Juan [de]Chávez, vecino de Jalapa, dio en arrendamiento a Juan Díaz de la Cueva, de la misma vecindad, un rancho que tiene en términos de Jalapa, con sus tierras, 12 bueyes, dos rejas, dos pares de coyundas, cuatro puercas paridoras, un berraco y 15 chicos, por tiempo de 3 años, a partir de 1 de marzo del presente año, con cargo de que cubra un jacal de zacate, rompa dos fanegas de rosa de sembradura, en premio del primer año; y el en segundo, le ha de pagar 50 pesos y sembrar dos fanegas de maíz, y en el tercero, sólo 50 pesos de oro común.
RANCHOS
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Don Miguel de San Gabriel, indio natural y vecino del pueblo de San Salvador, sujeto a Tlacolula, de los cuales es Gobernador, hace donación a San Antonio de Padua de un rancho de labor, ubicado en La Joya, para las fiestas y misas rezadas.
María de Jesús, hija natural de María de Peñalosa y con licencia de la misma, otorga en arrendamiento a Manuel Palmeros, vecino del pueblo de Naolinco, un rancho de labrar, ubicado en el citado pueblo, bajo una cerca y una casa cubierta de tejas, por el tiempo de 3 años, en la cantidad de 17 pesos en cada año.
Gertrudis de Córdoba, dueña de un rancho de labor en el paraje La Joya de esta jurisdicción, otorga poder general a don Juan Montañés de la Cueva, don José Sánchez y Salvador Sánchez, este último su hijo, para que la representen en sus pleitos civiles, criminales, seculares y eclesiásticos.
Don José María Rebolledo Maldonado, vecino de la jurisdicción y doctrina del pueblo de Xicochimalco, declara ser deudor a doña Rita Guapillo, de esta vecindad, como viuda de don José Rodríguez, la cantidad de 3 057 pesos, 2 y medio reales, por resto de cuentas del subarriendo que Rodríguez le hizo del trapiche de la Laguna que estaba a su cargo, por escritura que pasó en esta villa a 11 de septiembre de 1815, de cuya suma le otorgo recibo en forma. Y se obliga a satisfacerle dicha suma abonándole 500 pesos anuales, de la siguiente manera: para el día último de este mes entregará 250 pesos y los otros 250, el último día de agosto de este presente año. Y en igual fecha del año venidero de 1825, le pagará los réditos de 5 por ciento anual sobre la cantidad que le resta. Así sucesivamente lo realizara en los demás años. Y para el cumplimiento de ello en favor de su acreedora hipoteca un rancho y trapiche de caña, con todo lo que le pertenece a excepto las tierras situado en la doctrina del pueblo de Teocelo, el cual no podrá vender, ceder, cambiar ni enajenar, hasta no estar pagada esta deuda, e incluso pueda su acreedora sacarla de tercero venderlo, rematarlo y con el producido cubrirse con el principal, réditos, décima y costas.
UntitledDon José María Suárez, vecino del Plan del Río y presente en esta ciudad, dijo que por escritura otorgada el presente día, ha tomado en arrendamiento la venta del Plan del Río, con fianza de don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio, quien aceptó con la condición de que el comparente le otorgase escritura de indemnidad, razón por la cual, Suárez otorga que se obliga a reintegrarle a Bárcena, cualesquier suma que llegase a lastar por la mencionada fianza y para seguridad del pago, hace hipoteca de un rancho de 200 cabezas de ganado que tiene en tierras de Plan y los llenos de la tienda que disfruta por suya allí mismo, señalando que cumplirá mientras no se cancele la presente escritura, pena de que el trato enajenatorio a que procediere no valga y de que pueda la parte de Bárcena reclamarlo de cualesquier poseedor y verificar venta de todo ello para reintegrarle pago con su producido.
UntitledEl señor Esteban Guinot, dijo que desde principios de abril último, recibió la cantidad de 2 800 pesos que por influencia de don Juan Francisco de Bárcena, se le mandaron franquear por el juzgado de capellanías y obras pías del obispado de Puebla, mismos que se obliga a redimir en el término fijado en la escritura que formalizó el señor don Joaquín de Haro y Tamariz, y que se ratificará en la hipoteca que otorgará el señor don Juan Francisco de Bárcena, de esta vecindad, pagando el 5 por ciento anual. Asimismo, se obliga el comparente a satisfacer dicha cantidad, de manera que el señor Bárcena no tendrá perjuicio alguno y sujeta la responsabilidad en un rancho y en cuanto en el labrare y aumentare, sus llenos, enseres, utensilios y todos los demás bienes que en la actualidad posee y en futuro adquiera. Dicho rancho se ubica en el cantón de Misantla, cuyos linderos son por el norte con el desemboque del arroyo de Pedernales, debajo de Gallineros; por el oriente el mismo arroyo de Pedernales hasta su nacimiento; por el sur, del nacimiento de dicho arroyo a la boca del Chapachapa; y por el poniente con el río del Palmar para arriba hasta la boca de Chapachapa. Por último, el comparente consiente se tome razón en los libros de hipotecas de este cantón y el de Misantla, quedando advertido el señor Bárcena de que la toma de razón de aquí se ha de verificar dentro de 6 días y la de Misantla dentro de veinte.
UntitledSantiago Cardel, de esta vecindad, en virtud del poder que don Diego Antonio Llanos de Vergara le confirió en la Nueva Veracruz, otorga que da en arrendamiento a don Alfonso José Jiménez, de esta misma vecindad, un rancho de labor y ganado nombrado Zoncuantla, propiedad de su otorgante, situado en las inmediaciones del pueblo de San Andrés, en esta Jurisdicción, con todas sus habitaciones, ganado, mulas, caballos y vacunos, fierros, muebles, utensilios, campo y montes. El arrendamiento se hizo por 3 años, a precio de 550 pesos en cada uno.
Don Juan Francisco de Bárcena, de este comercio y vecindad, otorga que da en arrendamiento a favor de José Domingo de la Rocha, también de esta vecindad, las tierras del potrero y rancho de Tlalmecapan, que son de su pertenencia, ubicadas en las orillas de esta población, por el término de 4 años, 9 y medio meses, en el precio de 450 pesos en cada año, bajo los pactos y condiciones que se mencionan en esta escritura.
Leonardo Ortiz, vecino del pueblo de Jalapa, dueño de recua, otorga que se obliga a pagar al Capitán Pedro Zapata de Ezquerra, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra de la provincia de Jalapa, 374 pesos de oro común que por hacerle bien y buena obra le ha prestado en reales, y para la seguridad de su pago hipoteca un rancho que tiene en términos de este pueblo en el paraje que se nombra El Castillo.