Don José Luciano Hernández, vecino del rancho de la Ternera en distrito de Puente Nacional y don Amado Rodríguez, y dijo el referido Hernández que en liquidación de cuenta le sale debiendo a Rodríguez la cantidad de 6 000 pesos, cuyo pago han convenido se verificará exhibiendo en todo el presente mes 2 250 pesos y en primero de agosto del corriente año, los 3 750 pesos restantes, caucionando con todos sus bienes y especialmente con los ganados que disfruta en su rancho; y además por lo respectivo al segundo entero con la fianza de don Antonio López, vecino de Huatusco. Y que debiendo formalizar la correspondiente escritura, el referido don José Luciano Hernández confiesa ser deudor a don Amado Rodríguez de los relacionado 6 000 pesos y otorga que se obliga a pagar en los plazos ya mencionados y bajo la hipoteca también mencionada.
Zonder titelPUENTE NACIONAL
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El ciudadano Paulino Benítez, vecino de la Rinconada en el distrito del Puente Nacional, dijo ser deudor de don Rafael Herrera, vecino de Veracruz, de la cantidad de 248 pesos y 7 reales por efectos que le ministró con carta de fianza de don Bernabé de Elías Vallejo. Que el citado Herrera escribió a don Bernardo Sayago de este comercio para que requiriese al comparente y que después de verificada dicha comparecencia se le pretendió embargo de sus mulas. Que para evitar el extravío y perjuicio que originaría el embargo se presentó el ciudadano Juan Agustín Sánchez, vecino de Teocelo, para garantizar el pago bajo la condición de que formalice escritura de obligación de pago de la suma a fines de agosto próximo, con la fianza de tres solares unidos y unas paredes construidos en ellos, ubicados en el pueblo de Coatepec. Por lo que reduciendo a efecto dicha obligación el nominado Paulino Benítez otorga que se obliga a satisfacer al nominado ciudadano [Juan] Agustín Sánchez la citada cantidad de 248 y 7 reales, cuyo entero ha de verificar el día último de agosto de este presente año en reales de contado, para que en el evento de no cumplir con el expresado pago en la fecha fijada pueda proceder Sánchez contra dichos solares.
Zonder titelDon Javier Arias, hacendado en este cantón, se obliga a pagar a don José Prado, vecino de puente Nacional, la cantidad de 1 240 pesos, cuya cantidad han pactado que Prado le entregará el día primero de junio próximo, para refacción de sus giros en la hacienda nombrada Tzimpitzahuac [Zimpizahua], situada en doctrina de Coatepec. Cuya suma ha de pagar en el término de un año y para mayor seguridad ofrece por su fiador a don Bernabé de Elías Vallejo, de este comercio.
Zonder titelDon José Prado, vecino del Puente Nacional y presente en este suelo, dijo que don Manuel de Cano y Valle, como albacea del finado don Mariano Cadena, le vendió al comparente una casa que fue de dicho Cadena, ubicada en esta ciudad al barrio de la Laguna, formando dos frentes, uno al norte lindando con el camino Nacional que conduce a Veracruz, y otro al poniente lindando con calle que guía al puente que llaman del Obispo; y por oriente y sur linda con tierras de la Virgen, en precio de 3 000 pesos con calidad de continuar reconociendo sobre la misma finca 800 pesos a favor de la obra pía de Nuestra Señora de los Dolores de esta parroquia y 500 pesos al de la cofradía del Señor de la Santa Veracruz de la misma parroquia, y pagar de contado los 1 700 pesos restantes, los cuales exhibió y con ello pagaron otros tres gravámenes que reportaba la misma finca cancelándose dos y quedando pendiente uno por manifestar el señor cura vicario foráneo, rector de cofradías y obras pías, no convenir por ahora su redención, que en tal virtud le devolvió don Manuel de Cano y Valle al relacionante los 200 pesos para continuar reconociéndolos sobre el mencionado fundo. Y debiendo formalizar el correspondiente instrumento público, confiesa ser verdadero haberle entregado don Manuel de Cano 200 pesos en moneda corriente y se obliga a continuar reconociendo esa cantidad sobre la casa referida y a satisfacer el rédito de 5 por ciento, en los mismos términos que se obligó don Mariano Cadena.
