar que tiene en jurisdicción de esta villa nombrada la Pura y Limpia Concepción de Nuestra Señora y un rancho de labor y tierra a él agregadas, y una casa que tiene en esta villa en la calle del convento del Señor San Antonio, y para que conste la registra en el presente libro del becerro.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0048-PC_0048_0113 · Item · 1712/11/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Bartolomé Rodríguez, indio natural y vecino de esta villa de Córdoba, hijo legítimo de Francisco de la Cruz y de Melchora María, indios difuntos, otorga su testamento de la siguiente manera: Ordena que su cuerpo sea amortajado con un lienzo blanco en memoria de la Sabana Santa y enterrado en la iglesia parroquial de esta villa. Declara estar casado con María Jerónima, india, con quien ha procreado a Nicolasa María, de cinco años de edad. Declara deber a Francisco Estévez, mercader vecino de esta villa, 5 pesos, y 3 pesos a Antonio Estévez. Declara por bienes un rancho en tierras de esta villa, en Mata Coyote, con una sembradura de maíz; dos casas de paja y palo, una grande y una pequeña; cuatro mulas aparejadas de carga; una cajita de pino; y una silla con su freno y cojinillos. Nombra como albaceas a Lucas de Arzabal y María Jerónima, su mujer, a esta última también la nombra como su tenedora de bienes, tutora y curadora ad bona de su hija. Nombra como heredera a su hija Nicolasa.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0010 · Item · 1697/01/21
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Ysidro [Isidro] Sánchez de la Llama, vecino de esta villa, dijo que hubo y compró de Miguel Xaramillo [Jaramillo], vecino del pueblo [roto] de la provincia de Tepeaca, un caballo castaño colorado con el hierro del margen, y teniéndolo en su poder se lo hurtaron de un rancho que posee en arrendamiento en la jurisdicción de esta villa. Asimismo, señaló que habiendo conocido dicho caballo en poder de Juan Antonio Torales, vecino de esta dicha villa, trató de pedirlo de buena manera, pero el susodicho se resistió al entrego, porque declaró haberlo comprado en la ciudad de los Ángeles de persona segura; por tanto comparecieron ante el Capitán Pedro López del Castrillo, Alcalde Ordinario actual de esta villa, en cuya presencia se arreglaron y para evitar litigios dicho Juan Antonio Torales entregó el citado caballo. Y para que tenga efecto otorga haber recibido de Juan Antonio Torales, el caballo, y le da su poder y lasto para que por sí reciba, demande y cobre de la persona a quien compró dicho caballo la cantidad que por él le dio.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0081 · Item · 1697/10/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Balthazar [Baltazar] González de Belilla [Velilla] Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General, vecino de esta villa, dijo que se halla destituido de bienes y en suma pobreza, respecto a que desde hace mucho tiempo sigue pleito en la Real Audiencia de esta Nueva España contra el Licenciado don Diego [Peláez] Sánchez, Prebendado de la Santa Iglesia Catedral de la ciudad de los Ángeles, sobre [roto] un trapiche que le vendió al otorgante [roto] en esta dicha villa [roto]. Dijo también, que teniendo algunas tierras pertenecientes al Ilustre Cabildo de esta villa y no tener conque labrarlas y cultivarlas, ni casa en que vivir en ellas, hizo relación de sus muchas necesidades a Joseph de Leiba [José de Leiva] y Esparragosa, Capitán de la Infantería Española de esta villa, quien condolido con su situación le prometió ayuda para el fomento de hacer una casa y labrar dichas tierras. Por lo cual declara y confiesa que tiene en su poder 340 pesos que le dio dicho capitán para el avío y rancho, de lo cual dio vale en forma el primero de abril pasado, más 660 pesos con que dicho capitán le ajusto a 1 000 pesos de oro común para el efecto referido. Y en esta conformidad, se obliga a pagar al susodicho capitán los 1 000 pesos más lo que pareciere en otros recibos, dentro de cinco años a partir del primero de abril de este año, y en cada año se obliga a darle la mitad de los frutos que obtenga de dichas tierras; asimismo, le ha de pertenecer al Capitán Leiva la mitad del aumento de dicho rancho que en dichas tierras está fabricando con el nombre de San Diego. Y para el seguro de la deuda hipoteca dicho rancho.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0032-PC_0032_0099 · Item · 1697/12/13
