Don Sebastián de la Higuera Matamoros, dueño del ingenio Nuestra Señora de la Concepción, dio su poder cumplido a el Alférez Juan Montero, vecino de la nueva ciudad de Veracruz, para que en su nombre y a su dita y crédito pueda tomar prestados de cualquier persona hasta la cantidad de 2 000 pesos en reales, y lo pueda obligar a la paga de los mismos en los plazos que concertare. Otrosí, atento a que los dichos 2 000 pesos que se han de tomar prestados son para gastar en las bodas de su cuñado menor Don Fernando Ruiz de Córdova y Arellano con su prima Doña Magdalena Gutiérrez de Ceballos, y como tal su tutor, le dio licencia para que apruebe y ratifique la escritura de obligación, y pueda obligarse a la paga junto con Don Sebastián de la Higuera Matamoros.
PRÉSTAMOS
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Doña Aldonza de Vargas, residente del pueblo de Jalapa, soltera, otorga préstamo a don José de Acosta, vecino de este pueblo, por la cantidad de 106 pesos 2 reales, el cual se obliga a pagar 5% de rédito y otorga en garantía la hipoteca de su casa.
Juan de Arellano, mulato libre, oficial de sastre, vecino del ingenio nombrado La Santísima Trinidad, se obligó a pagar al Capitán Don Esteban de Vértiz, vecino y encomendero de la nueva ciudad de Veracruz, 166 pesos y 2 tomines de oro común, que por hacerle buena obra le prestó en reales de contado, para de hoy día de la fecha en un año cumplido, con las costas de la cobranza.
El Capitán Don Francisco García López, vecino de Jalapa, se obligó a pagar a Pedro Gil Sebastián, dueño de recua, vecino de Jalapa, 200 pesos de oro común que le prestó en reales de contado, para de la fecha de esta escritura en un año cumplido.
Doña Elena de Medina y Landa, viuda de Don José Espinosa de los Monteros, vecina de la jurisdicción de Huamantla, dio su poder cumplido a Nicolás de los Reyes, vecino de dicha jurisdicción, para que en su nombre y a su dita y crédito, busque de la persona que se los quiera prestar hasta la cantidad de 1500 pesos de oro común, y la obligue a la paga de los mismos.
Domingo de Oliver, vecino de Jalapa, obligado al abasto de carnicería de esta provincia , se obligó a pagar al Capitán Don Lorenzo Romero Jurado, vecino de este pueblo, 300 pesos de ocho reales que le ha prestado en reales de contado, los cuales le ha de ir pagando con la colambre al pelo de las reses que vaya matando en la carnicería, al precio cada cuero de ocho reales, buenos y sanos.
Don Carlos Antonio de Luna y Arellano, vecino y labrador de la provincia de Tepeaca, criador de ganado menor, dio en arrendamiento al pueblo y común de Actopan, de la jurisdicción de la Antigua Veracruz, un sitio de ganado mayor nombrado Saleorán, ubicado en términos de Actopan, desde el cerro de la Vela hasta el gran río de dicho pueblo y lindero de él, por tiempo de 6 años, a partir de hoy día de la fecha, al precio de 15 pesos de oro común anuales. Asimismo, les presta por vía de buena obra, las tierras en la Cañada Honda, para que siembren sus milpas.
Ante Juan Martínez, Alcalde Mayor y Capitán de Guerra en esta jurisdicción y la de Jalacingo, su agregada, compareció Tomás Antonio Rajadel, vecino de este pueblo de Jalapa, para solicitar autorización a nombre del preso José Joaquín de Arias, español, vecino de Sanlúcar de Barrameda, de otorgarle préstamo de 200 pesos de oro con los cuales saldrá rumbo a España.
El Capitán don Bartolomé de Castro, mercader y vecino de este pueblo de Jalapa, otorga poder especial a don Jacinto Bolaño, vecino de este pueblo de Jalapa, para que en su nombre y como principal fiador y pagador, reciba del cofre de la Santa Iglesia de Puebla o de cualquier persona por préstamo, censo u otra forma, la cantidad de 3, 000 pesos de oro común, en una o más partidas, los cuales se obliga a pagar en los plazos y partes que convengan.
Don Domingo de Rábago, natural de España y residente en el pueblo de Jalapa, como principal, junto con don Manuel de Rábago, mercader viandante, fiador y principal pagador, otorgan poder especial a don Francisco Antonio de Rábago, vecino de la Ciudad de México, para que solicite a cualquier persona, conventos o cofradías, un préstamo por 10, 000 pesos mexicanos, obligándose a pagarlos en los lugares, tiempos y plazos que le indiquen, con el 5 % anuales.