PUEBLA DE LOS ÁNGELES, OBISPADO DE LA

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              MX UV.USBIX ANX-P-0019-PX_0019_0297 · Pièce · 29/07/1731
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              Don Pedro Chacón de Chávez, Presbítero, Cura, Vicario y Juez Eclesiástico del partido de Naolinco, de este Obispado de la Puebla de los Ángeles y anexos, otorga poder especial en primer lugar a don Juan de Miñaca y en segundo lugar a don Pedro de Garay, vecinos de la Villa de Madrid, para que comparezcan ante el Rey, donde pidan y supliquen se digne elegirlo prebendado de cualquiera de las prebendas mercenarias que al presente tengan vacías, en la santa iglesia de la Ciudad de la Puebla de Los Ángeles o en la metropolitana de la Ciudad de México.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0082-PX_0082_0080 · Pièce · 1825/05/27
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don José Ignacio Ibáñez, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, vecino de esta villa, otorga poder especial al presbítero don Antonio Caro, sacristán del convento de Jerónimas de la Puebla de los Ángeles, para que en su nombre y representación, solicite y tome colación canónica de la capellanía de agonizantes, que con el principal de 4 000 pesos fue fundada por don José Robledano de Cardeña, a la que ha sido nombrado patrono de ella por la Venerable Orden Tercero de San Francisco de esta villa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0087-PX_0087_0110 · Pièce · 1830/09/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, mayordomo actual de la fábrica de esta parroquia, dijo que doña Paula Barradas, ya difunta, vecina que fue de este suelo, dejó destinados 300 pesos de sus bienes para que se fundase una obra pía o memoria de misas por su alma que se celebrase una cada mes en el altar de Santa María Magdalena erigido en el templo de San Francisco de esta villa, cuyo capital fue impuesto por don Miguel de Arieta, como albacea de la testadora, recibiéndolo don Juan Mora con hipoteca de un solar situado en la calle del Calvario esquina que da vuelta a la del costado de la capilla de ese nombre, hallándose hoy fabricada en él una casa que edificó el dicho Mora, habiéndose pagado el derecho de amortización al imponerse dicho capital según consta un documento. Que impuesto así ese capital con el transcurso de años falleció Mora y faltó igualmente su viuda y albacea doña María Josefa Saavedra y llegó la vez de aclararse por don Dionisio Camacho como albacea de la Saavedra que no existía formal fundación de dicha obra pía, no tenía patrono y que se adeudaban 175 pesos de réditos, lo cual fue denunciado por el mismo Camacho a la Sagrada Mitra de este obispado de Puebla. Sobre lo cual el gobernador de la mitra decretó se procediese por el comparente a la fundación de dicha obra pía e imposición del capital que la constituye. Y que para cumplir con ese precepto el nominado señor Presbítero don Juan Nepomuceno otorga que formaliza la erección de la explicada obra pía con el capital de 300 pesos, con rédito de 15 pesos anuales que se ha de mandar celebrar una misa el día 22 de cada mes por el alma de doña Paula Barradas, siendo a cargo del mayordomo otorgante y de sus sucesores, en clase de patrono, el cobro de los réditos y hacer que se celebren las misas, en cuya limosna deben invertirse 12 pesos de los 15 que produce el rédito, aplicándose para sí el mayordomo los 3 pesos restantes por ese trabajo y el de procurar en todo tiempo la permanencia del capital, el cual se consigna ahora en una casa que es propia de don Dionisio Camacho, quien estando presente confesó que tiene en su poder la citada cantidad y en consecuencia carga dicho capital en una casa que tiene ubicada en esta villa en el callejón de Quiñones, que actualmente es conocido por de Gorospe y se obliga a pagar los 15 pesos anuales de dicho rédito al mayordomo de la fábrica y para seguridad del pago hipoteca la misma casa. Y en atención a que dichos 300 pesos estaban antes impuestos en la casa del mencionado don Juan Mora que fue vendida y quedando en poder del relacionante la citada cantidad con obligación de cancelar dicha responsabilidad, por lo que declaran libre de dicha hipoteca la casa que fue de Mora y que al presente es del menor Cipriano Wenceslao Pensado Espejo y Nava.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0093-PX_0093_0153 · Pièce · 1836/12/20