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Balthasar [Baltazar] González de Belilla [Velilla] Blanco, Regidor Perpetuo y Depositario General de esta villa, su Procurador Mayor nombrado por los señores Justicia y Regimiento de ella, dijo que hallándose con algunos atrasos y necesidades provenidos de la destitución de una hacienda que poseía como propia; ocurrió a dichos señores a quienes suplicó lo favorecieran aplicándole algunas tierras de los proprios de esta villa, para poderlas sembrar, hacer casa y de sus frutos conseguir alivio, con el reconocimiento de pagar lo que correspondiese a su arrendamiento. En cuya atención se sirvieron concederle licencia para entrar en las tierras que le perecieren y se hallasen desocupadas sin perjuicio de tercero, las cuales fueron 6 o 7 caballerías que corren desde una ceiba grande de que está por bajo del rancho que tiene Francisco de los Ríos, a dar a las tierras de proprios que tiene en arrendamiento Juan de Piña, vecino de esta villa, prosiguiendo hasta el rio del Ojo de Agua y la sierra de Matlaquihaguitl [Matlaquiahuitl]. Puesto en ellas el otorgante se halló sin tener con que poderlas fomentar, hasta que el Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparrogosa, le ayudó proporcionándole las cantidades necesarias para el fomento de dichas tierras, cultivarlas y sembrarlas [roto]. Como depositario general de esta villa otorga en arrendamiento al Capitán Joseph [José] de Leyba [Leiva] Esparrogosa, las mencionadas tierras por tiempo y espacio de nueve años a partir de hoy día, por precio de 70 pesos, los cuales dicho capitán se obliga a pagar por tercios a fin de cada cuatro meses a esta villa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0040-PX_0040_0011 · Item · 24/01/1766
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Don Antonio Primo de Rivera, de esta vecindad, apoderado de don José Leonel Gómez de Cervantes y la Higuera, otorga en arrendamiento a don Juan Miguel Rebolledo, vecino de Coatepec, el Rancho y Potrero de Mahuixtlán, por tiempo de 7 años que han de correr el día 3 de Febrero próximo, por la cantidad de 650 pesos de oro común.

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              MX UV.USBIX ANC-P-0028-PC_0028_0029 · Item · 1693/04/28
              Part of Archivo Notarial de Córdoba

              Antonio de Villavicencio, curador ad litem de Josepha [Josefa] Marcela de la Rosa, Antonia Francisca y Miguel de Brito, menores hijos del Capitán Antonio de Brito Lomelín, difunto, dijo que por cuanto entre los bienes que quedaron del citado capitán, fue un sitio de tierras para ganado menor, ubicado en esta jurisdicción, nombrado la venta de Parada, que compró del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira en precio de 3 000 pesos, los cuales quedaron impuestos a censo redimible. Asimismo dijo que las dos partes de dicho sitio se hallan dentro de la hacienda de trapiche de hacer azúcar nombrada San Antonio, que quedó por bienes del difunto; y en una parte, que son cuatro caballerías de tierra, tiene fundado el Alférez Francisco de Brito [Lomelín], hermano de dicho capitán, un rancho de cañas que sembró con licencia y permiso del susodicho. También señala que el alférez pretendía poner demanda a los bienes, diciendo que su hermano le había hecho donación verbal inter vivos de las 4 caballerías de tierra, pero para evitar litigios y gastos del pleito que se podían ocasionar, “nos convenimos” en que dicho Alférez Francisco de Brito [Lomelín] reconociera 1 000 pesos a censo a favor del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira, por la tercera parte del sitio que tiene ocupado; y por las otras dos partes se obligue la persona que posee la hacienda de trapiche que fue de dicho difunto. Y habiendo venido como vino en dicho contrato [roto] Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira ante don Miguel de Leiva [Esparragosa], “pedí por petición que [roto] se diese licencia para la celebración de dicha escritura [roto], y que para ello se citase en forma [roto] Gertrudis [de Villegas] Guerra, viuda de dicho difunto [roto] dijo [roto] que se le otorgase dicha escritura de venta al Alférez Francisco de Brito [Lomelín] por ser en bien de dichos menores y por no necesitar de dicho pedazo de tierra la hacienda, como todo consta en los autos que son como siguen”. Y usando dicha licencia otorga que vende realmente y con efecto al Alférez Francisco de Brito Lomelín, las 4 caballerías de tierra contenidas en esta escritura que lindan por una parte con camino real viejo y por la otra con tierras del pueblo de San Lorenzo Cerralvo, y por las otras dos partes con tierras de don Joseph de Segura y Sevallos [José de Segura y Cevallos], y con tierras del Alguacil Mayor Gregorio Martínez de Solís, en precio y cantidad de los 1 000 pesos, que han de quedar impuestos y cargados sobre las tierras a censo redimible a razón de 5 por ciento a favor del Capitán Gaspar Carlos de Rivadeneira, a quien ha de pagar 50 pesos en cada un año por sus tercios corridos fin de cada cuatro meses. Por último, dijo que es condición que dichas 4 caballerías de tierra y los demás bienes que al presente tiene el alférez queden hipotecados especial y expresamente.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0016-PX_0016_0363 · Item · 21/02/1718
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Lucas Francisco de Ayala y Francisco de Thormes, vecino del pueblo de Jalapa, de mancomún, a voz de uno y cada uno por el todo, se obligan a celebrarle escritura de venta a Calixto Ventura López, de la misma vecindad, de un rancho de labor que Lucas Francisco tiene en términos de este pueblo, por la cantidad de 900 pesos de oro común, que por el le ha dado, 770 que importan 4 años de arrendamiento de su tenería y los 130 restantes que le ha de dar en reales, cuya venta la han de realizar en 6 meses.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0014 · Item · 18/01/1720
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Miguel Jiménez Carralero, vecino de Jalapa, dijo que posee en términos de este pueblo un rancho de labor que fue de María de Estupiñán, quien lo vendió a censo a Cristóbal de Zárate y María Domínguez, y éstos hicieron cesión al convento y religiosos de San Sebastián de Carmelitas Descalzos de la Ciudad de México, quienes se lo vendieron como consta por escritura, cuyo rancho tiene tratado traspasarlo por vía de donación remuneratoria a todos los naturales del Barrio de Santa María y en su nombre a don Francisco de Gante, don Antonio de la Trinidad, don Cristóbal de Santiago, don Pedro Salomé, don José Hernández, entre otros indios principales, con la obligación de que le han de cambiar el techo de su casa, asimismo hacer el descargadero de agua.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0017-PX_0017_0017 · Item · 14/02/1720
              Part of Archivo Notarial de Xalapa

              Isabel López Ruiz Matamoros, soltera vecina del pueblo de Jalapa, hija natural de Juan López Ruiz Matamoros, difunto, otorga su testamento donde declara lo siguiente: debe a doña María de Thormes ciento y tantos pesos; debe a Lorenzo Meléndez hijo de Ana Dorantes, 2 becerros. Entre sus bienes tiene la casa en la que vive, una mitad es de ella y la otra de Francisca Zavala, su hermana, con quien esta convenida de que después del fallecimiento de las dos, sea para el convento con el cargo de que cada año se digan seis misas rezadas; tiene vacas, yeguas, potros y caballos que están en el rancho de San Diego en tierras de los Cadenas; asimismo tiene dos esclavos, a quienes les da un solar de los tres que tiene y un colchón, les otorga la libertad con la calidad de que esté subordinado a su sobrino para que lo eduque y lo ponga a oficio hasta que pueda gobernarse. Nombra como albacea a su hermana Francisca Zavala y al Alférez Agustín Velázquez su sobrino, a este último también lo nombra como su heredero universal.