Zonder titelDon José María Cruz Ortiz de Zárate, avecindado en Puente Nacional y presente en esta villa, dijo que don José Ramón Barbadillo le hizo traspaso de una tienda, situada en dicho Puente, comprendiendo en dicho traspaso algunos muebles de la casa y utensilios de panadería, que avaluados importan la cantidad de 1 906 pesos 7 y medio reales, y que esta suma tienen pactado en siete meses, hipotecándose para el seguro de este crédito una casa que posee en esta villa doña María Gregoria Ramírez y Hernández, ubicada en la segunda cuadra de la calle que nombran de San Francisco de Paula, cuyo frente que es al norte lo hace calle en medio con solar de los herederos de don Dionisio Salvo, por el sur linde con solar que queda en la bajada de San Miguel para los Berros; por el oriente con casa y solar de José Rivera; y por poniente con la que poseyó Martín Zarco y después José Gallardo. Siendo condición precisa la concurrencia de la nominada doña María Gregoria Ramírez al otorgamiento de esta escritura para el consentimiento de la hipoteca. Y reduciéndolo a efecto, el comparente otorga recibo a favor de don José Ramón Barbadillo, además, se obliga a pagar la referida suma dentro del plazo de siete meses, a partir de esta fecha. Para mayor seguridad hipoteca la casa antes mencionada, con el consentimiento de doña María Gregoria Ramírez y Hernández, quien está presente.
Zonder titelDon Sebastián Betancourt, de esta vecindad y comercio, dijo que en 23 del corriente formalizó obligación a favor de don Francisco Palacio Miranda por 1 000 pesos como resultado del traspaso de una tienda pulpería, hipotecando una casa ubicada a las goteras de esta ciudad. Que habiendo concluido el balance resultan más existencias de las que se creyó hubiere y de consiguiente aparece un exceso a más de 1 000 pesos, de 567 pesos y 4 reales, y que no pudiendo el comparente exhibir de pronto esta suma ha convenido con el señor Miranda en satisfacerle en dos partidas iguales, siendo la primera en seis meses y la segunda a los dos siguientes, contados desde el vencimiento de los seis; a cuyo pago se obliga en toda forma y para seguridad del pago hipoteca una casa que posee por suya propia ubicada en el Puente Nacional del camino de Veracruz.
Zonder titelDon Manuel Escandón y Compañía y don José María Suárez, presentes en este suelo, dijeron que el primero tiene rematadas las postas de esta línea con el Gobierno General y como tal remate de dicho ramo ha contratado con el segundo de que por el espacio de cinco años contados desde el día primero de abril pasado, sean de cargo de éste los extraordinarios que ocurran de Corral Falso a Veracruz, en los puntos de ese derrotero que son Corral Falso, Plan del Río, Puente Nacional y Veracruz, e igualmente la Antigua; y ha de mantener bien atendidas las mulas destinadas a la remuda de las diligencias que conduce la correspondencia ordinaria, en los puntos de Corral Falso, Plan del Río y Puente Nacional. Todo ello por la cantidad de 8 600 pesos anuales que le serán satisfechos por tercios adelantados, cuya contrata se obligan a cumplir fiel y exactamente.
Zonder titelDon Juan de los Santos Alcázar, vecino del Puente Nacional y presente en este suelo, dijo que le es deudor a don Pedro Paredes y Serna de la cantidad de 280 pesos por resto del valor de mulas que le tomó con intervención de don Mariano Pantaleón Pensado y Navarrete, como administrador del nominado señor Paredes. Cuya cantidad se obliga a pagar al repetido señor Paredes, o a quien su poder hubiere al vencimiento de dos años, contados desde el primero de enero pasado del presente año, y a satisfacer entre tanto no haga el pago, el 1 por ciento mensual. Para seguridad de la deuda, hipoteca una casa que posee por suya, en esta ciudad a la calle de Santiago con la cual hace su frente al sur, y desde el otro lado el arruinado cuartel, por oriente linde con casa y solar de Manuel Melchor, por poniente con solar de José María González, y por norte, que es su fondo, con solar de los herederos de Manuel Machado.
Zonder titelDon Manuel de Cano y Valle, de esta vecindad y comercio, dijo que están en su poder 600 pesos resto de mayor cantidad que recibió a depósito irregular de don Domingo Juan de Zulueta, y que habiendo fallecido éste ha solicitado uno de sus albaceas se haga constar dicho adeudo por medio de instrumento público, estando convenidos el indicado albacea y el relacionante en que permanecerá dicha cantidad en poder de éste por el tiempo de la voluntad de ambos, siendo igualmente libres, el uno para redimir esa suma y el otro para pedirla cuando respectivamente les convenga. En cuya virtud el nominado don Manuel de Cano, otorga que se obliga a conservarlos a disposición de los albaceas del referido finado don Domingo Juan de Zulueta, para entregarlos cuando el otorgante lo lleve a bien o cuando los albaceas quieran pedírselos.
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