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don José María Rubio Roso, clérigo domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, hijo legítimo de don Mateo Rubio Roso y de doña Lucía Ortiz de Zárate, sus padres ya difuntos, ordena su testamento en la manera siguiente: Declara que la casa de su morada y la que está contigua a ella en la calle de la Caridad, fueron divisibles para él y otros tres hermanos que ya fallecieron, y fue uno de ellos don Marcos Rubio Roso el cual las gravó en 2 000 pesos a favor de una capellanía, de los cuales actualmente solo se reconocen 1 000 de capital y 800 de réditos, y están afectas ambas fincas a 200 pesos en favor de la cofradía del Carmen. Declara que tiene una casita compuesta de unos cuartos en la calle que nombran del Campanero. Ordena que a María Josefa Vázquez que lo cuida y asiste se le den 50 pesos, así como a Brígida Herrera se le darán 25 pesos y otros 25 a su huérfano Esteban Domingo. Y en atención a que no tiene heredero forzoso, ordena que todo el remanente de sus bienes se invierta en misas por las benditas almas del purgatorio. Declara que los bienes de don Francisco Javier de Olartegochea le deben la cantidad de 300 pesos y asimismo varias personas, por lo que ordena que todo lo que se recaude de esos créditos se invierta también en misas por las almas del purgatorio. Nombra por albacea a don a José María Rodríguez Roa.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0094-PX_0094_0140 · Pièce · 1837/11/30
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Felipe de Jesús Leboreiro, clérigo domiciliario de este obispado de Puebla, hijo de don Bernardo Leboreiro y de doña María Baena, difuntos, otorga su testamento en la forma siguiente: manda ser sepultado en la manera que dispongan sus albaceas. Señala por sus bienes dos casas de edificio bajo, ubicadas en esta ciudad. Una de ellas en la primera calle que de las gradas del atrio de San Francisco conduce para la ermita de Santiago, y la otra, en la calle, también de Santiago, asimismo, tiene libros, muebles y ropa de uso. Ordena que la casa de la última calle de Santiago, la vivan por sus días los señores Ignacio Ortega, su esposa Juana Hernández y Joaquina Ortega, hija de ambos, y por la falta de ellos tres, se alquile para que con sus rendimientos se socorran a los pobres. Asimismo, ordena que la casa de la primera calle de Santiago se alquile, luego que él fallezca, y que sus rendimientos se distribuyan semanalmente los sábados, en socorrer a los pobres. Ordena que sus libros se realicen, para que de sus importes se distribuyan también a los pobres. Manda que su ropa de uso y los muebles de casa, se entreguen a su criada Joaquina Ortega, para que disponga a su arbitrio. En caso de que tuviese algunos bienes más, ordena se apliquen igualmente a los pobres, atento a no tener herederos forzosos ascendentes ni descendientes. Nombra por su albacea al presbítero don José Francisco Campomanes, actual cura de esta feligresía, y a su hermano don Pascual [Campomanes]. Solicita al presente escribano, que en la copia que ha de dar de este testamento, deje 4 hojas en blanco, rubricadas de su puño, y ordena que lo que en ellas se señale se le dé también validación, como si estuviese incorporado al presente testamento.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0095-PX_0095_0016 · Pièce · 1838/02/13
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero don Félix Ruiz Ortiz de Zárate, cura propio del pueblo de Tlacolulan, jurisdicción de Xalapa, en el obispado de la Puebla de los Ángeles, otorga poder especial al señor general de brigada don José Rincón, para que en su nombre se presente ante el Excelentísimo Señor Presidente de la República, excelentísimos señores secretarios del despacho, Dirección General de Rentas, Comisaría General y demás autoridades y oficinas que convenga, con los documentos e instrucciones que le dirigirá oportunamente, para que a virtud de ellos solicite el pago de las cantidades que en calidad de préstamo ministró a los primeros jefes promovedores de la independencia y las que importen las semillas y ganados que de su orden se entregaron de su casa y rancho, según expresan los indicados documentos, los que no ha podido presentar en tiempo por causa de sus enfermedades y porque en el año de 1832 los comprobantes que dirigió el comparente, librados por el excelentísimo señor general de división don Nicolás Bravo, padecieron extravío en el correo y a efecto de que se le declare legítimo acreedor a la Hacienda Pública, y que por esta se le satisfagan en el tiempo, modo y plazos que estipule las cantidades que a favor del comparente resulten, haga todos los actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que sean necesarias.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0021 · Pièce · 28/02/1820
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Presbítero don Juan Nepomuceno Fernández de Ulloa, de esta vecindad, con poder general de su hermana doña María[na] Josefa Fernández de Ulloa, viuda, albacea de don José de Arias, otorga que ha recibido de don Francisco Ángel del Camino, Canónigo de la Catedral de la Puebla, la cantidad de 3 000 pesos, por los que le otorga recibo, obligándose a tenerlos por vía de depósito irregular por tiempo de 5 años, con el acostumbrado premio de un 5%, y para la seguridad del pago hipoteca la hacienda de fabricar azúcar nombrada Zinpizahua, ubicada en la doctrina de Coatepec, que quedó por bienes del citado Arias.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0079-PX_0079_0022 · Pièce · 02/03/1820
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El Teniente Coronel don Francisco de Paula Landa, curador de doña María Dolores Ladrón de Guevara, otorga poder especial a don Rafael Vargas, Capitán del Regimiento de Infantería de Extremadura, para que en su representación, comparezca en el Juzgado Eclesiástico de la Puebla de los Ángeles, ante el Señor Provisor a deducirlos y representar cuanto le convenga en el expediente sobre validación del matrimonio contraído con el Alférez de Navío, don Antonio Sanda, en virtud de la notificación que se le acaba de hacer por esta curia de la orden del Señor Provisor.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0003 · Pièce · 1822/01/26
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El presbítero Narciso de Olartegoechea y Acosta, domiciliario del obispado de la Puebla de los Ángeles, residente en esta villa, otorga poder especial al presbítero don Cayetano Ramírez, para que en su nombre y representación perciba y cobre judicial o extrajudicialmente de los albaceas del señor coronel don Manuel Maldonado, los réditos devengados que se deben hasta esta fecha y los que se devengan en lo sucesivo, por el principal de 1 750 pesos, a que ha quedado reducida la capellanía en propiedad que sirve y mandó fundar el presbítero don Juan Laris, por escritura que otorgó el presbítero don Ramón de la Vega, su albacea, en la Puebla de los Ángeles el 16 de febrero 1791. Cuyo principal y premios son responsables los bienes de doña Antonia González Maldonado y los del presbítero don José Joaquín de Ortega. Para cuyo verificativo haga todas las presentaciones, acciones, agencias y diligencias.

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              MX UV.USBIX ANX-P-0080-PX_0080_0125 · Pièce · 1823/07/03
              Fait partie de Archivo Notarial de Xalapa

              El reverendo padre fray Francisco Pérez Mora, sacerdote profeso de la Regular Observancia de San Francisco en la provincia del santo evangelio de México, morador de su convento en esta villa, obispado de la Puebla de los Ángeles, otorga poder especial a don Francisco Cebey, vecino y del comercio de Cádiz; para que en su representación, practique en la Corte de Roma cuantas diligencias sea necesarias para alcanzar de su santidad, la gracia de perpetua secularización, cometiendo su ejecución y cumplimiento al Ilustrísimo señor obispo o gobernador que fuere de la diócesis Angelopolitana. Y también lo confiere que para obtenida esta gracia impetre la habilitación para obtener beneficio eclesiástico, hasta inclusive de cura de almas; haciendo para uno y otro todas las presentaciones, actos, agencias y diligencias judiciales o extrajudiciales que convengan. Dicho poder lo confiere sin limitación algún y con facultad de sustituirlo.

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